Vacante y tiempo mínimo de permanencia

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velarde29
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Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Hola, buenas tardes a todos y muchas gracias por resolver las dudas publicadas con el cariño que lo hacéis. Voy a comentar mi caso e intentar ser breve, llevo destinado en mi UCO desde el 6 de septiembre del año 2018, la vacante que ocupo es de un solo empleo, he entrado en la evaluación de ascensos de este año y ascenderé en el mes de agosto, ya que es cuando cumplo las condiciones para el ascenso, he estado tiempo destinado en una unidad dónde no se cumple tiempo en determinados destinos para el ascenso, por eso cumplo las condiciones en agosto. La duda que tengo es si al ser evaluado para el ascenso, y saliendo en el BOD que soy apto para el ascenso podría pedir las vacantes que se publicarán en el mes de julio, ya que la vacante que ocupo es de carácter voluntario y cumpliría los tiempos en el mes de septiembre.
Según el artículo 7.5 de la ley de destinos en su apartado "d" expone:
"d) Que al empleo inmediato superior se ascienda por el sistema de antigüedad y que el peticionario haya sido evaluado y declarado apto.

El militar afectado por el contenido de este apartado podrá quedar exento del cumplimiento del plazo de mínima permanencia en el destino que ocupe para optar a una vacante asignada al empleo inmediato superior, de acuerdo con las condiciones que establezca mediante orden el Ministro de Defensa",.
No me queda claro por la última frase del artículo.
Muchas gracias de antemano y ánimo a todos.
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trasgu123
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por trasgu123 »

Palabra clave "PODRA".

Cuando se publiquen vacantes se vera si en las Observaciones se da opcion a pedir a los ya evaluados y proximos al ascenso.
velarde29
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Al principio del artículo pone lo siguiente:
"5. Cuando no esté expresamente limitado en la relación de puestos militares, un militar podrá solicitar una vacante asignada al empleo inmediato superior si cumple las siguientes condiciones:"No lo puse antes.
Muchas gracias Trasgu, entiendo que no es lo normal que ponga esa coletilla en ascensos de subociales, quedaré disponible y a esperar.
Un saludo
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trasgu123
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por trasgu123 »

velarde29 escribió: Vie Abr 24, 2020 7:00 pm Al principio del artículo pone lo siguiente:
"5. Cuando no esté expresamente limitado en la relación de puestos militares, un militar podrá solicitar una vacante asignada al empleo inmediato superior si cumple las siguientes condiciones:"No lo puse antes.
Muchas gracias Trasgu, entiendo que no es lo normal que ponga esa coletilla en ascensos de subociales, quedaré disponible y a esperar.
Un saludo
Si que es normal. Yo ocupe vacante de Brigada/Subteniente siendo Sargento 1º y me faltaban aun dos años justos para ascender, por eso hay que estar atentos a las Observaciones de las resoluciones en las que se publican las vacantes.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Entiendo Trasgu,
A mi lo que me afecta es que al cumplir 2 años en mi actual destino en septiembre, en el cuál me quiero quedar, ascendiendo en agosto y publicándose el taco de vacantes en julio, que por lo que dicen van a juntar las de marzo y julio, me quedaría disponible sin poder pedir vacante. A ver si hay suerte y pone algo el Bod de julio.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por Francisco I »

velarde29 escribió: Vie Abr 24, 2020 7:47 pm Entiendo Trasgu,
A mi lo que me afecta es que al cumplir 2 años en mi actual destino en septiembre, en el cuál me quiero quedar, ascendiendo en agosto y publicándose el taco de vacantes en julio, que por lo que dicen van a juntar las de marzo y julio, me quedaría disponible sin poder pedir vacante. A ver si hay suerte y pone algo el Bod de julio.
Esa coletilla para esa vacante en concreto, se puede conseguir teniendo el padrino adecuado en el lugar adecuado; pero... solo suele funcionar a partir de determinados empleos y escalas; salvo que el Jefe de la UCO de origen tenga verdadero interés en seguir contando con la persona concreta, y se mueva para que salga con coletilla, o no salga hasta que interese.
Suerte.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Muchas gracias, Francisco I y Trasgu, ya me ha quedado claro, un saludo y ánimo a todos.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por shuspi »

Si ya sales como apto para el ascenso y dentro del escalafón que asciende seguro a lo largo del ciclo de ascensos SI PUEDES PEDIR vacante del siguiente empleo. Ahora, si eres de los que se queda en el limbo administrativo de si asciendes o no, no puedes pedirlo.

Ahora bien, si la vacante es para Brigada, ten en cuenta que es Concurso de Méritos.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Gracias por la contestación Shuspi, buenos días,
El ascenso es a Sgto 1°, no asiendo con el personal que asciende el 1 de julio porque no cumplo los 5 años destinados en unidades en las que se cumple mando hasta agosto, soy personal APL y he estado 4 años destinado en unidad de apoyo a la fuerza, tuve que pedir la vacante que ocupó ahora para ascender. En las últimas publicaciones de vacantes PA, en Criterios Generales dice que en las vacantes para el empleo superior se tendrá en cuenta el art 7.5 de la Ley de Destinos, no sé si así podría pedirlas o debe especificar algo más como "esta vacante queda eximidad del periodo de mínima permanencia del anterior destino de los peticionarios" (o algo así). Me gustaría estar seguro para hablar con el Jefe y pedirle el favor, el miedo es que se lo pida, me diga que si y luego no pueda pedirla, entonces la cagamos. Asciendo al día siguiente de cumplir los 5 años en determinados destinos, ya salió en el Bod el personal excluido y el que cumple las condiciones para el ascenso, en junio debe de salir otra resolución con el personal que asciende, que va a ser el mismo.
Gracias
shuspi
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por shuspi »

Te cuento, el Brigada que está conmigo, quedo en la clasificación para el ascenso en los puestos del limbo, es decir aquellos que no sabían si ascendían o no. La putada, cuando salieron las vacantes de Brigada, sus compis que estaban dentro de los X que ascendían seguro pudieron pedir la vacante de Brigada, el no podía pedirlas.

No se como será tu situación pero si sales como excluido me temo que no podas pedirla. La solución, es muy simple que no publiquen la vacante y te hagan una comisión de servicio hasta las siguientes vacantes a publicar que supongo que es septiembre/octubre.
velarde29
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por velarde29 »

Buenas noches, Shuspi,
Es seguro que voy a ascender, el asunto es que hasta septiembre no cumplo los 2 años en mi actual destino para poder pedir vacante, y me quedaría disponible en agosto que es cuando voy a ascender. Lo de la comisión y esperar lo pensé también, lo malo es que para octubre hay otro Jefe,soy APL, y algunos no quieren APLs. Me gustaría estar seguro para moverme o no, sé que es una situación extraña.
shuspi
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por shuspi »

Yo creo que si podrás pedir al ser una petición de vacante por ascenso no te afecta el tiempo de permanencia en destino
Claro que hay que tener en cuenta que tu vacante es por antigüedad por lo que cualquier Sargento 1 más antiguo te la podría pisar, después, que tiene que salir con la coletilla de que como APL puedas pedirlas (la de mi Brigada la tuvieron que sacar con coletilla y eso que es una LD).
Creo que, a día de hoy, es complicado que no te quedes disponible. No obstante, aunque te quedes disponible puedes pedir que te hagan una Comisión de Servicio No Indemnizable en esa UCO siempre que haya vacantes en la RPM de Sargento 1 con CSCE activado.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por IRON_SOLDIER »

velarde29 escribió: Sab Abr 25, 2020 11:07 am Gracias por la contestación Shuspi, buenos días,
El ascenso es a Sgto 1°, no asiendo con el personal que asciende el 1 de julio porque no cumplo los 5 años destinados en unidades en las que se cumple mando hasta agosto, soy personal APL y he estado 4 años destinado en unidad de apoyo a la fuerza, tuve que pedir la vacante que ocupó ahora para ascender. En las últimas publicaciones de vacantes PA, en Criterios Generales dice que en las vacantes para el empleo superior se tendrá en cuenta el art 7.5 de la Ley de Destinos, no sé si así podría pedirlas o debe especificar algo más como "esta vacante queda eximidad del periodo de mínima permanencia del anterior destino de los peticionarios" (o algo así). Me gustaría estar seguro para hablar con el Jefe y pedirle el favor, el miedo es que se lo pida, me diga que si y luego no pueda pedirla, entonces la cagamos. Asciendo al día siguiente de cumplir los 5 años en determinados destinos, ya salió en el Bod el personal excluido y el que cumple las condiciones para el ascenso, en junio debe de salir otra resolución con el personal que asciende, que va a ser el mismo.
Gracias
Muy buenos días, en primer lugar me presento soy suboficial del ejército del aire y al igual que tu , no cumplo los 5 años de mando en unidades de fuerza, por haber estado destinado en unidades de apoyo a la fuerza. Tengo entendido que es uno de los requisitos para el ascenso a Sargento primero , es decir que no puedo pedir vacante de sargento / sargento primero, hasta reunir las condiciones para el ascenso (C en la columna de vacante), ni tampoco me pueden enviar forzoso a una de esas vacantes?, es decir, a día de hoy que no cumplo los 5 años de mando en unidades de la fuerza, solo puedo pedir vacantes de sargento hasta que cumpla esos 5 años , estoy en lo cierto? .
Un cordial saludo y gracias por tu tiempo
Última edición por IRON_SOLDIER el Dom Nov 06, 2022 12:11 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por Lobo36 »

IRON_SOLDIER escribió: Dom Nov 06, 2022 11:13 am
velarde29 escribió: Sab Abr 25, 2020 11:07 am Gracias por la contestación Shuspi, buenos días,
El ascenso es a Sgto 1°, no asiendo con el personal que asciende el 1 de julio porque no cumplo los 5 años destinados en unidades en las que se cumple mando hasta agosto, soy personal APL y he estado 4 años destinado en unidad de apoyo a la fuerza, tuve que pedir la vacante que ocupó ahora para ascender. En las últimas publicaciones de vacantes PA, en Criterios Generales dice que en las vacantes para el empleo superior se tendrá en cuenta el art 7.5 de la Ley de Destinos, no sé si así podría pedirlas o debe especificar algo más como "esta vacante queda eximidad del periodo de mínima permanencia del anterior destino de los peticionarios" (o algo así). Me gustaría estar seguro para hablar con el Jefe y pedirle el favor, el miedo es que se lo pida, me diga que si y luego no pueda pedirla, entonces la cagamos. Asciendo al día siguiente de cumplir los 5 años en determinados destinos, ya salió en el Bod el personal excluido y el que cumple las condiciones para el ascenso, en junio debe de salir otra resolución con el personal que asciende, que va a ser el mismo.
Gracias
Muy buenos días, en primer lugar me presento soy suboficial del ejército del aire y al igual que tu , no cumplo los 5 años de mando en unidades de fuerza, por haber estado destinado en unidades de apoyo a la fuerza. Tengo entendido que es uno de los requisitos para el ascenso a Sargento primero , es decir que no puedo pedir vacante de sargento / sargento primero, hasta reunir las condiciones para el ascenso (C en la columna de vacante), ni tampoco me pueden enviar forzoso a una de esas vacantes?, es decir, a día de hoy que no cumplo los 5 años de mando en unidades de la fuerza, solo puedo pedir vacantes de sargento hasta que cumpla esos 5 años , estoy en lo cierto? .
Un cordial saludo y gracias por tu tiempo
Cuando cumplas 7 años de Sgto puedes pedir las de Sgto1/Sgto, de hecho serás prácticamente el Sgto más antiguo
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Re: Vacante y tiempo mínimo de permanencia

Mensaje por Lobo36 »

Me estoy acordando y hay más, todo esto funciona como el culo pero a ti te beneficia. Tú ahora tienes el mismo número de escalafón desde que saliste de la academia, a no ser que estuvieses suspenso de empleo por ej y que te coloca a la cola. Ese número lo vas a tener hasta que asciendas en tu caso, no en el de tus compañeros de promoción, cuando asciendas serás el último Sgto1 y te cambiarán el número. En el ascenso de Sgto a Sgto 1 con normalidad(a los 8 años) no hay variación en el escalafón, y a ti no te ha variado, si eras el número 10 sigues hasta ascenso entre el 9 y el 11 de tu promoción por tanto de Sgto 1.
Ahora,tengo un colega que por desgracias estuvo 6 años en OC siendo Sgto y sin cumplir tiempos, vacante LD. Cuando se dio cuenta que no ascendía asumió porque estaba en su casa pero a los 2 años recapacitó, de Sgto estuvo 2 años en fuerza y 8 en OC(10 años), pidió una vacante de Sgto1 /Sgto en una Unidad de Inteligencia y se la dieron, pasó por encima de 2 promociones de Sgto1.
Por qué? Si lees el RD 456/2011 (Ley de Destinos), no me acuerdo Art, pero es en Asignación de Vacantes PA, especifica que las mismas que se asignarán por orden de escalafón, y ahí es donde triunfas. Es algo que lleva así muchos años y que todavía no han modificado, ni parece que sea a corto plazo, esto que te cuento es de hace 5 años, reclamaron y sigue igual. Ya me lie bastante, suerte
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