ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

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Oferta de plazas para el ingreso en el Colegio de Guardia Jóvenes “Duque de Ahumada” Curso 2022/2023.

2. Requisitos que debe reunir el personal aspirante.
2.1. El personal aspirante deberá reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) No estar privado de los derechos civiles.
c) Ser huérfano o hijo del personal del Cuerpo socio de la Asociación Pro-Huérfanos en cualquier situación administrativa o retirado.
d) Haber nacido entre el 1 de enero de 1999 y el 31 de mayo de 2004, ambas fechas inclusive.
e) Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
1. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
2. Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
3. Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
4. Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
h) No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
i) No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28
de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil.
j) No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
k) Poseer la aptitud psicofísica que se determina en la base sexta.
l) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley.
Se permitirán, cuando no estén incursos en las prohibiciones anteriores, los tatuajes o parte de los mismos que sean visibles vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil.
Asimismo, tampoco se permiten las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, dilataciones y similares, así como los implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes, cuando sean
visibles al vestir las prendas comunes para el personal masculino y femenino de la Guardia Civil, en sus diferentes tipos y modalidades de uso general de acuerdo a la normativa que lo regula.
m) No haber sido con anterioridad alumno del Colegio de Guardias Jóvenes “Duque de Ahumada”

PLAZO:-

El plazo de admisión de instancias se iniciará a las 00:00 horas del día siguiente al de publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial de la Guardia Civil y finalizará a los diez (10) días hábiles. No se podrá formalizar ninguna solicitud a partir de
las 24:00 horas del último día del plazo señalado.

El procedimiento a seguir, así como la documentación a remitir en el documento.

Enlace:

https://mega.nz/file/Yqh0iQRC#WmnG4cIBb ... cV0TtXijow

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Resolución de 6 de junio de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en el centro docente de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.

1.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil o en la Academia de Guardias de la Guardia Civil, para cursar la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, y cubrir un total de doscientas cincuenta (250) plazas.
2.- Requisitos para tomar parte en el proceso selectivo.
Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de inscripción telemática y mantener durante todo el proceso selectivo y el periodo de formación, los siguientes requisitos:
2.1.- No estar privado de los derechos civiles.
2.2.- Carecer de antecedentes penales.
2.3.- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de sus funciones.
2.4.- No tener anotadas y no canceladas en la hoja de servicios, penas o sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
2.5.- No haber sido declarado no apto para el ascenso con carácter definitivo, ni haber renunciado a ser evaluado para el ascenso a un mismo empleo en una quinta ocasión.
2.6.- Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, en la de servicios especiales, en la de excedencia por cuidado de familiares o durante los tres primeros años en la de excedencia voluntaria en las modalidades previstas en los apartados
e) o g) del artículo 90.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
2.7.- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.8.- No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
2.9.- Estar en posesión de alguno de los títulos que se expresan, o titulación académica superior, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22.3 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil:
a) Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o su equivalente conforme a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Acreditación de la superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior que se recoge en el apartado 3 del artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
c) Acreditación de la superación de la prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, siempre y cuando se cumpla uno de los requisitos contemplados en el artículo 4.3 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
d) Acreditaciones académicas declaradas equivalentes a efectos de acceso a los ciclos formativos de grado superior emitidas por la Secretaría General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
e) Poseer un título de Técnico de Grado Medio y haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.

https://mega.nz/file/ZjQWnZ4R#3zB0nKgLJ ... Q3k1MD2KhI

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

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Resolución de 6 de junio de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en el centro docente de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil.

1.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, para cursar la enseñanza de formación para
la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, y cubrir un total de ochenta (80) plazas.
2.- Requisitos para tomar parte en el proceso selectivo:
Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de inscripción y mantener durante todo el proceso selectivo y el periodo de formación, los siguientes requisitos:
2.1.- No estar privado de los derechos civiles.
2.2.- Carecer de antecedentes penales.
2.3.- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de sus funciones.
2.4.- No tener anotadas y no canceladas en la hoja de servicios, penas o sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
2.5.- No haber sido declarado no apto para el ascenso con carácter definitivo, ni haber renunciado a ser evaluado para el ascenso a un mismo empleo en una quinta ocasión.
2.6.- Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, en la de servicios especiales, en la de excedencia por cuidado de familiares o durante los tres primeros años en la de excedencia voluntaria en las modalidades previstas en los apartados e)
o g) del artículo 90.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.7.- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.8.- No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
2.9.- Tener las condiciones de acceso a los estudios universitarios oficiales de grado que determina el artículo 3 del Real Decreto 412/2014 de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas
universitarias oficiales de grado.
2.10.- Estar en posesión del permiso de la clase B para conducir vehículos de la Guardia Civil.
2.11.- Abonar los derechos de examen, conforme a lo dispuesto en la base 3.2.
Etc......

https://mega.nz/file/BnhQnTgK#VgaeymKJx ... owBySHfS1s

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

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Resolución de 6 de junio de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de cambio de escala en el centro docente de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil.

1.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de cambio de escala en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, para cursar la enseñanza de formación para
la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, y cubrir un total de veinte (20) plazas. Teniendo en cuenta recientes pronunciamientos judiciales en el marco de ofertas previas por la modalidad de cambio de escala, dichas plazas se ofertan de manera indistinta para componentes procedentes de la Escala de Suboficiales y de la Escala de Cabos y Guardias.
2.- Requisitos para tomar parte en el proceso selectivo:
Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de inscripción y mantener durante todo el proceso selectivo y el periodo de formación, los siguientes requisitos:
2.1.- No estar privado de los derechos civiles.
2.2.- Carecer de antecedentes penales.
2.3.- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de sus funciones.
2.4.- No tener anotadas y no canceladas en la hoja de servicios, penas o sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
2.5.- No haber sido declarado no apto para el ascenso con carácter definitivo, ni haber renunciado a ser evaluado para el ascenso a un mismo empleo en una quinta ocasión.
2.6.- Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, en la de servicios especiales, en la de excedencia por cuidado de familiares o durante los tres primeros años en la de excedencia voluntaria en las modalidades previstas en los apartados e)
o g) del artículo 90.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.7.- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.8.- No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados,
las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
2.9.- En concordancia con lo dispuesto en el artículo 41 de la Orden PCI/978/2018 de 20 de septiembre, estar en posesión de alguno de los títulos universitarios oficiales que se expresan, obtenidos de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:
a) Título de Grado.
b) Título de Licenciado.
c) Título de Arquitecto.
d) Título de Ingeniero.
2.10.- Estar en posesión del permiso de la clase B para conducir vehículos de la Guardia Civil.

https://mega.nz/file/JnIGWS6K#DBLUeZQVU ... vyVXHo-3F0

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Resolución 160/38262/2022, de 24 de junio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.


https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/28/ ... -10700.pdf

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Resolución de 22 de junio de 2022, de la Jefatura de Asistencia al Personal de la Guardia Civil, por la que se anuncia la convocatoria de premios a la Excelencia del Banco Santander para descendientes de Guardias Civiles que hayan cursado estudios de grado en Universidades Públicas durante el curso 2021-2022 con un alto rendimiento académico.

https://mega.nz/file/ouAm2QAJ#y3XLK0oaX ... 5tNFKV-hnY

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Arano escribió: Mié Jul 20, 2022 5:18 pm Resolución de 22 de junio de 2022, de la Jefatura de Asistencia al Personal de la Guardia Civil, por la que se anuncia la convocatoria de premios a la Excelencia del Banco Santander para descendientes de Guardias Civiles que hayan cursado estudios de grado en Universidades Públicas durante el curso 2021-2022 con un alto rendimiento académico.

https://mega.nz/file/ouAm2QAJ#y3XLK0oaX ... 5tNFKV-hnY

Saludos.
Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Jefatura de Asistencia al Personal de la Guardia Civil, por la que se resuelve la adjudicación de veinte (20) premios a la Excelencia del Banco Santander para descendientes de Guardias Civiles que hayan cursado estudios de grado en Universidades Públicas durante el curso 2021-2022 con un alto rendimiento académico.

https://mega.nz/file/wnBQmA4I#HiUMtMUhQ ... wgetw0qU3I

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sargentodehierro escribió: Sab Mar 17, 2018 9:44 am Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 67 de 17 de marzo de 2018:

Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

ENLACE BOE

Un saludo
Real Decreto 802/2022, de 4 de octubre, por el que se modifican el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, y el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/05/ ... -16197.pdf

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

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Convocatoria de becas de estudios de Educación Superior para huérfanos para el curso 2022-2023.

3.2. Plazos.

La instancia, y los documentos que la acompañen, tendrán entrada en la Asociación antes del 1 de diciembre de 2022.

En los cursos cuyo plazo de matrícula comience después del 1 de diciembre, el plazo de presentación de la instancia será de un mes a contar desde el día que finalice el plazo de matriculación.

https://mega.nz/file/cihAQJwQ#pQFutJdip ... AMDIO0rtb8

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por sargentodehierro »

BOGC Núm. 2 Martes 10 de enero de 2023 Sección V Pág. 437:

Convocatoria de Ayudas complementarias para realizar estudios de Educación Secundaria en el extranjero en el curso 2023-2024 para huérfanos.

1. Finalidad.
Contribuir a que los huérfanos protegidos de la APHGC que les corresponda cursar estudios de Educación Secundaria en España puedan realizar un curso completo en otro país, facilitando así la inmersión lingüística del huérfano y una experiencia de aprendizaje en el ámbito internacional, que en el futuro facilite sus estudios y amplíe su curriculum vitae.

2. Beneficiarios.
Podrán solicitar esta ayuda los huérfanos protegidos que tengan aprobado 2º, 3º o 4º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en función del curso a realizar en el extranjero.

3. Número de ayudas que se convocan.
Para el curso 2023-2024 se convocan 4 ayudas complementarias, para realizar
estudios de 4º de ESO, 1º o 2º de bachillerato en el extranjero.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por Arano »

sargentodehierro escribió: Mar Ene 10, 2023 5:14 pm BOGC Núm. 2 Martes 10 de enero de 2023 Sección V Pág. 437:

Convocatoria de Ayudas complementarias para realizar estudios de Educación Secundaria en el extranjero en el curso 2023-2024 para huérfanos.

1. Finalidad.
Contribuir a que los huérfanos protegidos de la APHGC que les corresponda cursar estudios de Educación Secundaria en España puedan realizar un curso completo en otro país, facilitando así la inmersión lingüística del huérfano y una experiencia de aprendizaje en el ámbito internacional, que en el futuro facilite sus estudios y amplíe su curriculum vitae.

2. Beneficiarios.
Podrán solicitar esta ayuda los huérfanos protegidos que tengan aprobado 2º, 3º o 4º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en función del curso a realizar en el extranjero.

3. Número de ayudas que se convocan.
Para el curso 2023-2024 se convocan 4 ayudas complementarias, para realizar
estudios de 4º de ESO, 1º o 2º de bachillerato en el extranjero.
Enlace a formulario, documentación, etc, etc.

https://www.aphgc.es/beneficios-y-prest ... xtranjero/

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por Arano »

Convocatoria de Ayudas complementarias para huérfanos que tengan concedida su participación en el Programa Erasmus+ para el curso 2023-2024.

2. Beneficiarios
Podrán solicitar esta ayuda los huérfanos protegidos, o que lo hayan sido de esta Asociación de acuerdo con lo establecido en el punto 2.1.1, de las Normas sobre socios, beneficios y prestaciones de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, de 29 de mayo de 2020 (BOGC núm. 23 de 9 de junio de 2020).
3. Requisitos
Para poder optar a la concesión de uno de estos complementos para Becas Erasmus+ los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser beneficiario del programa de movilidad para estudios de Erasmus+ (Formación Estudios Universitarios, Formación Profesional) para el curso 2023-2024.
• Ser huérfano protegido al iniciar el desplazamiento al extranjero.
• Huérfanos comprendidos entre los 24 y 30 años, deberán justificar por escrito las causas o circunstancias que imposibilitaron realizar el Programa Erasmus+ en edad de protección.

https://mega.nz/file/ZmhyGZ5T#8qoNZMMX- ... v5rWJ0xZ8w

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto 149/2023, de 28 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.

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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por Arano »

Arano escribió: Mar Jun 07, 2022 5:02 pm Resolución de 6 de junio de 2022, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en el centro docente de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.

1.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil o en la Academia de Guardias de la Guardia Civil, para cursar la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, y cubrir un total de doscientas cincuenta (250) plazas.
2.- Requisitos para tomar parte en el proceso selectivo.
Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de inscripción telemática y mantener durante todo el proceso selectivo y el periodo de formación, los siguientes requisitos:
2.1.- No estar privado de los derechos civiles.
2.2.- Carecer de antecedentes penales.
2.3.- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de sus funciones.
2.4.- No tener anotadas y no canceladas en la hoja de servicios, penas o sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
2.5.- No haber sido declarado no apto para el ascenso con carácter definitivo, ni haber renunciado a ser evaluado para el ascenso a un mismo empleo en una quinta ocasión.
2.6.- Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, en la de servicios especiales, en la de excedencia por cuidado de familiares o durante los tres primeros años en la de excedencia voluntaria en las modalidades previstas en los apartados
e) o g) del artículo 90.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
2.7.- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.8.- No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
2.9.- Estar en posesión de alguno de los títulos que se expresan, o titulación académica superior, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22.3 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil:
a) Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o su equivalente conforme a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Acreditación de la superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior que se recoge en el apartado 3 del artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
c) Acreditación de la superación de la prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, siempre y cuando se cumpla uno de los requisitos contemplados en el artículo 4.3 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
d) Acreditaciones académicas declaradas equivalentes a efectos de acceso a los ciclos formativos de grado superior emitidas por la Secretaría General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
e) Poseer un título de Técnico de Grado Medio y haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.

https://mega.nz/file/ZjQWnZ4R#3zB0nKgLJ ... Q3k1MD2KhI

Saludos.
Resolución de 9 de junio de 2023, por la que se modifican las resoluciones de 6 de junio de 2022, para el ingreso por el sistema de promoción profesional los centros docentes de formación de la Guardia Civil para la incorporación a las Escalas de Oficiales y Suboficiales de la Guardia Civil.

Enlace:

https://mega.nz/file/9nIEyYBT#cyjeSnaU1 ... nJJbO8kO-c

Saludos.
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Arano
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Re: ENSEÑANZA GUARDIA CIVIL

Mensaje por Arano »

Convocatoria de Ayudas para huérfanos de Proyectos de Desarrollo Formativo Personal para el curso 2023/2024.

Para orientar a los interesados se enumeran algunos ejemplos de actividades que pudieran ser objeto de esta ayuda:
• Oposiciones para las Administraciones Públicas.
• Cursos de Especialización o Perfeccionamiento, teniendo una titulación previa relacionada con el mismo.
• Cursos preparatorios para el acceso a una especialidad como los MIR, FIR o similares.
• Cursos de Formación en profesiones que no se encuentren recogidos dentro de los Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio o Superior.
• Certificados de Profesionalidad.
• Menciones universitarias
• Estudios artísiticos no contemplados en el Sistema Educativo Español.
• Permisos de conducción C y D y su correpondiente E.
• Perfeccionamiento de Idiomas (cursos para obtener certificados de nivel en España o de inmersión lingüística en paises extranjeros).
• Prácticas extracurriculares no remuneradas o escasamente remuneradas (no contempladas en los planes de estudios o formación de la Educación
Superior).
• Otros estudios de educación no reglada que puedan contribuir a la mejora de la inserción laboral.

Enlace:

https://mega.nz/file/pvBBXapC#_a9WyC9Hz ... 9NwDrh8MEg

Saludos.
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