Jubilación forzosa CNP por edad
Publicado: Dom Feb 21, 2021 12:45 am
Buenos días.
En la Ley de personal del CNP, en el apartado de "jubilaciones", dice esto:
a) Voluntaria, a solicitud del funcionario, siempre que éste reúna los requisitos y condiciones establecidos en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
b) Forzosa, que se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
En la voluntaria habla de "requisitos y condiciones" y en la forzosa "requisitos exigidos"
¿ Cuando se refiere a: "siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que se aplicable" , se refiere a que como mínimo tiene que tener como mínimo 15 años para tener derecho ( por ejemplo clases pasivas) o hay otros "requisitos exigidos"?
Gracias
En la Ley de personal del CNP, en el apartado de "jubilaciones", dice esto:
a) Voluntaria, a solicitud del funcionario, siempre que éste reúna los requisitos y condiciones establecidos en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
b) Forzosa, que se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
En la voluntaria habla de "requisitos y condiciones" y en la forzosa "requisitos exigidos"
¿ Cuando se refiere a: "siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que se aplicable" , se refiere a que como mínimo tiene que tener como mínimo 15 años para tener derecho ( por ejemplo clases pasivas) o hay otros "requisitos exigidos"?
Gracias