Bisper27 escribió: ↑Sab Oct 10, 2020 11:03 am
Buenos días;
Disculpadme la ignorancia, pero leyendo este hilo he querido entender que cuando alguien pasa a la situación de retirado por incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, para que se haga efectivo la exención del pago de IRPF, hay que solicitarlo a hacienda o a clases pasivas.
Podríais asegurarmelo? Gracias
Buenas,
Si te conceden la incapacidad absoluta en el momento del pase a retiro, no has de solicitar nada. Los problemas, recursos y demás vienen cuando la incapacidad te la reconocen con posterioridad al pase a retiro.
Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Es asi de simple, hay casos que tienes una incapacidad total por Clases Pasivas y pagamos IRPF y no hay forma de cambiarlo aunque estes muy mal y en la misma situacion, al que le corresponda por tener derecho, la Seg. Social le da una Gran Invalidez y esta exento de IRPF en la pension correspondiente.
Pele escribió: ↑Jue Oct 15, 2020 10:56 am
Es asi de simple, hay casos que tienes una incapacidad total por Clases Pasivas y pagamos IRPF y no hay forma de cambiarlo aunque estes muy mal y en la misma situacion, al que le corresponda por tener derecho, la Seg. Social le da una Gran Invalidez y esta exento de IRPF en la pension correspondiente.
Con la incapacidad total tanto el CP como en la SS hay IRPF.
Incapacidad total, absoluta y Gran Invalidez son cosas distintas
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sargentodehierro escribió: ↑Sab Oct 10, 2020 1:24 pm
Si te conceden la incapacidad absoluta en el momento del pase a retiro, no has de solicitar nada. Los problemas, recursos y demás vienen cuando la incapacidad te la reconocen con posterioridad al pase a retiro.
Un saludo
saludos cordiales sargentodehierro :
En fechas próximas me comunicarán la resolución firmada por la Sra. Subsecretaria que paso a retiro que según Acta de la JPM con una Incapacidad Permanente Absoluta y una limitación en la actividad del 66%.
Entonces, una duda......... En el formulario de solicitud de pensión de jubilación o retiro, en el punto:
8 DATOS A EFECTOS FISCALES:,
- Discapacidad :
Igual o superior al 33 % e inferior al 65%.
Igual o superior al 65%.
Además tengo acreditada necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida
¿Debo marcar algo? porque yo no tengo reconocida ninguna discapacidad.
¿O al aportar la resolución de retiro es suficiente?
Pido disculpas si ya está respondida esta cuestión en algún post del foro.
Gracias por anticipado y un cordial saludo.
Callar ante una injusticia es formar parte de ella.
En tu caso has de marcar la casilla de "Igual o superior al 33 % e inferior al 65%" No has de aportar ninguna documentación adicional a tu resolución de pase a retiro.
Un saludo
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En tu caso has de marcar la casilla de "Igual o superior al 33 % e inferior al 65%" No has de aportar ninguna documentación adicional a tu resolución de pase a retiro.
Un saludo
Muchas gracias sargentodehierro, así lo haré
Un saludo.
Callar ante una injusticia es formar parte de ella.
sargentodehierro escribió: ↑Sab Oct 10, 2020 1:24 pm
Si te conceden la incapacidad absoluta en el momento del pase a retiro, no has de solicitar nada. Los problemas, recursos y demás vienen cuando la incapacidad te la reconocen con posterioridad al pase a retiro.
Un saludo
saludos cordiales sargentodehierro :
En fechas próximas me comunicarán la resolución firmada por la Sra. Subsecretaria que paso a retiro que según Acta de la JPM con una Incapacidad Permanente Absoluta y una limitación en la actividad del 66%.
Entonces, una duda......... En el formulario de solicitud de pensión de jubilación o retiro, en el punto:
8 DATOS A EFECTOS FISCALES:,
- Discapacidad :
Igual o superior al 33 % e inferior al 65%.
Igual o superior al 65%.
Además tengo acreditada necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida
¿Debo marcar algo? porque yo no tengo reconocida ninguna discapacidad.
¿O al aportar la resolución de retiro es suficiente?
Pido disculpas si ya está respondida esta cuestión en algún post del foro.
Gracias por anticipado y un cordial saludo.
Amen con lo que te dice SARGENTODEHIERRO, pasa o solicita de Clases Pasivas certificado de que tienes incapacidad absoluta a efecto solo y únicamente de IRPF. Desconozco si actualmente los emiten, si lo hacían hace CUATRO años.
Dejo enlace donde se encuentra copia de este Certificado:
Arano escribió: ↑Dom Ene 17, 2021 5:14 pm
Amen con lo que te dice SARGENTODEHIERRO, pasa o solicita de Clases Pasivas certificado de que tienes incapacidad absoluta a efecto solo y únicamente de IRPF. Desconozco si actualmente los emiten, si lo hacían hace CUATRO años.
Dejo enlace donde se encuentra copia de este Certificado:
Me pasaré a que me informen, no obstante creo que también se podrá pedir vía web en Servicios electrónicos de Clases Pasivas con certificado electrónico. Ahora no me permite entrar al no tener una pensión anotada, pero supongo que luego si.
Muchas gracias Arano por la info. Quiero tener todo preparado y el día que me llamen para notificarme la Resolución de retiro hacer ya la solicitud de pensión, completar la solicitud del seguro colectivo, la pensión de ISFAS, la mutua y........... jajajajaja (que se note que he tenido buenos maestros)
Saludos. Ray
Callar ante una injusticia es formar parte de ella.
Según las leyes, sentencias, etc y la opinión de mi abogado la posibilidad de éxito es del 100%.
Los que hemos recurrido al TEAC, si vamos a contencioso, lo tenemos que hacer ante la Audiencia Nacional
En cuanto al tema de abogado, yo lógicamente no lo cambio, si alguno estuviese interesado le podría decir quién es, los recursos serían similares y ya tendría casi todo el curro hecho con lo mío. Desconozco su minuta, a mi aún no me ha cobrado nada, no hablamos de dinero, me dijo por lo que te cobre, no vamos a perder la amistad
Un saludo
Hola zuku! Por mensaje privado ¿Me podrias pasar el contacto de tu abogado? por favor. Me acaban de reconocer la Absoluta por agravamiento de mi lesión y me siguen reteniendo IRPF.
Hola a todos, lo primero informaros de que soy nuevo en este foro, leyendo este foro quisiera compartir con vosotros lo que me ocurrió en TMM de Valencia, en 2001 me reconoce una minusvalía del 74% NO TOTAL Y ABSOLUTA pido una aclaración del acta y me dicen que un 74% de minusvalía no tiene por qué conllevar una invalidez total y absoluta, y asume quedé, la normativa entonces no permitía volver a pedir tribunal hasta pasados tres años, lo cual hago y me presento ante el oficial médico sin documentación alguna y le explicó a lo que voy le enseñó el anterior acta, y me dice que eso es un error que un 74% de minusvalía siempre es total y absoluta, y me emiten una nueva acta reconociendomela pero desde esa fecha, consulte a clases pasivas (no recurso) y me dijeron que no me reconocían la exención del IRPF por qué no era en el acta inicial que motivó mi pase a retirado, recientemente consulte con un abogado de confianza y me dijo que había visto resoluciones y sentencias y que no era viable con posibilidades de exito, y así me quede.
Falin escribió: ↑Sab Abr 30, 2022 9:33 pm
Hola a todos, lo primero informaros de que soy nuevo en este foro, leyendo este foro quisiera compartir con vosotros lo que me ocurrió en TMM de Valencia, en 2001 me reconoce una minusvalía del 74% NO TOTAL Y ABSOLUTA pido una aclaración del acta y me dicen que un 74% de minusvalía no tiene por qué conllevar una invalidez total y absoluta, y asume quedé, la normativa entonces no permitía volver a pedir tribunal hasta pasados tres años, lo cual hago y me presento ante el oficial médico sin documentación alguna y le explicó a lo que voy le enseñó el anterior acta, y me dice que eso es un error que un 74% de minusvalía siempre es total y absoluta, y me emiten una nueva acta reconociendomela pero desde esa fecha, consulte a clases pasivas (no recurso) y me dijeron que no me reconocían la exención del IRPF por qué no era en el acta inicial que motivó mi pase a retirado, recientemente consulte con un abogado de confianza y me dijo que había visto resoluciones y sentencias y que no era viable con posibilidades de exito, y así me quede.
Pues según mi entender
Clases pasivas no te dará la exención de IRPF al no ser una absoluta en el momento de retiro
Pero en contencioso a poco decente que sea el abogado yo creo que está ganado
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓ Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Falin escribió: ↑Sab Abr 30, 2022 9:33 pm
Hola a todos, lo primero informaros de que soy nuevo en este foro, leyendo este foro quisiera compartir con vosotros lo que me ocurrió en TMM de Valencia, en 2001 me reconoce una minusvalía del 74% NO TOTAL Y ABSOLUTA pido una aclaración del acta y me dicen que un 74% de minusvalía no tiene por qué conllevar una invalidez total y absoluta, y asume quedé, la normativa entonces no permitía volver a pedir tribunal hasta pasados tres años, lo cual hago y me presento ante el oficial médico sin documentación alguna y le explicó a lo que voy le enseñó el anterior acta, y me dice que eso es un error que un 74% de minusvalía siempre es total y absoluta, y me emiten una nueva acta reconociendomela pero desde esa fecha, consulte a clases pasivas (no recurso) y me dijeron que no me reconocían la exención del IRPF por qué no era en el acta inicial que motivó mi pase a retirado, recientemente consulte con un abogado de confianza y me dijo que había visto resoluciones y sentencias y que no era viable con posibilidades de exito, y así me quede.
Lee con calma el siguiente link y verás como SI SE PUEDE
Falin escribió: ↑Sab Abr 30, 2022 9:33 pm
Hola a todos, lo primero informaros de que soy nuevo en este foro, leyendo este foro quisiera compartir con vosotros lo que me ocurrió en TMM de Valencia, en 2001 me reconoce una minusvalía del 74% NO TOTAL Y ABSOLUTA pido una aclaración del acta y me dicen que un 74% de minusvalía no tiene por qué conllevar una invalidez total y absoluta, y asume quedé, la normativa entonces no permitía volver a pedir tribunal hasta pasados tres años, lo cual hago y me presento ante el oficial médico sin documentación alguna y le explicó a lo que voy le enseñó el anterior acta, y me dice que eso es un error que un 74% de minusvalía siempre es total y absoluta, y me emiten una nueva acta reconociendomela pero desde esa fecha, consulte a clases pasivas (no recurso) y me dijeron que no me reconocían la exención del IRPF por qué no era en el acta inicial que motivó mi pase a retirado, recientemente consulte con un abogado de confianza y me dijo que había visto resoluciones y sentencias y que no era viable con posibilidades de exito, y así me quede.
Pocas Resoluciones ha visto tu abogado, si tienes una absoluta da igual si es en el momento de la jubilación o a posteriori. Clases Pasivas lo deniega sistemáticamente, pero luchalo que lo tienes ganado, pero busca otro abogado que este más puesto en el tema.
Falin escribió: ↑Sab Abr 30, 2022 9:33 pm
Hola a todos, lo primero informaros de que soy nuevo en este foro, leyendo este foro quisiera compartir con vosotros lo que me ocurrió en TMM de Valencia, en 2001 me reconoce una minusvalía del 74% NO TOTAL Y ABSOLUTA pido una aclaración del acta y me dicen que un 74% de minusvalía no tiene por qué conllevar una invalidez total y absoluta, y asume quedé, la normativa entonces no permitía volver a pedir tribunal hasta pasados tres años, lo cual hago y me presento ante el oficial médico sin documentación alguna y le explicó a lo que voy le enseñó el anterior acta, y me dice que eso es un error que un 74% de minusvalía siempre es total y absoluta, y me emiten una nueva acta reconociendomela pero desde esa fecha, consulte a clases pasivas (no recurso) y me dijeron que no me reconocían la exención del IRPF por qué no era en el acta inicial que motivó mi pase a retirado, recientemente consulte con un abogado de confianza y me dijo que había visto resoluciones y sentencias y que no era viable con posibilidades de exito, y así me quede.
Lee con calma el siguiente link y verás como SI SE PUEDE