Declaración de IRPF con una absoluta
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- Alferez
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Declaración de IRPF con una absoluta
Al estar exenta de su tributación en la declaración de la renta,significa esto que al no figurar ingresos obtenidos, ¿puede salir una devolución o no influye para nada?
Me refiero sin tener en cuenta otros factores como puede ser hipoteca etc.
Gracias por las posibles respuestas
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- sargentodehierro
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Hola compañero,
Si no hay una retención, difícilmente te van a devolver nada.
Un saludo
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Un saludo
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- General de Brigada
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Eso depende de si ha habido retenciones a cuenta por otro tipo de rentas o ingresos, o no los ha habido. Hacienda nunca devuelve nada que antes no haya cogido; y para que lo haga, siempre hay que presentar la Declaración y solicitarlo.
Existe una forma muy eficaz de averiguarlo cada año; y es solicitando o descargandose los Datos Fiscales. Ahí viene todo reflejado.
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- Alferez
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Sí, gracias...no ha habido retenciones a cuenta.Francisco I escribió:Eso depende de si ha habido retenciones a cuenta por otro tipo de rentas o ingresos, o no los ha habido. Hacienda nunca devuelve nada que antes no haya cogido; y para que lo haga, siempre hay que presentar la Declaración y solicitarlo.
Existe una forma muy eficaz de averiguarlo cada año; y es solicitando o descargandose los Datos Fiscales. Ahí viene todo reflejado.
Entiendo entonces que como no lo ha cogido antes no lo devuelve.
Por lo tanto el estar exenta de tributación la absoluta no sé que beneficios en la declaración pudiera tener Francisco I
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- General de Brigada
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
¿ Te parece poco beneficio el que no te descuenten nada de IRPF ? Te aseguro que supone una buena pasta al mes. Eso al margen de que si tuvieras otros pequeños ingresos tampoco tendrías problema alguno en recuperar lo que por dichos ingresos te retuvieran, ya que la pensión no cuenta para nada ni se suma a dichos ingresos. Si por el contrario no fuera pensión exenta te ibas a enterar lo que cuesta un peine.
En cualquier caso; yo no creo que nadie quiera ese "regalo", que supone estar bastante fastidiado.
Saludos, y felices fiestas.
En cualquier caso; yo no creo que nadie quiera ese "regalo", que supone estar bastante fastidiado.
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- ALEAJACTAEST1
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Buenos días.-
Hola compañero, el Artículo 7, letra g de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la RPF y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades.....etc.....etc...dice claramente: Estarán exentas las siguientes rentas: "las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio".
ENLACE LEY IRPF http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 06.t1.html
Yo también estoy exento del IRPF, irpf "0"...devolución "0". Y también pago hipoteca y no me sirve para nada, ya que AHORA NO tengo otros ingresos.. sargentodehierro y Francisco I te lo han explicado MUY claramente.
Un saludo y felices fiestas.
to-ex escribió:Al estar exenta de su tributación en la declaración de la renta,significa esto que al no figurar ingresos obtenidos, ¿puede salir una devolución o no influye para nada?
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Hola compañero, el Artículo 7, letra g de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la RPF y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades.....etc.....etc...dice claramente: Estarán exentas las siguientes rentas: "las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio".
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Yo también estoy exento del IRPF, irpf "0"...devolución "0". Y también pago hipoteca y no me sirve para nada, ya que AHORA NO tengo otros ingresos.. sargentodehierro y Francisco I te lo han explicado MUY claramente.
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La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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- Alferez
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Muchas gracias a todos; también se me hace extraño que aún declarando una hipoteca no tengas una devolución por parte de Hacienda ALEAJACTAEST1ALEAJACTAEST1 escribió:Buenos días.-
to-ex escribió:Al estar exenta de su tributación en la declaración de la renta,significa esto que al no figurar ingresos obtenidos, ¿puede salir una devolución o no influye para nada?
Me refiero sin tener en cuenta otros factores como puede ser hipoteca etc.
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Hola compañero, el Artículo 7, letra g de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la RPF y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades.....etc.....etc...dice claramente: Estarán exentas las siguientes rentas: "las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio".
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Yo también estoy exento del IRPF, irpf "0"...devolución "0". Y también pago hipoteca y no me sirve para nada, ya que AHORA NO tengo otros ingresos.. sargentodehierro y Francisco I te lo han explicado MUY claramente.
Un saludo y felices fiestas.
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
No se puede devolver nada si antes no se ha cogido o retenido. Y no hay mas; de lo contrario todos los pobres de España tendrían derecho a devolución, aunque no hubieran tenido ingresos ni por tanto retenciones.
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- Alferez
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Yo, antes de tener concedida la absoluta, teniá una retencion del 0 por ciento...y me salía una declaración a devolver por conceptos que dentro de la Ley Tributaria,dan derecho a una desgravación fiscal(aportaciones monetarias varias).
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Hacienda DEVUELVE lo que antes te ha retenido, ni un centimo de € mas. La base de la declaracion de la renta a efectos de devolucion, es la RETENCION A CUENTA que durante el año nos ha hecho hacienda por diferentes conceptos: sueldo o pension, interes, acciones, bonos, alquileres, actividades empresariales, etc., y la suma de todas esas retenciones a cuenta es lo que como maximo te va a devolver hacienda.to-ex escribió:Yo, antes de tener concedida la absoluta, teniá una retencion del 0 por ciento...y me salía una declaración a devolver por conceptos que dentro de la Ley Tributaria,dan derecho a una desgravación fiscal(aportaciones monetarias varias).
Ya puedes tener las Deducciones que quieras en la declaracion de la renta, por Hijos, Discapacidad, Hipoteca, Donativos, etc., si la suma de todos los pagos a cuenta es CERO, hacienda te devolvera CERO €.
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- Alferez
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
La verdad es que está perfectamente explicado; mi devolución consistió en 20 euros( sin ningún tipo de retención en todo el ejercicio), e incluyendo pensión por alimentos y donativo a fundación
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- General de Brigada
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Re: Declaración de IRPF con una absoluta
Me lo expliquen, por favor. ¿ De donde sacó Hacienda esos 20 euros que te devolvió ? Sólo hay un caso en el que eso pueda ocurrir, pero son 1.200 € a "devolver"; no creo que sea es el caso de to-ex.to-ex escribió:La verdad es que está perfectamente explicado; mi devolución consistió en 20 euros( sin ningún tipo de retención en todo el ejercicio), e incluyendo pensión por alimentos y donativo a fundación