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Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Sab Sep 23, 2017 10:26 am
por Javato110
En el Boe de hoy sale publicada la nueva ley, hay cosas que se entienden bien, pero lo de la gente Apl, no me aclara mucho. Alguno más lo ha hechado un vistazo?

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 6:15 pm
por Jasfsevi
Si,y creo que me he quedado como tu mas o menos. A ver si hay alguien que aclare un poco el tema sobre los APL.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 6:31 pm
por trasgu123
Cual es la duda ??

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 6:49 pm
por ducckke
Vaya tela. Al parecer nos destinaran forzosos a quien nos declafen apl.
Yo me.pregunto que prevision de futuro tendremos quien, a los cuarenta y pico años, con hipoteca e hijos, por el mero hecho de estar enfermos nos quiten de estar junto a nuestra familia y nos bajen el sueldo.

Solo de pensarlo me pongo a llorar.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 6:56 pm
por Arano
No me ha dado tiempo a ver y estudiar en profundidad dicho Real Decreto de Destinos, pero lo poco que he visto no deja de ser "una puñalada trapera" para todos y en especial para los "aptos con limitaciones". No me gusta culpar a nadie de una normativa, excepto a quien la redacta, ya que he visto muchos que hemos colaborado con ellas y luego han salido como "ellos" han querido, pero....... considero que las Asociaciones de la GC, algo deberían decir y no quedar calladas.

Saludos.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 7:03 pm
por adolor
Buenas tardes, veo y creo que antes de nada tendra que regularse un catalogo de puestos de trabajo no?,

es decir en un puesto principal donde estoy hay enchufados por todos sitios, plana (la cual no debia de existir), equipo roca, equipo investigacion, viogen, nadie tienen curso, ninguno tiene limitaciones, este que cuerpo es?,

no se, pero creo que es lo que antes deberian de hacer,

en cuanto a lo de las asociaciones amigo ARANO, como siempre si sacan algo bueno, es para los jefes o para ellos,

es asi...

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 8:18 pm
por trasgu123
ducckke escribió:Vaya tela. Al parecer nos destinaran forzosos a quien nos declafen apl.
Yo me.pregunto que prevision de futuro tendremos quien, a los cuarenta y pico años, con hipoteca e hijos, por el mero hecho de estar enfermos nos quiten de estar junto a nuestra familia y nos bajen el sueldo.

Solo de pensarlo me pongo a llorar.
"Anesdotas Verisdicas". Hace varios lustros instruimos el expediente de perdida de condiciones psicofisicas de un compañero, el resultado final fue APL. Ceso en el destino y varios meses despues salio en el BOD, destinado forzoso a un Organismo en el que estaba claro que por sus enfermedades no podia estar. Se presento reglamentariamente al nuevo destino y ante su nuevo Jefe con el Acta del Tribunal Medico en la mano, pocos dias despues estaba de nuevo cesado en el destino.

Porque paso esto ??. Porque en Defensa no se discriminaban las vacantes, si alguna no se cubria se mandaba forzoso al que llevase mas tiempo disponible, fuese a la Legion o a la oficina del ISFAS . A dia de hoy ya no pasa, se publican vacantes para que los APL las puedan pedir.

Me temo que a vosotros os pasara lo mismo, al menos hasta que no se ajuste el procedimiento, y mientras tanto podra suceder que a Fulanito de Tal, asmatico y alergico a los acaros y al polvo, le manden forzoso al Archivo General.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 8:20 pm
por trasgu123
adolor escribió:Buenas tardes, veo y creo que antes de nada tendra que regularse un catalogo de puestos de trabajo no?,

es decir en un puesto principal donde estoy hay enchufados por todos sitios, plana (la cual no debia de existir), equipo roca, equipo investigacion, viogen, nadie tienen curso, ninguno tiene limitaciones, este que cuerpo es?,

no se, pero creo que es lo que antes deberian de hacer,

en cuanto a lo de las asociaciones amigo ARANO, como siempre si sacan algo bueno, es para los jefes o para ellos,

es asi...
Pues justo yo entiendo lo contrario. Artículo 34. Asignación de puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. Los puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, serán asignados por el Director General de la Guardia Civil. No figurarán en la relación de puestos orgánicos de las unidades, siendo desplegados por la Jefatura de Personal teniendo en cuenta el motivo que originó las limitaciones; las necesidades, limitaciones y posibilidades de la unidad de despliegue; y las circunstancias particulares de los así declarados.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Lun Sep 25, 2017 8:33 pm
por adolor
trasgu123 escribió:
adolor escribió:Buenas tardes, veo y creo que antes de nada tendra que regularse un catalogo de puestos de trabajo no?,

es decir en un puesto principal donde estoy hay enchufados por todos sitios, plana (la cual no debia de existir), equipo roca, equipo investigacion, viogen, nadie tienen curso, ninguno tiene limitaciones, este que cuerpo es?,

no se, pero creo que es lo que antes deberian de hacer,

en cuanto a lo de las asociaciones amigo ARANO, como siempre si sacan algo bueno, es para los jefes o para ellos,

es asi...
Pues justo yo entiendo lo contrario. Artículo 34. Asignación de puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. Los puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, serán asignados por el Director General de la Guardia Civil. No figurarán en la relación de puestos orgánicos de las unidades, siendo desplegados por la Jefatura de Personal teniendo en cuenta el motivo que originó las limitaciones; las necesidades, limitaciones y posibilidades de la unidad de despliegue; y las circunstancias particulares de los así declarados.
no le digo que no, es una pedazo de p.......da,

pero ves lógico alguien apto con limitaciones por problemas psicológicos que lo destinen a la conchinchina?,

sin existir un catalogo de puestos de trabajo que aclare algo al respecto, no se,

a ver en estos 6 meses que vuelta da esto y que hacen las asociaciones para dar la cara por sus representados...

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mar Sep 26, 2017 7:27 pm
por Arano
De momento haya paz, toda vez que dicho Real Decreto no entra en vigor hasta dentro de SEIS MESES.

"""Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo la disposición transitoria séptima que lo hará el día siguiente al de su publicación.

Disposición transitoria segunda. Personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
El personal que a la entrada en vigor de este real decreto estuviera declarado apto con limitaciones para ocupar determinados destinos por insuficiencia de condiciones psicofísicas, no se verá afectado por las previsiones contempladas en los artículos 34, 56 y el apartado h) del 61.1 del Reglamento que se aprueba con este real decreto, salvo que fuera objeto de una nueva declaración como consecuencia de la instrucción de un nuevo expediente de determinación de condiciones psicofísicas, iniciado con posterioridad a la entrada en vigor de este Reglamento.

Disposición transitoria sexta. Vigencias.
Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del Reglamento aprobado en este real decreto, seguirán en vigor las disposiciones que a continuación se relacionan:
a) Orden INT/2359/2002, de 10 de septiembre, por la que se determinan los puestos de mando o dirección de la Guardia Civil cuya asignación de destinos será competencia del Secretario de Estado de Seguridad.
b) Orden INT/3013/2002, de 14 de noviembre, por la que se regula el derecho preferente para ocupar vacantes de provisión por antigüedad en el Cuerpo de la Guardia Civil.
c) Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.
""

Con lo cual habrá (quiero creer) tiempo mas que suficiente para el desarrollo normativo de cuantas instrucciones sean necesarias:

PREÁMBULO DE DICHO R.D.

Además, como parte del sistema que se articula para dar respuesta al nuevo modelo de gestión de destinos para el personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, se ha previsto la determinación de incompatibilidades entre las limitaciones declaradas por este motivo y la asignación u ocupación de ciertos destinos, cuestión que deberá ser concretada en el desarrollo normativo que elabore al respecto el Ministro del Interior, de acuerdo con su normativa específica. Para complementar esta medida, se prevé la creación de un subcatálogo específico para, en su caso y a través de la provisión extraordinaria, dar cabida a determinado personal así declarado por razón del servicio, o ser empleado en otros casos atendiendo a concretas circunstancias personales.

Saludos.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mié Sep 27, 2017 6:58 am
por adolor
vamos a ver amigo Arano,

porque estos de la direccion cada vez que sacan algo es para joder y llega un momento que tanto sobresalto como que no,

gracias por la aclaracion y un saludo

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mié Sep 27, 2017 12:43 pm
por trasgu123
adolor escribió:vamos a ver amigo Arano,

porque estos de la direccion cada vez que sacan algo es para joder y llega un momento que tanto sobresalto como que no,

gracias por la aclaracion y un saludo

Como siempre, primero se publica el Real Decreto del Reglamento y meses despues se publica la Orden Ministerial que lo desarolla. En Defensa el ultimo Reglamento de Destinos es de abril de 2011 y la Orden Ministerial de desarrollo es de octubre de 2011.

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mié Sep 27, 2017 1:00 pm
por adolor
claro, los 6 meses propios para que entre en vigor no?

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mié Sep 27, 2017 5:56 pm
por Ex-sovietico2
Lo que no me acaba de quedar claro es como quedamos los APLen acto de servicio.

Por lo que se dispone en el art. 34.2 entiendo que con carácter general se nos intentará dejar en el mismo destino siempre que las limitaciones sean compatibles con alguna función dentro de la unidad... ¿O lo estoy interpretando erroneamente?

Re: Nuevo reglamento de destinos

Publicado: Mié Sep 27, 2017 10:41 pm
por vitreo
Los que ya son ACL continúan como hasta ahora en el destino que tienen a no ser que soliciten o se les abra nuevo ICPS y según el resultado de este, si es incompatible con su destino cesará en el mismo.

Los que queden a partir del 23 de marzo de 2018 ACL por ICPS, si la limitación es compatible con el destino continuará en el mismo sin realizar funciones incompatibles con las limitaciones.

En caso de no serlo cesará en el destino y se dan dos posibilidades.

Acto de Servicio

Tiene derecho preferente en la provincia mediante solicitud de un nuevo destino compatible en provision ordinaria BOGC


Despliegue y asignación de un puesto de trabajo específico para el personal declarado ACL por IpCs (unidad a elección, según disponibilidad, cupos y limitación declarada)

No Acto de Servicio

Solicitud de un nuevo destino compatible en provision ordinaria BOGC

Excepcionalmente Despliegue y asignación de un puesto de trabajo específico para el personal declarado ACL por IpCs (unidad a elección, según disponibilidad, cupos y limitación declarada)

Un saludo compañeros