Estimados compañeros:
Les comento mis inquietudes acerca de la discriminación sufrida en materia de ascensos por los que nos fuimos a la RT sin hacer el curso de Ttes. y basándome en una respuesta que el firmante (famefas) hace a un post mio en el foro
www.clasespasivas.net con el título "Vaya chapuza" y que trataba de los argumentos jurídicos empleados por el Ministerio de Defensa para denegar ascensos que, a mi modesto entender, serian perféctamente legales.
Ya sé que este tema es antiguo, pero yo me entero ahora, qué le vamos a hacer.
Según me comunican en mensaje privado, famefas es D. Jesús Navarro, abogado y militar, presidente de FAME.
famefas:
La RT empieza en 1985. A esa situación pasaron suboficiales de
las armas (las 4) y cuerpos (intendencia, sanidad, farmacia, veterinaria) y
cuerpo de especialistas (suboficiales CAE) en 1985, 1986, 1987, 1988, incluso 1989, que no habían sido convocados al curso de Teniente...
Comentario: paso a la RT con carácter voluntario con fecha 01/05/86 por resolución 721/07542/86 con el empleo de brigada.
...En 1989 fueron las últimas convocatorias. Los que realizaron y superaron el curso fueron declarados "aptos", y normalmente ascendidos a subtenientes, en enero-febrero-marzo de 1990 cuando...
Comentario: asciendo a subteniente con antigüedad de 28/08/1990 de acuerdo con el REAL DECRETO 1000/1985 que en su artículo 5º dice: En la situación de reserva transitoria se tendrá derecho a un ascenso cuando lo haya obtenido, en régimen ordinario, el inmediato siguiente en el escalafón de procedencia que continúe en actividad.
...ya había entrado en vigor la Ley 17/1989, que impedía obtener el ascenso a Teniente en actividad...
Comentario: hasta aqui todo transcurre con "normalidad" excepto que la ley 17/89 impedia ascender a tenientes a los compañeros que hicieron el curso en 1989 en una clamorosa declaración de injusticia y discriminación con los anteriores homólogos de la escala auxiliar que sí pudieron ascender.
...Los declarados aptos en 1990, que se encontraban en Reserva o pasaron a Reserva (procedentes de RT) el 1-1-1999, fueron ascendidos a Tenientes, a petición propia, con antigüedad y efectos económicos de 1-1-1999...
Comentario: es decir, como a los que no hicimos el curso y estábamos en reserva. Seguimos las mismas vicisitudes que ellos si exceptuamos que ellos hicieron el curso y nosotros no. Son medidas extraordinarias y paliativas para compensar la imposibilidad de ascender, medidas que SÍ debieron tener como ordinarias y efectivas cuando ingresaron en el ejército.
..A estos, por aplicación de la DA-10ª de la Ley 39/2007, se les rectifica la antigüedad de Teniente por una de 1985, y fueron ascendidos a Capitán (1990) y Comandante (1995). Es decir, los últimos declarados aptos, y a todas las promociones anteriores, se les adelantó la antigüedad de Teniente aproximadamente en 5 años sobre la fecha de realización del curso, y unos 15 desde la declaración de aptitud...
Comentario: situción ésta cuando menos anómala. Se hace justicia con los que superaron el curso aunque aplicando medidas tan sorprendentes como adelantar en 5 años la antigüedad de ttes. a los que ni siquiera habian sido convocados al curso. Es aqui donde empezamos a experimentar un evidente agravio comparativo; si a ellos se les adelanta la fecha de ascenso en 5 años, es decir, cuando aún no habian sido convocados ¿por qué no se hizo lo mismo con los que tampoco hicimos el curso? en cuyo caso al rectificarnos la antigüedad de tenientes por una de 1985 eso llevaría implícito la aceptación de aptitud para el acceso en la EAX (oficiales) aún sin haber hecho el curso (exáctamente igual que los declarados aptos en 1985 que tampoco lo hicieron en esa fecha) o cuando menos, si debieron ascendernos en 1985 (a todos) debimos hacer antes el curso correspondiente antes de pasar a la RT y entonces seguir las mismas vicisitudes que ellos en lo que se refiere a ascensos y antigüedades otorgadas. Nótese que en 1985 la ley impedia ascender sin haber sido declarados aptos en el curso correspondiente. Si a ellos se les ha "parcheado" esa situación anómala, a nosotros también nos deberian aplicar la misma medida. Es justo.
En ambos casos se trata de medidas extraordinarias, y si no se quiere remediar injusticias anteriores con parches y anomalías y ajustarse estrictamente a la legislación, nosotros ascenderíamos en RT una sola vez cuando lo haga el precedente en regimen ordinario y ellos ascenderian a teniente con ocasión de vacante y después de ser declarados "aptos", o sea, posiblemente nunca (situación ésta escandalosamente injusta).
En cualquier caso las medidas extraordinarias les/nos permiten ascender al pasar a reserva y no en activo (otra anomalía) y además los que no hicimos el curso también somos ascendidos a ttes. (de nuevo situación cuando menos contradictoria)
Estamos hablando de medidas extraordinarias que discriminan a unos sobre otros.
En cualquier caso ya somos varios los que pensamos recurrir a la justicia (otros ya están en ello hace tiempo) para hacerles llegar nuestras reivindicaciones y con el firme propósito de llegar hasta el final.Ruego me hagan llegar sus comentarios sobre esta cuestión.
Gracias
Prosigue "famefas"...Muchos de los que pasaron a la RT entre 1985-1989, nunca fueron llamados al curso, pero sus compañeros declarados aptos en 1990 (porque fueron convocados en 1989), han podido obtener la rectificación de la antigüedad de Teniente, y los ascensos a Capitán y Comandante. Se hizo "justicia", tarde, pero se hizo. Los que no realizaron el curso, y estaban en Reserva (por cualquier causa) o en Reserva (procedentes de RT) pudieron ascender a Teniente con antigüedad y tiempo de servicios de 20-05-1999, por aplicación de la DA-8ª de la Ley 17/1999 (disposición que ha seguido vigente -y sigue- para los que fueron Sargentos antes de 1977, y a la que han podido acogerse los que han estado pasando a la Reserva después del 20-05-1999 y hasta el momento actual, en que sigue vigente). Lo que ocurre es que muchos de los que pasaron a la RT en los primeros años (1985-1989), y no habían sido llamados al curso de Teniente, o que pasaron después de 1990, cuando ya había sido suprimido el curso de Teniente, se preguntan: Si los que fueron convocados al curso y lo aprobaron, han sido considerados aptos cinco años antes (y por eso se les han rectificado las antigüedades de Teniente) ¿por qué no se ha hecho lo mismo con los que no fueron llamados al curso y por eso no lo realizaron?...
Comentario: queda respondido en el anterior comentario.
Muchas gracias