Si te refieres a la indemnización de BBVA no tienes que declararla en el IRPF, al no ser tu el tomador. Eres el beneficiario.Sxit84 escribió: ↑Jue Ago 12, 2021 7:25 pm Ahora me surge una cuestión y no he encontrado respuesta en el foro.
Una vez me ingresen la indemnización, hacienda como trata ese dinero: como rendimiento de trabajo o como indemnización exenta de IRPF al ser indemnización por accidente personal o de que manera?
Es por tener una idea de cuánto me pueden clavar o no en la declaración de este año, he estado mirando en la página de hacienda pero no me acabo de aclarar.
Alguien que me pueda ayudar??
Muchas gracias de antemano
Saludos.