¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
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Re: ¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
Hola, si la grabación es "propia", entiendo que sí.
https://www.ilpabogados.com/legal-graba ... versacion/
https://www.eljuridistaoposiciones.com/ ... ntimiento/
Creo que ese Guardia tendrá que recurrir la sentencia que le condena.
Un saludo.
https://www.ilpabogados.com/legal-graba ... versacion/
https://www.eljuridistaoposiciones.com/ ... ntimiento/
Creo que ese Guardia tendrá que recurrir la sentencia que le condena.
Un saludo.
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Re: ¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
Pero ¿ porqué le condenan; por estar haciendo cosas ajenas a su misión; o por haber grabado la amonestación del superior ?
Si de la grabación se deduce que el superior se excedió en la reprensión, o utilizó términos irrespetuosos, habrá que sancionar al superior; pero eso no invalida la sanción inicial al subordinado.
Si de la grabación se deduce que el superior se excedió en la reprensión, o utilizó términos irrespetuosos, habrá que sancionar al superior; pero eso no invalida la sanción inicial al subordinado.
Re: ¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
Yo entiendo que hay 2 sanciones, la 1ª por efectuar actividades ajenas a su trabajo, amonestación verbal y la 2ª al recurrir aportando la grabación se le sanciona, 1º con pérdida de destino que al ser recurrida se queda en 10 días sin sueldo por: "grave desconsideración con los superiores en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo uniforme". Se recurre y el Tribunal Supremo Sala de lo Militar ratifica la sanción con este argumento:"...... la sanción no viene por el hecho de la grabación clandestina sin conocimiento de su superior, sino por la trascendencia negativa que dicho hecho refleja respecto de los principios de disciplina y lealtad que deben imperar en la relación jerárquica en los militares, incluyendo a los miembros de la benemérita."
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Re: ¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
josejuan escribió: ↑Mié Oct 24, 2018 12:03 pm Yo entiendo que hay 2 sanciones, la 1ª por efectuar actividades ajenas a su trabajo, amonestación verbal y la 2ª al recurrir aportando la grabación se le sanciona, 1º con pérdida de destino que al ser recurrida se queda en 10 días sin sueldo por: "grave desconsideración con los superiores en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo uniforme". Se recurre y el Tribunal Supremo Sala de lo Militar ratifica la sanción con este argumento:"...... la sanción no viene por el hecho de la grabación clandestina sin conocimiento de su superior, sino por la trascendencia negativa que dicho hecho refleja respecto de los principios de disciplina y lealtad que deben imperar en la relación jerárquica en los militares, incluyendo a los miembros de la benemérita."
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Pues no lo entiendo. Si el hecho de la grabación no es ilegal, ¿ como puede serlo el presentarla como prueba ante el tribunal ? Distinto hubiera sido su publicación en medios de comunicación, pero no es el caso.
Creo que en esa amonestación se utilizaron frases irrespetuosas. "... será comedido en sus palabras aún cuando reprenda... "
- dmf
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Re: ¿Puede un guardia civil grabar a su superior sin su consentimiento mientras le amonesta?
Hola, Según la noticia la condena es por la grabación propia: https://www.lainformacion.com/espana/ag ... so/6434765
Por eso digo que tendría que recurrirla.
"Y esto es así, dicen los magistrados, no por el simple hecho de que grabara a su superior sin que éste lo supiera, sino porque esa conducta es "radicalmente contraria” a la dignidad que se le exige en calidad de miembro del Instituto Armado".
¿Contraria a la dignidad del Cuerpo? No entiendo.
¿Como puede un subordinado demostrar la veracidad de sus palabras ante un tercero, cuando muchas veces al ser llamado al despacho siempre hay al lado del Jefe otro superior como testigo (del Jefe, claro)?.
Siempre será tu palabra contra la de dos superiores, donde NO existe la lealtad hacia el subordinado y en muchos casos emplean conductas radicalmente opuestas a la dignidad militar, a puerta cerrada. Es decir una doble moral.
Un saludo.
Por eso digo que tendría que recurrirla.
"Y esto es así, dicen los magistrados, no por el simple hecho de que grabara a su superior sin que éste lo supiera, sino porque esa conducta es "radicalmente contraria” a la dignidad que se le exige en calidad de miembro del Instituto Armado".
¿Contraria a la dignidad del Cuerpo? No entiendo.
¿Como puede un subordinado demostrar la veracidad de sus palabras ante un tercero, cuando muchas veces al ser llamado al despacho siempre hay al lado del Jefe otro superior como testigo (del Jefe, claro)?.
Siempre será tu palabra contra la de dos superiores, donde NO existe la lealtad hacia el subordinado y en muchos casos emplean conductas radicalmente opuestas a la dignidad militar, a puerta cerrada. Es decir una doble moral.
Un saludo.