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ISFAS tras inutilidad para el servicio

Publicado: Lun Mar 29, 2021 5:41 pm
por MisterHyde91
Buenas tardes.

Hace unas semanas os hice una consulta sobre la situacion en la que quedo tras el tribunal medico. Me indicasteis amablemente que mi pension no era de retiro al ser MPTM con contrato de larga duracion y haberse declarado la inutilidad para el ejecicio de la profesion militar pero no para toda profesion u oficio, sin acto de servicio.

Leyendo mas hilos del foro me han surgido otras dos dudas que os agradeceria mucho si me pudierais contestar.

La primera es sobre el tema del IRPF, ¿Entiendo que esta pension esta sujeta al pago de IRPF y, en tal caso, ese IRPF ya se encuantra aplicado a la cantidad que se supone cobramos, poco menos de 800€ o hay que declararlo despues en la declaracion de la renta?

La segunda es sobre el ISFAS, ¿Tengo derecho como dicen en algunos hilos a darme de alta en es ISFAS una vez se me reconozca la pension? He leido en la resolucion que se mantienen los derechos pasivos adquiridos hasta el momento, pero no se cuales son, no se si puedo seguir con Adeslas, con el descuento para el tren, haciendo uso de las residencias militares de descanso, del TMI en otro formato.

Gracias de nuevo y un saludo.

Re: ISFAS tras inutilidad para el servicio

Publicado: Lun Mar 29, 2021 6:05 pm
por trasgu123
A la primera, nadie mejor que tu sabra si estas obligado a presentar la declaracion de la renta en cuyo caso ya no hay mas que decir, o si no estando obligado, te conviene o no presentarla que en ese caso sencillamente dependera de si sale a pagar o a devolver.

A la segunda, solicita alta en ISFAS en cuanto te reconozcan oficialmente la pension con el documento que lo acredite, con los servicios medicos que esten en vigor en ISFAS. Los derechos pasivos son la pension. De los descuentos en el tren olvidate, y de los demas me temo que lo mismo.