Paga extra del ISFAS
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Paga extra del ISFAS
Alguien sabe si con una minusvalía superior al 60 %, el ISFAS te da una pequeña ayuda?, es que no me acuerdo donde lo leí.
Última edición por Cymbalta el Vie Nov 04, 2016 2:59 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Paga extra del ISAS
Hay que tener la absoluta o la gran invalidez con necesidad de ayuda de terceras personas. Y a pesar de ello...... con los recortes....
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Re: Paga extra del ISAS
Lo primero muchas gracias por vuestras respuestas y la segudnda cuestion, ¿sirve para algo tener mas del 60% de minusvalia o por el contrario dar igual?
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Re: Paga extra del ISAS
A los efectos fiscales con Hacienda no da igual; tiene mayores deducciones si se supera el 65 %. A los efectos de la cuantía de la pensión, es indiferente.Cymbalta escribió:Lo primero muchas gracias por vuestras respuestas y la segudnda cuestion, ¿sirve para algo tener mas del 60% de minusvalia o por el contrario dar igual?
Última edición por Francisco I el Vie Nov 04, 2016 5:49 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Paga extra del ISAS
Gracias, por lo que me dices interesa menear papeles y que me den el 60 % o mas de minusvalia.
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Re: Paga extra del ISFAS
Si no lo han cambiado, es el 65% o mas. Los tres tramos son: del 0% al 33%, del 34% al 64% y del 65% en adelante. Es lo mismo tener un 45% que un 63%, por poner un ejemplo.
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Re: Paga extra del ISFAS
Muchas gracias
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Re: Paga extra del ISFAS
Llevas razón, amigo Trasgu. Lo mío ya es crónico; voy a tener que cambiar de "disco duro" o al menos hacer limpieza y formateo. Eso me pasa por escribir de memoria.trasgu123 escribió:Si no lo han cambiado, es el 65% o mas. Los tres tramos son: del 0% al 33%, del 34% al 64% y del 65% en adelante. Es lo mismo tener un 45% que un 63%, por poner un ejemplo.
Gracias por corregir.
Re: Paga extra del ISFAS
Da igual el grado de minusvalia que te den para optar a la paga extra del ISFAS (30, 40, 50%, etc.) no te corresponde , excepto que en el acta del tribunal medico especifique que no eres apto para ningún trabajo u oficio (incapacidad absoluta), o que te concedan una gran minusvalia.
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Re: Paga extra del ISFAS
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, por consiguiente el asunto me ha quedado claro.
Ahora tengo otra noticia que contaros, hoy he ido a mi médico SIQUIATRA a pasar revisión y le he comentado que me hacía falta un informe para pasar el tribunal otra vez, REPUESTA de la secretaria después de haber hablado con la médica, VALE 90 EUROS el informe.
A vosotros que os parecen, yo me he venido con un cabreo de muerte e incluso estoy pesando de cambiar de médico.
Ahora tengo otra noticia que contaros, hoy he ido a mi médico SIQUIATRA a pasar revisión y le he comentado que me hacía falta un informe para pasar el tribunal otra vez, REPUESTA de la secretaria después de haber hablado con la médica, VALE 90 EUROS el informe.
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- trasgu123
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Re: Paga extra del ISFAS
Tu psiquiatra es un profesional que cobra por los servicios que presta. Los servicios que cubre tu seguro medico se los carga a su cuenta y los que no los cubre, los pagas tu.
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Re: Paga extra del ISFAS
trasgu123 escribió:Tu psiquiatra es un profesional que cobra por los servicios que presta. Los servicios que cubre tu seguro medico se los carga a su cuenta y los que no los cubre, los pagas tu.
¿pero tu eso lo ves normal o que te parece a ti?, por faovr respondeme
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Re: Paga extra del ISFAS
Hola, yo entiendo que si fuese una consulta privada, que te cobre lo que establezca su tarifa y la del Colegio de Médicos, pero si ese médico es de un Seguro de Salud que está en el catálogo de servicios con convenio de ISFAS, entiendo que no al no ser una asistencia privada. En la sanidad pública ningún médico cobra por realizar un informe clínico sobre la enfermedad que padeces y el tratamiento que sigues. Yo cambiaría de inmediato de médico además de pedirle todo el historial clínico, y pondría la correspondiente queja ante el ISFAS, el Colegio Oficial de Médicos de tu provincia, y la Compañía de Salud.
http://www.cgcom.es/noticias/2007/01/07 ... rtificados
http://puntsdevista.comb.cat/edicio8/pr ... inica7.pdf , "Por consiguiente, y teniendo en cuenta que se incluye la emisión de certificados e informes en el concepto de prestación sanitaria, no se pueden cobrar honorarios profesionales. Tampoco podrían cobrarse porque constituiría ejercicio de actividad privada simultánea a la actividad pública".
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Art, 22 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-22188
Un saludo.
http://www.cgcom.es/noticias/2007/01/07 ... rtificados
http://puntsdevista.comb.cat/edicio8/pr ... inica7.pdf , "Por consiguiente, y teniendo en cuenta que se incluye la emisión de certificados e informes en el concepto de prestación sanitaria, no se pueden cobrar honorarios profesionales. Tampoco podrían cobrarse porque constituiría ejercicio de actividad privada simultánea a la actividad pública".
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Art, 22 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-22188
Un saludo.
- trasgu123
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Re: Paga extra del ISFAS
""Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Éstos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria"".
Que disposicion dice que seran gratuitos y en que caso ??.
Yo lo veo de la siguiente forma y a modo de ejemplo. Mañana tienes un problema electrico en casa, se funde todo, y llamas a tu seguro de hogar que te manda a un electricista y te le lo arregla. Cuando el electricista acaba le dices que te haga un informe de la instalacion general, magnetotermicos, potencia de entrada, etc., y el electricista te dice que si, que son 90€.
Cuando vas a la consulta de un medico concertado con ASISA-ADESLAS, no deja de ser una consulta privada aunque tu no pagues.
Todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Éstos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria"".
Que disposicion dice que seran gratuitos y en que caso ??.
Yo lo veo de la siguiente forma y a modo de ejemplo. Mañana tienes un problema electrico en casa, se funde todo, y llamas a tu seguro de hogar que te manda a un electricista y te le lo arregla. Cuando el electricista acaba le dices que te haga un informe de la instalacion general, magnetotermicos, potencia de entrada, etc., y el electricista te dice que si, que son 90€.
Cuando vas a la consulta de un medico concertado con ASISA-ADESLAS, no deja de ser una consulta privada aunque tu no pagues.