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Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 12:15 am
por Tunda
Buenas noches compañeros, ante todo les doy las gracias como siempre por la ayuda desinteresada. Quería exponer un pequeño caso para saber vuestra opinión.
Tengo un compañero que lleva unos 19 años y poco en el grupo A2 de la policía. Va a pasar el tribunal, en caso que lo jubilen se quedaría cobrando el 100% de grupo retributivo por llevar los 20 años en el A2? O tendrían que calcular el tiempo de servicio en el grupo c1 de policía y oficial más el tiempo de grupo a2
Muchas gracias familia

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 10:03 am
por psmito
Tunda escribió: Jue Jul 02, 2020 12:15 am Buenas noches compañeros, ante todo les doy las gracias como siempre por la ayuda desinteresada. Quería exponer un pequeño caso para saber vuestra opinión.
Tengo un compañero que lleva unos 19 años y poco en el grupo A2 de la policía. Va a pasar el tribunal, en caso que lo jubilen se quedaría cobrando el 100% de grupo retributivo por llevar los 20 años en el A2? O tendrían que calcular el tiempo de servicio en el grupo c1 de policía y oficial más el tiempo de grupo a2
Muchas gracias familia
En caso de retiro por perdida de condiciones psicofísicas los años que le falten hasta la edad de retiro (65) computan como trabajados en el último grupo que tenga este caso A2
Si aún así no llegase a los 35 para el cálculo habrá que usar los de C1 o incluso C2

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 10:10 am
por Tunda
Gracias por contestar comoanero, entiendo entonces que una persona que lleve 20 años en el grupo A2 y lo jubilen no cobraría el 100 del grupo retributivo? No se mira lo de menos de 15 años y 5% por año?
Me podrías poner un ejemplo por favor

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 12:43 pm
por Francisco I
Tunda escribió: Jue Jul 02, 2020 10:10 am Gracias por contestar comoanero, entiendo entonces que una persona que lleve 20 años en el grupo A2 y lo jubilen no cobraría el 100 del grupo retributivo? No se mira lo de menos de 15 años y 5% por año?
Me podrías poner un ejemplo por favor
El 100% de la pensión máxima correspondiente a un Grupo, ( sea cual sea) se alcanza cuando se tienen 35 años cotizados, (todos ellos) en dicho Grupo.
Por tanto, si en el momento de alcanzar la edad del retiro obligatorio se tuvieran cotizados 37 años, de ellos 30 del Grupo A-2, 5 del Grupo C-1 y 2 del Grupo C-2, es evidente que se cogerian para el calculo los 30 de A2 mas 5 de C-1; con lo cual el resultado de la pensión sería siempre algo inferior al 100% del A-2.
Esa es la regla general; las combinaciones son tan variadas como las circunstancias de cada persona.
Todo ello viene perfectamente detallado en el artículo 31 del R.D.L. 670/1987.
Saludos.

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 1:34 pm
por Tunda
Muchas gracias compañero por tu ayuda, te he entendido perfectamente pero una pregunta en mi caso por ejemplo si llevo 22 años en el grupo c1 podría acogerme al 100% no? Porque dices que tienes que llevar 35 años ? Reiteró gracias por la ayuda y perdona mi ignorancia, siempre aprendo de ustedes que son unos crack

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 2:18 pm
por Francisco I
Tunda escribió: Jue Jul 02, 2020 1:34 pm Muchas gracias compañero por tu ayuda, te he entendido perfectamente pero una pregunta en mi caso por ejemplo si llevo 22 años en el grupo c1 podría acogerme al 100% no? Porque dices que tienes que llevar 35 años ? Reiteró gracias por la ayuda y perdona mi ignorancia, siempre aprendo de ustedes que son unos crack
Vamos por partes:
Cuando se pasa al retiro por enfermedad, pueden ocurrir dos casos:
1º. Que en esa fecha concreta no se alcancen los 19 años y UN dia cotizados; en cuyo caso a la pensión correspondiente al Grupo, o Grupos, correspondientes se le aplicará un descuento del 5% por cada año completo que le falten para llegar a los 20 años cotizados, con un descuento máximo del 25 % que sería el aplicable a aquellos que solo tengan 15 o menos años cotizados.
1º.- Que se tengan cotizados en el día del retiro, mas de 19 años y UN día, en cuyo caso no hay descuento; se aplica el 100% de la pensión que correspondería el día en el que hubiera cumplido los 65 años de edad.
Es en éste ultimo caso en el que nos encontramos; por lo tanto, hay que irse a la fecha en la que cumplamos los 65 años de edad, y calcular 35 años hacia atrás. Si en ese tramo hay cotizaciones a un solo Grupo, tendremos el 100% de dicho Grupo. Si hay cotizaciones a varios Grupos, tendremos que aplicar la regla proporcional para calcular según los años en cada uno de dichos Grupos.

Me parece que no te has tomado la molestia de leer el articulo 31 del RDL 670/1987

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 02, 2020 6:31 pm
por Tunda
Voy a leerlo Companero, espero no hacerme un lío. Pero gracias por tu explicación que la verdad que me aclaro bastante.
Gracias de corazón algo nuevo que he aprendido

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Mié Jul 08, 2020 7:49 pm
por Hoonah
Hola Tunda,
Mira, otra referencia que te puede servir es que si accedió al grupo A2 a la edad de 30 años o antes, pues llegará a consolidar los 35 años necesarios en ese grupo (A2) para el 100% de su haber regulador. Aunque se jubile antes por incapacidad, ya que en ese caso le calculan los años restantes hasta el retiro por edad (65). Si la jubilación por incapacidad le llega a los 48 años, le suman también los 17 restantes hasta los 65.
Otro caso podría ser que accediese a la escala A2 a los 38 años, en ese caso para el cálculo de la pensión le contarán 27 años en el grupo A2 (son los que prestaría en ese grupo hasta los 65), y los 8 restantes hasta los 35 necesarios se los tomarían del otro/s grupo en que haya cotizado antes. Por tanto le quedará el 100% de la pensión (si lleva 19 años y un día o más), si, pero de la pensión que le corresponda por los años de servicio prestados en según que grupo retributivo. Si ascendió a grupo A2 después de los 30 años, nunca le va a quedar el 100% de ese grupo ya sea la jubilación anticipada por incapacidad u ordinaria por edad.
No sé si esto te aclarará un poco más las cosas... Al menos espero no haberte liado más.
Saludos

Re: Jubilación grupo A2

Publicado: Jue Jul 09, 2020 8:12 pm
por Tunda
Muchas gracias por tu ayuda compañero, me a quedado claro 🙏🏼👍🏼