Petición de parte de expediente averiguación de causas por acto de terrorismo
Publicado: Mié Ene 24, 2018 11:18 pm
El motivo de mi consulta agradecería me aportasen alguna luz a una cuestión que no sé si se está actuando correctamente o se está yendo por la tangente el Ministerio de Defensa
Y el periplo es el siguiente
Me dieron el retiro en la Guardia Civil ajeno en acto de servicio
Y el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional me reconoció en acto de servicio al interponerle una demanda al Ministerio de Defensa
Hasta aquí todo claro
La cuestión está en que en su momento el acto de servicio vino derivado de un acto de terrorismo pero en su momento por ignorancia y porque el letrado no lo pidió solo me dieron en acto de servicio pero no por acto de terrorismo de haberlo sabido en su momento ya que esto fue en el 2006 hubiese pedido una aclaración de sentencia ya que se hizo mención a que el acto de servicio era por una situación vivida en el País Vasco pero no se pidió ninguna aclaración ni se hizo nada por rectificar o añadir el acto de terrorismo
Pues bien hace 2 años solicita reconocimiento como víctima de terrorismo ante el Ministerio defensa y me lo denegaron directamente pero sí me dieron un plazo de dos meses para si quería acudir a un contencioso administrativo y a la vista de que no tenía gran documentación para aportar desistí de aceder a meterme en un contencioso
Pues bien la cuestión actual y es por lo que ruego si tiene algún compañero/forero algún punto de vista o argumentos para aportarme en este periplo que quiero iniciar
Se trata de que empiezo a recopilar documentación y por lo pronto ya coincido con el paso de los años con testigos de los atentados empieza obtener nueva información clínica tanto médica como psiquiátrica que hablan del nexo causal con acto de terrorismo y entonces el enlazar esto con una vía nueva para abrir un contencioso
Me sugieren por parte de recursos humanos concretamente la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil que inicie un expediente de averiguación de causas para averiguación del nexo causal por acto de terrorismo ante el Ministerio defensa
Pues una vez interpuesto el expediente de averiguación de causas en la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil me comentan que esto tiene un trámite y que en un plazo determinado de tiempo me darían un plazo de alegaciones aproximadamente creo recordar de 10-15 días para alegar cuanto estimase oportuno y para aportar cuenta documentación tuviese
Pues bien ya no es que me diesen un plazo de alegaciones que NO me dan ese honor y creo que me produce una indefension para aportar testifical y documentación tanto clínica cómo de los atentados sino que procedente del Ministerio defensa se lo devuelve a la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil y me contesta que eso ya está juzgado y que procede INADMITIRLO todo Y QUE ME DAN UN PLAZO DE DOS MESES POR SI QUIERO ACUDIR A UN CONTENCIOSO
Pues bien aquí es en donde aprovecho y meto una demanda al Ministerio defensa y ahora me dan un plazo de 10 días el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 8 concretamente de la Audiencia Nacional porque parece ser que quieren declararlo incompetente tal asunto y es por lo que entre mí letrado y yo el hecho de inadmitir lo el expediente de averiguación de causas y el hecho de no darme ningún plazo de alegaciones están vulnerando ciertos principios básicos... o se lo pasan directamente por el forro porque algo tendrá que decir su señoría al respecto al margen de lo que diga el Abogado del Estado lógicamente
Bueno después de esta charla si alguien tiene a bien darme alguna luz en este periplo que quiero iniciar se lo agradecería enormemente
Un abrazo
Y el periplo es el siguiente
Me dieron el retiro en la Guardia Civil ajeno en acto de servicio
Y el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional me reconoció en acto de servicio al interponerle una demanda al Ministerio de Defensa
Hasta aquí todo claro
La cuestión está en que en su momento el acto de servicio vino derivado de un acto de terrorismo pero en su momento por ignorancia y porque el letrado no lo pidió solo me dieron en acto de servicio pero no por acto de terrorismo de haberlo sabido en su momento ya que esto fue en el 2006 hubiese pedido una aclaración de sentencia ya que se hizo mención a que el acto de servicio era por una situación vivida en el País Vasco pero no se pidió ninguna aclaración ni se hizo nada por rectificar o añadir el acto de terrorismo
Pues bien hace 2 años solicita reconocimiento como víctima de terrorismo ante el Ministerio defensa y me lo denegaron directamente pero sí me dieron un plazo de dos meses para si quería acudir a un contencioso administrativo y a la vista de que no tenía gran documentación para aportar desistí de aceder a meterme en un contencioso
Pues bien la cuestión actual y es por lo que ruego si tiene algún compañero/forero algún punto de vista o argumentos para aportarme en este periplo que quiero iniciar
Se trata de que empiezo a recopilar documentación y por lo pronto ya coincido con el paso de los años con testigos de los atentados empieza obtener nueva información clínica tanto médica como psiquiátrica que hablan del nexo causal con acto de terrorismo y entonces el enlazar esto con una vía nueva para abrir un contencioso
Me sugieren por parte de recursos humanos concretamente la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil que inicie un expediente de averiguación de causas para averiguación del nexo causal por acto de terrorismo ante el Ministerio defensa
Pues una vez interpuesto el expediente de averiguación de causas en la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil me comentan que esto tiene un trámite y que en un plazo determinado de tiempo me darían un plazo de alegaciones aproximadamente creo recordar de 10-15 días para alegar cuanto estimase oportuno y para aportar cuenta documentación tuviese
Pues bien ya no es que me diesen un plazo de alegaciones que NO me dan ese honor y creo que me produce una indefension para aportar testifical y documentación tanto clínica cómo de los atentados sino que procedente del Ministerio defensa se lo devuelve a la Sección Cuarta de Valdemoro de la Guardia Civil y me contesta que eso ya está juzgado y que procede INADMITIRLO todo Y QUE ME DAN UN PLAZO DE DOS MESES POR SI QUIERO ACUDIR A UN CONTENCIOSO
Pues bien aquí es en donde aprovecho y meto una demanda al Ministerio defensa y ahora me dan un plazo de 10 días el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 8 concretamente de la Audiencia Nacional porque parece ser que quieren declararlo incompetente tal asunto y es por lo que entre mí letrado y yo el hecho de inadmitir lo el expediente de averiguación de causas y el hecho de no darme ningún plazo de alegaciones están vulnerando ciertos principios básicos... o se lo pasan directamente por el forro porque algo tendrá que decir su señoría al respecto al margen de lo que diga el Abogado del Estado lógicamente
Bueno después de esta charla si alguien tiene a bien darme alguna luz en este periplo que quiero iniciar se lo agradecería enormemente
Un abrazo