VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
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- Brigada
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VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Muy buenas tardes foreros,
Soy Guardia Civil y llevo más de un año y pico de baja, aún no pasé el RMNP. El motivo de mi consulta va en relación a las actas que emiten las Juntas Médico Periciales de Defensa; ya saben, las que estimula posteriormente la incoación del expediente de pérdida de aptitudes psicofísicas.
Pues bien, estas actas fruto del RMNP, una vez determinada la estabilización de las lesiones, ¿serían válidas para presentarlas al Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil en caso de que acrediten algún grado de minusvalía, junto al modelo 145 de comunicación de datos al pagador?; o en cambio, habría que esperar al acta definitiva que emita la JMPO del propio Servicio de Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil; o tampoco, sino que habría que esperar a la Resolución del expediente o incluso a la publicación en Defensa.
Es decir, en qué momento podemos presentar o acreditar nuestra incapacidad al pagador, esa es mi pregunta. Teniendo en cuenta los tiempos de dilatación de los expedientes el tema no es baladí, hablamos de reducciones muy importantes en el mes a mes.
Gracias, un saludo.
Soy Guardia Civil y llevo más de un año y pico de baja, aún no pasé el RMNP. El motivo de mi consulta va en relación a las actas que emiten las Juntas Médico Periciales de Defensa; ya saben, las que estimula posteriormente la incoación del expediente de pérdida de aptitudes psicofísicas.
Pues bien, estas actas fruto del RMNP, una vez determinada la estabilización de las lesiones, ¿serían válidas para presentarlas al Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil en caso de que acrediten algún grado de minusvalía, junto al modelo 145 de comunicación de datos al pagador?; o en cambio, habría que esperar al acta definitiva que emita la JMPO del propio Servicio de Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil; o tampoco, sino que habría que esperar a la Resolución del expediente o incluso a la publicación en Defensa.
Es decir, en qué momento podemos presentar o acreditar nuestra incapacidad al pagador, esa es mi pregunta. Teniendo en cuenta los tiempos de dilatación de los expedientes el tema no es baladí, hablamos de reducciones muy importantes en el mes a mes.
Gracias, un saludo.
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- Teniente General
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Siento decirte que NO
Si no lo has hecho, deberías ir pidiendo revisión de tu minusvalía en tu CCAA independientemente de la RMNP
Si no lo has hecho, deberías ir pidiendo revisión de tu minusvalía en tu CCAA independientemente de la RMNP
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- Brigada
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Gracias Zuku por tu rápida respuesta.
Me falta un informe médico y en cuanto lo tenga ya la estoy pidiendo.
Es decir que la resolución del EVI, si que me vale para adjuntarla al 145??? y remitirla al pagador???.
Gracias un saludo.
Me falta un informe médico y en cuanto lo tenga ya la estoy pidiendo.
Es decir que la resolución del EVI, si que me vale para adjuntarla al 145??? y remitirla al pagador???.
Gracias un saludo.
- SOBAJET
- Capitan
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Hola siempre adelante decirte que la solicitud. De minusvalía tarda por lo menos en mi cc.aa tarda de tres a cuatro meses desde que lo pides hasta que lo pasas. Un saludo.siempre adelante escribió:Gracias Zuku por tu rápida respuesta.
Me falta un informe médico y en cuanto lo tenga ya la estoy pidiendo.
Es decir que la resolución del EVI, si que me vale para adjuntarla al 145??? y remitirla al pagador???.
Gracias un saludo.
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
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- Brigada
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Buenas noches,
No os podéis imaginar el gran apoyo que prestáis en este foro. Por lo menos hacéis sentir que no estamos solos, ya que cuando "caes", se suele cumplir el viejo adagio, v. gr.: "Que bueno fuiste mientras me serviste".
Es triste pero es así, gracias zuku, sobajet.
Un saludo.
No os podéis imaginar el gran apoyo que prestáis en este foro. Por lo menos hacéis sentir que no estamos solos, ya que cuando "caes", se suele cumplir el viejo adagio, v. gr.: "Que bueno fuiste mientras me serviste".
Es triste pero es así, gracias zuku, sobajet.
Un saludo.
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- Teniente General
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
La res. del EVI es con carácter retroactivo desde la fecha de presentación.
Puedes solicitar el EVI sin tener el informe, y una vez solicitado puedes adjuntar cualquier informe antes de que te citen o incluso el mismo dia de la cita con el médico lo puedes llevar; ten en cuenta que tardan meses y a la altura del año que estamos, cara a la próxima declaración de la renta te vendrá bien que te reconozcan la minusvalía este año
Una vez tengas la res. del EVI lo puedes comunicar a tu pagador para la reducción mensual del IRPF o deducirlo directamente en la declaración de hacienda, el resultado es el mismo
Cualquier duda que tengas, no dudes en preguntar
Puedes solicitar el EVI sin tener el informe, y una vez solicitado puedes adjuntar cualquier informe antes de que te citen o incluso el mismo dia de la cita con el médico lo puedes llevar; ten en cuenta que tardan meses y a la altura del año que estamos, cara a la próxima declaración de la renta te vendrá bien que te reconozcan la minusvalía este año
Una vez tengas la res. del EVI lo puedes comunicar a tu pagador para la reducción mensual del IRPF o deducirlo directamente en la declaración de hacienda, el resultado es el mismo
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- Brigada
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
IMPRESIONANTE, así lo haré.
Otra cuestión al hilo de tu respuesta Zuku, supongamos que el evi me resuelve en noviembre de este año y mi solicitud la presento la semana que viene; ¿quieres decir que la deducción por discapacidad de IRPF me correspondería desde este mes de agosto en la próxima declaración?. Porque claro, si presento el certificado en noviembre o diciembre al pagador, éste no me va a reintegrar los atrasos desde agosto; entiendo yo. Perdona pero soy neófito en temas fiscales.
Un saludo y gracias de nuevo.
- Mercaderes
- Coronel
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Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Entiendes bien, si presentas la solicitud en este mes de agosto, lógicamente resolverán unos meses después, puede que incluso en el próximo año, pero el efecto de la misma, es desde la fecha en que la solicitaste, el pagador no te devolverá nada, pues nada tiene, eso lo hará hacienda, que es en definitiva quien recibió esas retenciones fiscales.
Saludos.
Saludos.
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- Teniente General
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- Comentario: Marina de Guerra
Re: VALIDEZ DEL ACTA JMP PARA REDUCIR IRPF????
Además de lo escrito por mercaderes, en la próxima declaración podrás deducir lo que corresponda por trabajador minusválido en activo
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- Brigada
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