alta isfas reservista voluntario
Publicado: Mar Mar 10, 2009 1:48 am
Buenas:
El día 27 de febrero de 2009, juré Bandera, acabando así mi Fase de FORMACION BÁSICA como aspirante a reservista. Me incorporo la 2º quincena de mayo a la FASE ESPECÍFICA.
Una vez nombrado reservista, podrían activarme. Tengo entendido que al activarnos nos darían de ALTA en el ISFAS, hecho, que en mi caso concreto me perjudicaría, pues yo tengo un Convenio Especial con la S.S., como prejubilado de Banca que soy, y, el ALTA en el ISFAS, haría que este Convenio de extinguiera.
Mi pregunta es la siguiente :
En períodos de ACTIVACIÓN, ¿podría renunciar yo a darme de alta en el ISFAS y seguir con mi Convenio Especial?
He visto el art. 134 de la Ley de la Carrera Militar, y dice que en las activaciones, se me daría el Alta, pero no sé si es automática para cualquier duración de la activación (por ej.: de 15 días) o solo por períodos superiores a un mes.
Yo quiero seguir siendo reservista, pero he recibido muchas advertencias sobre este punto (la incompatibilidad entre los 2 regímenes, Conv. Especial con la SS.e ISFAS).
¿Alguien me podría aclarar si es obligatoria el alta en el ISFAS en períodos de activación?; , o, por el contrario, ¿podría seguir con mi Convenio Especial con la SSocial?,
El día 27 de febrero de 2009, juré Bandera, acabando así mi Fase de FORMACION BÁSICA como aspirante a reservista. Me incorporo la 2º quincena de mayo a la FASE ESPECÍFICA.
Una vez nombrado reservista, podrían activarme. Tengo entendido que al activarnos nos darían de ALTA en el ISFAS, hecho, que en mi caso concreto me perjudicaría, pues yo tengo un Convenio Especial con la S.S., como prejubilado de Banca que soy, y, el ALTA en el ISFAS, haría que este Convenio de extinguiera.
Mi pregunta es la siguiente :
En períodos de ACTIVACIÓN, ¿podría renunciar yo a darme de alta en el ISFAS y seguir con mi Convenio Especial?
He visto el art. 134 de la Ley de la Carrera Militar, y dice que en las activaciones, se me daría el Alta, pero no sé si es automática para cualquier duración de la activación (por ej.: de 15 días) o solo por períodos superiores a un mes.
Yo quiero seguir siendo reservista, pero he recibido muchas advertencias sobre este punto (la incompatibilidad entre los 2 regímenes, Conv. Especial con la SS.e ISFAS).
¿Alguien me podría aclarar si es obligatoria el alta en el ISFAS en períodos de activación?; , o, por el contrario, ¿podría seguir con mi Convenio Especial con la SSocial?,