Una interpretación torticera y retorcida de algo que no está expresamente establecido en el Reglamento de la Orden.GELOSA escribió: ↑Jue Jun 17, 2021 5:47 pm Al final no he podido ingresar en la Orden de San Hermenegildo a pesar de tener cumplidos los tiempos antes de pasar a retiro.
Parece ser que cuando se está retirado no se puede comprobar una conducta ejemplar, así pues el certificado de antecedentes penales no sirve.
Una vez cumplidos los tiempos hay que realizar la solicitud en el plazo de 6 meses antes de pasar a retirado.
Y eso de que no les sirve el Certificado de no tener antecedentes penales, es otra cacicada. " La Orden podrá dirigirse a los Juzgados y Tribunales que considere conveniente, así como a las unidades, centros u organismos de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil, u órganos de la Administración Civil del Estado que estime apropiado, con el fin de comprobar la información suministrada por el interesado o ampliarla, con salvaguardia, en todo caso, de las normas en materia de protección de datos personales"
Se han pasado por el forro todo el artículo 16 del reglamento, y también ésta parte del 17 : " 2. Una vez cumplidos los plazos y condiciones reglamentarias para el ingreso o ascenso en la Orden, los interesados podrán presentar sus solicitudes. Si lo hacen dentro del plazo de seis meses, se les asignará como fecha de antigüedad la del cumplimiento de las condiciones.
Si las solicitudes de ingreso o ascenso se presentasen con posterioridad al referido plazo de seis meses se les asignará, como fecha de antigüedad, la de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación, salvo que la demora se justifique como no imputable al peticionario.
Ya no saben a qué acogerse para mantener privilegios de casta.
Para mi, tu eres mas Caballero de la RMOSH que muchos de los que se sientan en su Cancillería.
Un cordial saludo.