QUE PASARÍA SI......

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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jelo
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QUE PASARÍA SI......

Mensaje por jelo »

E
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Francisco I
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Re: QUE PASARÍA SI......

Mensaje por Francisco I »

Abrirían expediente disciplinario y paralizarian el expediente médico; según se ha comentado varias veces por éstos foros. Porque a lo mejor el retiro podría resultar que fuera a "Villa Cerrada" a pensión completa alimenticia, pero sin la otra pensión económica. Al menos hasta alcanzar la edad de pase al retiro por edad, ya que los derechos pasivos nunca se pierden.
Arquímedes

Re: QUE PASARÍA SI......

Mensaje por Arquímedes »

Hola Francisco,
No es exactamente así...la norma antepone el tema disciplinario o judicial cuando este es previo a la incoación del de insuficiencia. Si es una vez abierto el mismo, ya no es así.

"Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso. También, solicitará la interrupción del expediente cuando la JMPO emita un acta temporal que pueda impedir la finalización del expediente en los plazos previstos"
Francisco I
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Re: QUE PASARÍA SI......

Mensaje por Francisco I »

Arquímedes escribió:Hola Francisco,
No es exactamente así...la norma antepone el tema disciplinario o judicial cuando este es previo a la incoación del de insuficiencia. Si es una vez abierto el mismo, ya no es así.

"Si el interesado tuviera abierto algún expediente disciplinario o procedimiento judicial previos a la incoación del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, el propio instructor solicitara testimonio de la resolución de los mismos para su unión al expediente. En caso de que no hubieran finalizado tales procedimientos, antes de emitir sus conclusiones y remitir el expediente en consulta, solicitará a GEMAPER la interrupción del proceso. También, solicitará la interrupción del expediente cuando la JMPO emita un acta temporal que pueda impedir la finalización del expediente en los plazos previstos"
Gracias por corregirme, compañero Arquimedes. Seguramente será como tu dices, pero a mi la lógica me dice que eso no está bien legislado. Supongamos que tal como ha expuesto el compañero "jelo", un funcionario cualquiera que se encuentre inmerso en un expediente para determinar su incapacidad física, comete un delito por el cual puede ser condenado a una pena superior a los tres años, ( ello conlleva la accesoria de perdida de la condición de funcionario) sería expulsado y no obtendría el retiro hasta alcanzar la edad establecida para ello. Es lo que me dicta la razón; aunque por otra parte, pienso que el susodicho delincuente quedaría sin ingresos económicos mientras estuviera en el "hotel" , pero como allí se devenga plaza en rancho, pues eso........ que lo mejor es ser buenecito y llevarse bien con todo el vecindario...
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