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Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 10:24 am
por Aliquindoi
Es un poco largo de explicar, pero voy a intentarlo. Como dije en la presentación soy Alfonso Militar de Carrera que tiene una pensión por incapacidad desde el año 2006. Con los papeles que me dieron donde aparece una discapacidad del 70%, la utilicé para arreglar con el seguro del préstamo de mi casa y el impuesto de vehículos de mi cuidad. A continuación quise solucionar lo de la familia numerosa por ser 4 miembros y uno de ellos con la discapacidad, pero tuve que pasar un tribunal del SAS, donde me dieron sólo un 22% de incapacidad.
Mi pregunta es la siguiente, creo haber leído que ha salido un Real Decreto donde nos equiparan de alguna forma esa discapacidad sin tener que pasar otro tribunal médico, porque no entiendo que yo no tengo que declarar hacienda y que no pueda trabajar en ningún oficio, y que el Gobierno me diera una invalidez del 70%, y la Junta en este caso me obligue a pasar otro reconocimiento bajando me mi discapacidad.
Saben ustedes si hay alguna manera de solucionar mi cuestión? Principalmente es para pedir lo de la familia numerosa
Un saludo y gracias

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 1:01 pm
por trasgu123
Organismos diferentes, normativas diferentes y varemos diferentes, a aplicar por cada organismo en su ambito competencial.

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 1:03 pm
por sargentodehierro
Hola compañero,

Yo pasé a retiro con una incapacidad para toda profesión u oficio y un 70% de discapacidad. Cuando pasé por los servicios sociales de mi comunidad me reconocieron sólo un 28%.Como te ha dicho trasgu123, organismos diferentes, normativas diferentes para reconocer la discapacidad. Con la aprobación del RDL 1/2013, todos los pensionistas de clases pasivas por incapacidad permanente tienen reconocida una discapacidad del 33% a todos los efectos.

Para el tema de la familia numerosa, si tienes dos hijos, el requisito es que uno de los ascendientes esté incapacitado para toda profesión u oficio, por lo que cumples los requisitos. Échale un vistazo a este tema reciente del foro:

viewtopic.php?f=2&t=18617#p124408

UN saludo.

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 1:10 pm
por Aliquindoi
Gracias por la aclaración y por la rapidez
Un placer

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 2:17 pm
por Aliquindoi
Tengo otra duda, ese Real Decreto donde lo puedo buscar para enseñárselo?

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 5:14 pm
por dmf
Hola, aquí tiene el RDL 1/2013, http://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A ... lidado.pdf
Un saludo.

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 6:12 pm
por Rofl
hola compañeros, me he leido un poco este real decreto y como siempre me asaltan las dudas:
Artículo 4.
Titulares de los derechos.
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la
consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un
grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una
discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar
los requisitos específicos para acceder a los mismos.
3. El reconocimiento del grado de discapacidad deberá ser efectuado por el órgano
competente en los términos desarrollados reglamentariamente.
La acreditación del grado de discapacidad se realizará en los términos establecidos
reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional.


Segun el punto 2 entiendo que, alguien que ha pasado a retiro con un 45% reconocido por el Ministerio de Defensa obtiene automaticamente un 33% de cara al Gobierno(hacienda, iva, irpf, etc).
Segun el punto 3 para que el grado sea reconocido debe ser un organo competente que lo haga, a fecha de hoy tenia entendido que la minusvalia que te concedia Defensa solo tenia efectos en el ambito militar ya que no era un organo competente a efectos fiscales etc,por lo tanto¿deberia de pasar igualmente por el reconocimiento de minusvalia de mi comunidad autonoma?

Espero no liar a nadie y haberme expresado lo mas claramente posible. Gracias

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 8:03 pm
por Aliquindoi
Gracias por la información, según lo que he leído tengo el derecho a pedir lo de la familia numerosa, al igual que sí el día de mañana me compro un coche tengo las deducciones que hayan.
Muchas gracias por todo

Re: Equiparación con el SAS

Publicado: Vie Ago 01, 2014 10:43 pm
por sargentodehierro
Rofl escribió:Segun el punto 3 para que el grado sea reconocido debe ser un organo competente que lo haga, a fecha de hoy tenia entendido que la minusvalia que te concedia Defensa solo tenia efectos en el ambito militar ya que no era un organo competente a efectos fiscales etc,por lo tanto¿deberia de pasar igualmente por el reconocimiento de minusvalia de mi comunidad autonoma?
Los órganos competentes para el reconocimiento del grado de discapacidad son los distintos servicios sociales de las CCAA. Otra cosa es que la ley te reconozca ese grado de discapacidad por ser pensionista de clases pasivas por inutilidad, sin tener que pasar por los servicios sociales tu comunidad.

UN saludo.