Por experiencia te diré que no agotarán los 6 meses, en 3 meses sabrás ya algo segurocansado33 escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 2:10 pmComo te he dicho en otra ocasión,mucha mierda!!!!!.ItineranteCivico escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 1:04 pmLa verdad que esto en sí mismo en en sin sentido, lo cual provoca que nuestras explicaciones también lo sean.
Novedades, el TSJ me da traslado para nuevamente formalizar la demanda y establecer una cuantía... la cuantía voy a poner lo retenido este año porque el resto me lo han devuelto, y de paso si me condenan en costas que sea lo menos posible. El caso es que Clases Pasivas ha enviado el expediente completo, pero el de hace un año, la letrada de justicia entiende que llevo razón, pero ahora debe ser el juez el que dé el visto bueno, tengo 20 días para formalizar demanda, así que al lío
Hoy he entrado en mi carpeta ciudadana y el día 20 se registro mi solicitud de información en AEAT Y AYER se recibió en su destino:
Registro Auxiliar de la Dirección General de Tributos….
Con lo cual el jefe/funcionario ha hecho lo que me dijo.
Ahora a esperar
SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Yo la verdad que ya no me fío ni de mi sombra visto lo visto hasta ahoraremedios escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 2:06 pm Perfecto!
Muy buena señal la deducción de la letrada de justicia, sobre todo porque estos letrados suelen tener mucha experiencia por la gran cantidad de procedimientos que pasan por sus manos.
Lo que me cuesta entender, como otras muchas cosas, es lo de establecer una cuantía, pues lo que pides es la exención definitiva y sin saber cuanto tardaran en resolver la cuantía puede variar bastante en el tiempo, pero tampoco soy abogado...
Venga otro pasito mas, ya va quedando menos!!!
Lo de establecer la cuantía se ve que es típico de los contenciosos administrativos, para mí todo es nuevo, como lo de volver a formular la demanda punto por punto, yo creía que ya lo habíamos hecho, se ve que primeramente es como una declaración de intenciones ahora mismo soy un elefante en una cacharrería, igual que al principio, solo que con un par de linternas que me lanzasteis tú y Zuku, y ahí vamos...
Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Así es itinerante,he leído que tienen seis meses para contestarme,pero el funcionario me comentó que en dos o tres meses recibiré una cartaItineranteCivico escribió: ↑Jue Jun 23, 2022 1:12 amPor experiencia te diré que no agotarán los 6 meses, en 3 meses sabrás ya algo segurocansado33 escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 2:10 pmComo te he dicho en otra ocasión,mucha mierda!!!!!.ItineranteCivico escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 1:04 pm
La verdad que esto en sí mismo en en sin sentido, lo cual provoca que nuestras explicaciones también lo sean.
Novedades, el TSJ me da traslado para nuevamente formalizar la demanda y establecer una cuantía... la cuantía voy a poner lo retenido este año porque el resto me lo han devuelto, y de paso si me condenan en costas que sea lo menos posible. El caso es que Clases Pasivas ha enviado el expediente completo, pero el de hace un año, la letrada de justicia entiende que llevo razón, pero ahora debe ser el juez el que dé el visto bueno, tengo 20 días para formalizar demanda, así que al lío
Hoy he entrado en mi carpeta ciudadana y el día 20 se registro mi solicitud de información en AEAT Y AYER se recibió en su destino:
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Con lo cual el jefe/funcionario ha hecho lo que me dijo.
Ahora a esperar
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Buenas tardes compañeros. Veo que la cosa está que arde por los dos flancos abiertos. Muy buena estrategia la de cansado, si señor, en mi entender creo que puede salir adelantate. Ahora toca esperar. Mucha suerte
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Entiendo que todo va como tiene que ser Itinerante. Para mí creo que lo tienes ganado. Espero que así sea. Mucha suerte.ItineranteCivico escribió: ↑Mié Jun 22, 2022 1:04 pmLa verdad que esto en sí mismo en en sin sentido, lo cual provoca que nuestras explicaciones también lo sean.remedios escribió: ↑Mar Jun 21, 2022 3:46 pmTu: "me lo podrían haber denegado, es el camino más rápido, recurso al TEAR y fin de la Odisea"ItineranteCivico escribió: ↑Mar Jun 21, 2022 2:44 pm Jajajaja si compañero, es así, llevas toda la razón. Cuando es funcionario civil la AEAT al ver la res de Clases Pasivas tras pasar por el EVI no pone ningún inconveniente, a eso me refería, los compañeros de las fuerzas armadas y GC pues según el funcionario de turno ponen pegas o no, ¡pero benditas pegas! , yo visto vuestros resultados bien me lo podrían haber denegado, es el camino más rápido, recurso al TEAR y fin de la Odisea. Yo visto lo visto me conformo con que me devuelva la AEAT, pero si el TSJ resuelve a mí favor mejor que mejor. También es verdad que no sabemos que pasará con el compañero cuando le contesten de la DGT, igual pueden apañar algo más y Clases Pasivas reacciona.
Anda que no!!!, cualquiera que nos lea y no sepa de que va la película se vuelve loc@ intentando entender algo....
Novedades, el TSJ me da traslado para nuevamente formalizar la demanda y establecer una cuantía... la cuantía voy a poner lo retenido este año porque el resto me lo han devuelto, y de paso si me condenan en costas que sea lo menos posible. El caso es que Clases Pasivas ha enviado el expediente completo, pero el de hace un año, la letrada de justicia entiende que llevo razón, pero ahora debe ser el juez el que dé el visto bueno, tengo 20 días para formalizar demanda, así que al lío
Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Muchas gracias jilary por tu apoyo!!!!!
Siempre con la máxima cautela y humildad,tengo también buenas sensaciones,he estudiado y leído muchas resoluciones de tributos,ellos se basan en leyes en sus contestaciones y las plasman en el documento que te llega,es decir el famoso artículo 7 apartado g),dice esto….. y en base a eso decimos esto… no es como clases pasivas que nos contesta no y mienten en decir que no nos corresponde y ni ponen artículos pues saben,por la doctrina del TEAC,que no están haciendo lo correcto,tributos también en su contestación se basa en un 90% en la doctrina establecida por el TEAC,es decir y espero explicarlo bien y no equivocarme,en la AEAT el máximo órgano que toma decisiones es el TEAC,después el TEAR Y después TRIBUTOS,he visto una contestación de tributos que ocurrió en Murcia,diciendo que no correspondía una exención(el jubilado no era de clases pasivas) y este pensionista recurrir a TEAC y este pegarle un tiron de orejas a tributos,por desviarse y no aplicar la doctrina establecida por el TEAC Y Le concedieron la exención de IRPF,la decisión de tributos es vinculante para todos los miembros de AEAT,si viene positivo ,estoy dándole vueltas de cómo hacerlo frente a clases pasivas,en el caso de que venga negativo,ya sé que el TEAC le pegará el tiron de orejas a tributos por apártese de la doctrina establecida en el artículo 7 apartado g),gracias a vuestra lucha y no puedo pasar sin decir,que gracias a mi amigo ZUKU,por el camino que descubrió en su día,por un camino o por otro,son muchos compañeros que han conseguido la exención por la vía AEAT Y sus consejos y conversaciones,hacen como bien dice itinerante que se enciendan bombillas y se abran nuevos caminos para llegar a la exención de IRPF,un fuerte abrazo Jilary.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Por dar más ánimo al asunto, IRPF 2021 devuelto también por transferencia de la AEAT, ninguna pega. Me faltaban 3 meses por devolver porque el resto ya me lo dio Grandes Contribuyentes el año pasado, a espera de sentencia del TSJ de Madrid por lo menos decir que el dinero aunque más tarde está siendo devuelto.
Cansado33 seguro que Tributos no te pone ninguna pega, a ver si te dicen algo pronto.
Cansado33 seguro que Tributos no te pone ninguna pega, a ver si te dicen algo pronto.
Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Me alegro de corazón que te hayan devuelto tu dinero del 2021 !!!!ItineranteCivico escribió: ↑Mié Jul 06, 2022 6:35 pm Por dar más ánimo al asunto, IRPF 2021 devuelto también por transferencia de la AEAT, ninguna pega. Me faltaban 3 meses por devolver porque el resto ya me lo dio Grandes Contribuyentes el año pasado, a espera de sentencia del TSJ de Madrid por lo menos decir que el dinero aunque más tarde está siendo devuelto.
Cansado33 seguro que Tributos no te pone ninguna pega, a ver si te dicen algo pronto.
Mucha mierda para la sentencia del TSJ DE MADRID!!!
Y gracias por siempre transmitir buena energía,un fuerte abrazo.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola, a mí me han concedido para toda profesión u oficio en la agravación y estoy en la lucha de conseguir la exención de IRPF, bueno es increíble a leer el foro, todos nos estrellamls con las mismas cosas más o menos, a ver si me podéis contestar a dos preguntas, yo tengo metido el contencioso pidiendo la exención, aún no ha salido el juicio, es comun que concedan la exención en el contencioso? Y otra pregunta es para Zuku porque he visto que es gaiteiro, yo toco un instrumento y me gustaría saber si la música tiene algún régimen especial que se pueda ejercer legalmente (ya os digo que tengo la incapacidad para toda profesión u oficio), gracias por todo de antemano, si ni hubiese gente como vosotros cuanto se reirían de nosotros.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola Héctorexpoxito, bienvenido a nuestro hilo pues evidentemente se puede conseguir la exención en el Contencioso Administrativo, todo depende del enfoque del mismo, que la pretensión esté bien redactada y enfocada, y acompañada de leyes y sentencias que lo amparen. Cuanto más mascado se lo des a su señoría mejor que mejor.hectorexposito escribió: ↑Sab Ago 06, 2022 4:02 pm Hola, a mí me han concedido para toda profesión u oficio en la agravación y estoy en la lucha de conseguir la exención de IRPF, bueno es increíble a leer el foro, todos nos estrellamls con las mismas cosas más o menos, a ver si me podéis contestar a dos preguntas, yo tengo metido el contencioso pidiendo la exención, aún no ha salido el juicio, es comun que concedan la exención en el contencioso? Y otra pregunta es para Zuku porque he visto que es gaiteiro, yo toco un instrumento y me gustaría saber si la música tiene algún régimen especial que se pueda ejercer legalmente (ya os digo que tengo la incapacidad para toda profesión u oficio), gracias por todo de antemano, si ni hubiese gente como vosotros cuanto se reirían de nosotros.
¿Cuando iniciaste el Contencioso? Imagino evidentemente que estará durmiendo el tema en el TSJ de Madrid hasta que salga juicio. Yo solicité que no hubiera vista, que se diera sentencia con las pruebas practicadas y el resto de documentación.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
La música no tiene nada en especial, puedes seguir tocando siempre y cuando no haya un contrato por medio y te afecte directamente.hectorexposito escribió: ↑Sab Ago 06, 2022 4:02 pm Hola, a mí me han concedido para toda profesión u oficio en la agravación y estoy en la lucha de conseguir la exención de IRPF, bueno es increíble a leer el foro, todos nos estrellamls con las mismas cosas más o menos, a ver si me podéis contestar a dos preguntas, yo tengo metido el contencioso pidiendo la exención, aún no ha salido el juicio, es comun que concedan la exención en el contencioso? Y otra pregunta es para Zuku porque he visto que es gaiteiro, yo toco un instrumento y me gustaría saber si la música tiene algún régimen especial que se pueda ejercer legalmente (ya os digo que tengo la incapacidad para toda profesión u oficio), gracias por todo de antemano, si ni hubiese gente como vosotros cuanto se reirían de nosotros.
Siempre puedes hacer alguna colaboración con algún grupo en plan gratis, otra cosa es que luego te den una propinilla para tomar unas cervezas, ya me entiendes
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Buenas tardes hectorexposito,buen venido al foro,en lo que te pueda ayudar,cuenta con ello,un abrazo y mucha mierda para el contencioso.hectorexposito escribió: ↑Sab Ago 06, 2022 4:02 pm Hola, a mí me han concedido para toda profesión u oficio en la agravación y estoy en la lucha de conseguir la exención de IRPF, bueno es increíble a leer el foro, todos nos estrellamls con las mismas cosas más o menos, a ver si me podéis contestar a dos preguntas, yo tengo metido el contencioso pidiendo la exención, aún no ha salido el juicio, es comun que concedan la exención en el contencioso? Y otra pregunta es para Zuku porque he visto que es gaiteiro, yo toco un instrumento y me gustaría saber si la música tiene algún régimen especial que se pueda ejercer legalmente (ya os digo que tengo la incapacidad para toda profesión u oficio), gracias por todo de antemano, si ni hubiese gente como vosotros cuanto se reirían de nosotros.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
El contencioso lo puse en enero, a ver cuándo sale y qué pasa, también hice una reclamación a la agencia tributaria en enero pidiendo que me devuelvan el dinero del irpf por la ley 35/06 art 37 g, ya he visto en el foro que hay gente que lo hace todos los años, a mí aún no me han contestado, ya iré contando.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Bienvenido a este fabuloso foro donde encontrarás la mayor parte de la información que necesites.hectorexposito escribió: ↑Jue Ago 11, 2022 8:50 pm El contencioso lo puse en enero, a ver cuándo sale y qué pasa, también hice una reclamación a la agencia tributaria en enero pidiendo que me devuelvan el dinero del irpf por la ley 35/06 art 37 g, ya he visto en el foro que hay gente que lo hace todos los años, a mí aún no me han contestado, ya iré contando.
Con tu permiso te corrigo lo que ha podido ser un error numérico sin importancia, pero por si hay algún despistado que se ponga a buscar ese artículo que mencionas...
El artículo al que supongo te has querido referir es el 7 g) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto para la Renta de las Personas Físicas. Espero que no te moleste, pero es mejor para el foro que las erratas se corrijan, pues si no pueden terminar plasmada en algún escrito dirigido a cualquier organismo.
Mucha suerte con tu contencioso. Ya nos tendrás informado.
Un saludo
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Muy buenas, Itinerante!!!ItineranteCivico escribió: ↑Mié Ago 10, 2022 11:28 amHola Héctorexpoxito, bienvenido a nuestro hilo pues evidentemente se puede conseguir la exención en el Contencioso Administrativo, todo depende del enfoque del mismo, que la pretensión esté bien redactada y enfocada, y acompañada de leyes y sentencias que lo amparen. Cuanto más mascado se lo des a su señoría mejor que mejor.hectorexposito escribió: ↑Sab Ago 06, 2022 4:02 pm Hola, a mí me han concedido para toda profesión u oficio en la agravación y estoy en la lucha de conseguir la exención de IRPF, bueno es increíble a leer el foro, todos nos estrellamls con las mismas cosas más o menos, a ver si me podéis contestar a dos preguntas, yo tengo metido el contencioso pidiendo la exención, aún no ha salido el juicio, es comun que concedan la exención en el contencioso? Y otra pregunta es para Zuku porque he visto que es gaiteiro, yo toco un instrumento y me gustaría saber si la música tiene algún régimen especial que se pueda ejercer legalmente (ya os digo que tengo la incapacidad para toda profesión u oficio), gracias por todo de antemano, si ni hubiese gente como vosotros cuanto se reirían de nosotros.
¿Cuando iniciaste el Contencioso? Imagino evidentemente que estará durmiendo el tema en el TSJ de Madrid hasta que salga juicio. Yo solicité que no hubiera vista, que se diera sentencia con las pruebas practicadas y el resto de documentación.
Según leo aún estás en espera de resolución, pero todavía es pronto.
Lo que desconocía totalmente es lo que dices: "Yo solicité que no hubiera vista, que se diera sentencia con las pruebas practicadas y el resto de documentación."
¿Quiere decir eso que no se presenta ni siquiera el abogado ni procurador? Pero si es así supongo que te ahorraras un dinero en el contencioso, no? No tengo ni idea de como va eso!!! Ya nos explicarás!!!
A ver si sale la sentencia pronto y por supuesto que sea a tu favor. Mucha suerte!!!
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