Hola,
Tengo 45 años, estoy en paro y tengo 4 hijos. Mi padre, un militar de carrera jubilado, falleció en 1980. Entonces yo era menor de 18. Mi madre fue la que se encargo de todos los trámites para solicitar la pensión de viudedad y de orfandad, pero yo nunca he recibido ese dinero. No se que es lo que puedo hacer para reclamarlo ni a quien. Mi madre tiene casi 93 años, está en cama desde hace más de 10 y la verdad es que su mente no está. Agradecería alguna ayuda ya que me encuentro en una situacion desesperada, quisiera dejar esto solucionado antes de que mi madre fallezca.
Muchas gracias.
Pension de orfandad Ayuda Urgente
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Re: Pension de orfandad Ayuda Urgente
Buenas tardes:
Si su madre reclamó la pensión de orfandad la cobraría ella en su día, si no la cobró entonces ahora ya no se puede reclamar nada.
Cuando su madre fallezca solo tendría derecho a pensión si está usted soltero o si tiene alguna incapacidad total y permanente antes de los 21 años o en vida de su padre.
Si su madre reclamó la pensión de orfandad la cobraría ella en su día, si no la cobró entonces ahora ya no se puede reclamar nada.
Cuando su madre fallezca solo tendría derecho a pensión si está usted soltero o si tiene alguna incapacidad total y permanente antes de los 21 años o en vida de su padre.
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Re: Pension de orfandad Ayuda Urgente
Mi madre la cobró y de hecho la sigue cobrando. El problema es que yo no he visto un duro desde que cumplí los 18 años y me gustaría saber como puedo reclamar ese dinero que mi madre viene cobrando por mi.
Gracias.
Gracias.
Re: Pension de orfandad Ayuda Urgente
Por la legislación que su madre percibe pensión, los huéfanos no tienen dereecho a pensión, osea que ella no cobra nada por usted.
En la Ley anterior a 1985 los huérfanos no tienen derecho a pensión, cuando existía un menor se incrementaba la pensión de la viuda en un % creo recordadr que un 10%, solo hasta que cumplia la mayoría de edad, entonces la viuda seguía cobrando su pensión de viudedad sin incremento por hijo.
En la Ley anterior a 1985 los huérfanos no tienen derecho a pensión, cuando existía un menor se incrementaba la pensión de la viuda en un % creo recordadr que un 10%, solo hasta que cumplia la mayoría de edad, entonces la viuda seguía cobrando su pensión de viudedad sin incremento por hijo.
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