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Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 2:40 pm
por meconio
<t>Buenas tardes compañeros, tengo serias dudas sobre lo que significa lo que quieren decir con lo que me han enviado a través de mi gestión profesional del expediente.<br/>
Aún me encuentro en la fase de trámite de audiencia y alegaciones.<br/>
Reproduzco las partes que a mi me parecen más importantes del escrito abajo reseñado.<br/>
<br/>
Certificado Junta de Evaluación y Dictamen SAS Guardia Civil.<br/>
D. VVVVVVV, Teniente de la Guardia Civil, con destino en la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación y como Secretario de la Junta de Evaluación para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, por el presente escrito , CERTIFICO<br/>
Que en el Acta levantada al término de la Junta de Evaluación, celebrada el día xx de noviembre de 2018 consta en el punto primero acordar, por UNANIMIDAD, valorando la documentación obrante en el Expediente de Determinación de Condiciones Psicofísicas y teniendo en cuenta los diagnósticos médicos emitidos por la Junta Médico Pericial correspondiente así como el Dictamen emitido por el personal especializado competente en materia de salud en el Cuerpo, constituido a tal efecto como Órgano Médico Pericial, proponer INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO, respecto al expediente:<br/>
2018/xxxx G.C. D. LLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLL LLLLLLLLLLLLLLL<br/>
<br/>
Y para que así conste, y produzca los efectos que en derecho procedan, firmo en Madrid a kk de noviembre de 2018.<br/>
<br/>
Después viene el DICTAMEN Nº SSSS/2018<br/>
El día tal se reúnen en el Servicio de Asistencia Sanitaria, bla, bla, bla, pertenecientes todos ellos a los Servicios Médicos de la Guardia Civil (y designados con arreglo a la Resolución del Director General de la Guardia Civil de fecha 19 de junio, BOGC n º 29/2018), para celebrar sesión de trabajo con el fin de emitir dictamen de carácter vinculante, en el que se valora la patología y grado de las limitaciones de la actividad que presenta la persona abajo indicada, según las normas para evaluación de las consecuencias de la enfermedad establecidas en los baremos del anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre a efecto de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el RD 512/2017, de 22 de octubre, así como lo dispuesto en la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Junta Médico Pericial Ordinaria Número 1.<br/>
<br/>
IDENTIFICACIÓN<br/>
Se emite informe relativo al miembro xxxxxxx<br/>
<br/>
ANTECEDENTES<br/>
Este dictamen se emite conforme al artículo 102 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, personal de la Guardia Civil, del RD 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las FAS modificado por el RD 401/2013, de 7 de junio.<br/>
<br/>
DOCUMENTACIÓN ANALIZADA<br/>
Informe del Servicio Médico de la Unidad<br/>
Informes médicos correspondientes a las especialidades de Traumatología, Radiodiagnóstico<br/>
Informe médico pericial de la Unidad de Reconocimientos de la Clínica Militar de ....., correspondientes a Psiquiatría y Traumatología.<br/>
Informe de evaluación Psicológica emitido por el Gabinete de Psicología de ..........
Acta número xx de fecha xx emitida por la Junta Médico Pericial Ordinaria Número 1 adscrita al Hospital Central de Defensa (Madrid), en el que consta:<br/>
<br/>
1 DIAGNÓSTICO DE LA ENFERMEDAD<br/>
Trastorno de ansiedad con repercusión en la conducta (IP)<br/>
Meniscectomía externa de rodilla izquierda (UCL).<br/>
<br/>
<br/>
2 LIMITACIÓN DE LA ACTIVIDAD: 15%<br/>
<br/>
Se concluye que:<br/>
<br/>
El evaluado PRESENTA UNA PÉRDIDA DE CONDICIONES PSICOFÍSICAS QUE LE IMPOSIBILITA TOTALMENTE EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE SU CUERPO, ESCALA, PLAZA O CARRERA.<br/>
<br/>
Gracias por vuestra colaboración</t>

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 3:07 pm
por sargentodehierro
Hola comnpañero,

El SEPEC propone tu pase a retiro por inutilidad permanente para el servicio.

Un saludo

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 3:28 pm
por meconio
De verdad?
Con un 15% de limitaciones me proponen para retiro?

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 4:06 pm
por trasgu123
Si el SEPEC dice: " proponer INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO ", y Sanidad de la G Civil dice " El evaluado PRESENTA UNA PÉRDIDA DE CONDICIONES PSICOFÍSICAS QUE LE IMPOSIBILITA TOTALMENTE EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE SU CUERPO ", pues o mucho cambia la cosa de aqui a la firma de la Resolucion o va a ser pase a retiro.

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 5:24 pm
por meconio
Muchas Gracias.

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Mié Dic 26, 2018 7:44 pm
por Arano
RETIRO, de todas todas. Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa propondrá lo mismo.

Saludos.

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 3:04 pm
por meconio
Quién decide si la incapacidad permanente es total o absoluta?
Perdonad, pero esto no me queda nada claro

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 3:16 pm
por psmito
meconio escribió: Jue Ene 31, 2019 3:04 pm Quién decide si la incapacidad permanente es total o absoluta?
Perdonad, pero esto no me queda nada claro
En el acta de la JMP viene

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 4:14 pm
por meconio
En mi Acta refieren que puedo desempeñar trabajos en la vida civil, si bien, hay ciertos compañeros que dicen que ahora mismo a la gente la jubilan con la absoluta para que no podemos trabajar en nada. Desconozco si esto es un bulo.
A ver, si alguien puede aportar algo de claridad.
De todos modos.
Yo no aporté ningún tipo de documento al TCol de Sanidad, ni al Psicólogo. Tampoco quise hablar con ellos ni hacer tests.
En la JMP, tampoco aporté documentación, únicamente me entrevisté con una comandante médico.
Ya véis.
El SEPEC dictó proponer no apto para servicio a defensa.
La abogada en el trámite de alegaciones realizó un alegato basándose en la pluripatologías que presento y no se incluyeron en el expediente a pesar de estar en forma y tiempo, en posesión del SEPEC. Para más INRI, a la 2ª JMP de Madrid ni me llamaron, se realizó basándose en los informes de Ferrol, si bien, tenían más documentación sanitaria sobre mi.
De verdad, no entiendo nada.
Que alguien me lo explique, por favor.

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 4:25 pm
por trasgu123
Los niños vienen de Paris. Los reyes Magos traen juguetes. El ratoncito Perez te deja 5€ debajo de la almohada por cada diente.
La "absoluta" conlleva exencion de IRPF y que el Pensionazo no tenga efecto alguno en el calculo de la cuantia de la pension. Una "absoluta" va ligada con caracter general a un 65% o mas de incapacidad.

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 4:29 pm
por psmito
Esos compañeros mejor estarían calladitos que desinformando
Si el acta pone que puedes realizar tareas en ámbito civil
Es la total

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 4:32 pm
por psmito
De todas formas ahora tienes plazo de alegaciones y puedes aportar cuanto quieras

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 5:00 pm
por meconio
Sí, pero lo que he aportado no va a constar en ninguna ACTA DE LA JMP, esa es la cuestión

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 5:04 pm
por meconio
Sí, pero lo que he aportado no va a constar en ninguna ACTA DE LA JMP, esa es la cuestión.
Que hará Asesoría Jurídica de Defensa en ese caso.
Proponerme para pasar otra JMP...No lo creo

Re: Duda sobre expediente abierto

Publicado: Jue Ene 31, 2019 5:06 pm
por meconio
Sí, pero lo que he aportado no va a constar en ninguna ACTA DE LA JMP, esa es la cuestión.
Que hará Asesoría Jurídica de Defensa en ese caso.
Proponerme para pasar otra JMP...No lo creo.
Otra pregunta que se me plantea es cuanto tiempo se puede prolongar esto.
Las alegaciones se presentaron el día 31 de diciembre de 2018 en mi Unidad.