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Días que corresponden por 8 meses de mision en el extranjero

Publicado: Dom Jul 05, 2020 1:51 pm
por terleg4
Me gustaría saber cuántos días pertenecen por mision . Un saludo.

Re: Días que corresponden por 8 meses de mision en el extranjero

Publicado: Dom Jul 05, 2020 6:44 pm
por TEMPUS FUGIT
8 meses...... no son muchos meses?

Que mision?
de quien depende?
en que fecha ? ( anterior o posterior a 1 de marzo de 2019?)

basicamente hay que aplicar la normativa en vigor
la DIRECTIVA DEL JEMAD 09/17, donde marca 6 días de permiso por mes (en misiones de 3 a 6 meses)
Descansos durante el desarrollo de la misión.
Se podrán conceder los siguientes descansos durante el desarrollo de la misión:
"Descanso de mitad de misión": Cuando la permanencia planeada en TO/ZO sea de más de siete (7) meses, el personal podrá disfrutar de un periodo de descanso durante la comisión. El periodo de tiempo a disfrutar será de dos días y medio (2,5) por mes.
Con carácter general, este descanso se disfrutara en territorio nacional y de una sola vez, aunque se podrá autorizar a dividirlo en dos o más periodos en función de las características de la ZO, la misión y la duración de la comisión.
Cuando las circunstancias así lo aconsejen, los días de tránsito hacia / desde la misma, no se contabilizaran como descanso de mitad de misión.
Si el planeamiento de la misión no prevé una duración superior a siete (7) meses, la eventual superación por circunstancias sobrevenidas de este límite, no supondrá derecho a dias adicionales de descanso de mitad de misión a disfrutar al final de la misma, siempre y cuando la duración total de la comisión no sea superior a siete meses

Descanso de fin de misión
.
Todo el personal que participe en misiones tendrá derecho a un descanso Fin de misión".
Si la duración total de la misión es menor o igual a tres (3) meses, el descanso de final de misión tendrá una duración de tres (3) días por cada mes, mas la parte proporcional cuando la finalización de la misma no totalice meses naturales completos, redondeándose en exceso. Ej.: para dos meses y medio (2,5), corresponden seis (6) días por los dos (2) meses más uno y medio (1,5) días por los quince (15) restantes. Total, ocho (8) días.

Si la duración total de la misión es igual o excede de tres meses e igual o inferior a siete (7) meses, el descanso de fin de misión tendrá una duración de seis (6) días por cada mes, más la parte proporcional cuando la finalización de la misma no totalice meses naturales completos, redondeándose en exceso. Ej: Para cuatro meses y medio (4,5) corresponden veinticuatro (24) días por los cuatro (4) meses más tres (3) días por los quince (15) restantes. Total, dieciocho (27) días.

El personal que haya permanecido más de siete (7)meses (que ha disfrutado de "descanso de mitad de misión") en el TO/ZO disfrutara de cuatro días (4) de descanso por mes, mas la parte proporcional cuando la finalización de la misma no totalice meses naturales completos, redondeándose en exceso. Ej.: para seis meses y medio (6,5) corresponden veinticuatro (24) días por los seis (6) meses más dos (2) días por los quince (15) restantes. Total, veintiséis (26) días.
eso es para las misiones, digamos.... normales
El personal destinado en organismos multinacionales permanentes y que se integren en las operaciones se regirá por la normativa de dichos organismos. Si no existe dicha normativa, se aplicara lo dispuesto en esta directiva.
Los descansos de fin de misión para el personal de la Guardia Civil se regirán por su norma específica.
*
Permiso de Observadores militares y asimilados.
El disfrute de permisos/descansos de los observadores militares y asimilados estará siempre supeditado a la regulación que establezca la Autoridad Comisionada del organismo que lidera la misión. Dentro de esta limitación se le facilitará pasaporte por cuenta del Estado para ida a España y regreso una vez cada seis (6) meses o fracción superior a tres (3).
En cualquier caso, se concederá un descanso a! finalizar la misión de cinco (5) días hábiles por dos (2) meses de permanencia, al margen del permiso anual reglamentario. La duración de este descanso final no podrá exceder de treinta (30) días hábiles.
Esta bien eso de trincar la calculadora y ponerse a calcular los dias ..... pero hay que tener en cuenta la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas.

que en su Artículo único. Modificación de la Orden DEF 1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas.

da una nueva redacción a la disposición adicional cuarta
Siete. Se modifica la disposición final cuarta, quedando redactada de la siguiente manera:
«Disposición final cuarta. Operaciones.
1. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus competencias, regularán la concesión y disfrute de los descansos del personal militar que participe en operaciones en el exterior.
2. La regulación de los descansos de fin de misión tendrán en cuenta la duración total de la misión y si se ha disfrutado de descanso de mitad de misión, estos últimos autorizados cuando el tiempo de participación del militar en la misión se prevea de más de seis meses con carácter general.
3. En cualquier caso, los descansos de fin de misión no serán inferiores al número de días festivos y no hábiles permanecidos en zonas de operaciones. En todo caso el conjunto de días de descanso a que se tenga derecho se contabilizará en días naturales.
4. En los descansos de fin de misión podrá aplazarse su disfrute al objeto de asegurar la operatividad de la unidad, el mantenimiento de la propia instrucción y adiestramiento y el mantenimiento del buque. El momento de disfrute de estos descansos, motivado por las necesidades del servicio, se adaptará a las características propias del destino y a las exigencias de disponibilidad.»

Re: Días que corresponden por 8 meses de mision en el extranjero

Publicado: Vie Jul 10, 2020 7:32 pm
por terleg4
La misión es libano de unifilar. Finales 2019 julio 2020

Re: Días que corresponden por 8 meses de mision en el extranjero

Publicado: Vie Jul 10, 2020 7:39 pm
por terleg4
La misión era de 6 meses pero por motivos del covid 19 se alargó hasta 8 meses y sin disfrutar del descanso de mitad de mision y no se los días que nos corresponden. Un saludo.