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Coheficiente 5, sigla I

Publicado: Sab Feb 16, 2019 12:07 am
por J.Manuel62
Buenas noches:

Al pasar tribunal medico " superior". En el año 1999, pues en el acta del tribunal medico, establece lo siguiente:

El tipo de enfermedad que tengo.

Que la capacidad es total para las funciones propias del servicio.

Que tengo un coheficiente 5, letra I.

Que las las lesiones son irreversibles.

Pero:

En ningun caso se indica el grado de minusvalia que pudiese corresponder.

Por otra parte:

Hay personas en las cuales, pues si que les han otorgado un grado de minusvalia en su acta del tribunal.


¿ Que podria hacer para que figure en mi acta, por que no me lo han valorado?.

Hay personas que dicen, que el coheficiente 5, corresponde a un 33%. Y que no hace falta que lo pongan en el acta.

¿ Pero en base a que, en donde esta eso establecido, en que tablas?.

Gracias.

Re: Coheficiente 5, sigla I

Publicado: Mar Feb 19, 2019 8:14 pm
por jcpm34
Por mi experiencia te diré que contra el acta de un tribunal médico militar poco se puede hacer...no son recurribles...sólo pueden ser discutidas ante un tribunal judicial...previa demanda y en contradicción con los informes periciales.

Además te diré que el coeficiente 5 en la guardia civil no significa retiro automático...ni mucho menos y tampoco un grado de discapacidad del 33 por ciento. Este 33% sólo te lo pueden dar en la valoración de la discapacidad de cada CCAA o cuando te retiran por incapacidad permanente porque te asimilan ese 33% en la CCAA ponga lo que ponga en tu acta del tribunal. Lo que vale para Hacienda es lo que dicen los certificados de las CCAA y no lo que digan las actas militares.

En mi caso me dieron un 5P y un 2% de discapacidad así que imagina.

Además como ya sabrás en las actas médicas solo se evalúa la incapacidad para el trabajo y no.la.discapacidad que es cosa de las CCAA como ya te he comentado.

Espero haberte resuelto las dudas...sino pregunta.

Re: Coheficiente 5, sigla I

Publicado: Mar Feb 19, 2019 8:48 pm
por sargentodehierro
El actual reglamento para determinar la aptitud psicofísica del personal de las FAS, entró en vigor en agosto de 2001. A ti te reconocieron en base al reglamento anterior, donde probablemente no se asignaba ningún grado de discapacidad por parte de los órganos competentes en materia médico pericial.
Hay personas que dicen, que el coheficiente 5, corresponde a un 33%. Y que no hace falta que lo pongan en el acta.
Creo que te refieres a que el personal que pasa a retiro por inutilidad permanente para el servicio, y pasa a percibir una pensión de clases pasivas, tiene la consideración de persona afectada por un grado de discapacidad del 33%, como recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Un saludo

Re: Coheficiente 5, sigla I

Publicado: Jue Feb 21, 2019 11:00 pm
por J.Manuel62
Gracias, efectivamente mi expediente es anterior al 2001.