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Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 2:23 pm
por LIVE
Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.

He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.

Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional

Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 5:23 pm
por Arano
LIVE escribió: Mié Abr 14, 2021 2:23 pm Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.

He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.

Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional

Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.
Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

Publicado en el BOE de fecha 10/03/2021.

Saludos.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 5:48 pm
por LIVE
Gracias compañero, me ha venido muy bien leer ese texto. Y encima... bien reciente
Aún así no encuentro el párrafo que indico. No sé donde viene recogido el tema de los ingresos.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 5:56 pm
por Arano
LIVE escribió: Mié Abr 14, 2021 5:48 pm Gracias compañero, me ha venido muy bien leer ese texto. Y encima... bien reciente
Aún así no encuentro el párrafo que indico. No sé donde viene recogido el tema de los ingresos.
Ley 1/1996..........

Enlace:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-750

Saludos.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 6:04 pm
por psmito
LIVE escribió: Mié Abr 14, 2021 2:23 pm Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.

He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.

Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional

Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.
Creo que los requisitos son más
Ingresos
Patrimonio

No tienen que justificar ingresos si se es víctima de terrorismo, género
Y creo recordar que con minusvalía si es relacionado con ella tampoco, pero hablo de memoria y está ya haces aguas

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 14, 2021 6:33 pm
por Arano
Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.

2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.

En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.


Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.

f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Saludos.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Jue Abr 15, 2021 10:14 am
por LIVE
Muchas gracias
Ahora que ya estoy informado voy a pedir cita en el SOJ del Colegio de abogados.
Un saludo

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 21, 2021 8:56 pm
por elcalvario
Arano escribió: Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.

2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.

En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.


Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.

f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Saludos.
Hola ARANO con la paga de Acto de Servicio creo que no puedo solicitar la asistencia gratuita ya que tengo puesta una demanda a la aseguradora de CASER pon no haber indemnizado por incapacidad absoluta derivada del accidente en Acto de Servicio. Saludos -hi

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 21, 2021 9:00 pm
por elcalvario
Arano escribió: Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.

2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.

En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.


Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.

f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Saludos.
Hola ARANO, tengo de minusvalía por la Comunidad Autonómica un 79% y de incapacidad la Absoluta. Saludos -hi

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mié Abr 21, 2021 9:02 pm
por elcalvario
LIVE escribió: Jue Abr 15, 2021 10:14 am Muchas gracias
Ahora que ya estoy informado voy a pedir cita en el SOJ del Colegio de abogados.
Un saludo
Hola LIVE si haces el favor ya dirás si te concedieron la asistencia gratuita del colegio de abogados. Pero creo que piden muchos documentos entre ellos la Declaración de la Renta y si tienes propiedades. Saludos -hi

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Jue Abr 22, 2021 5:58 pm
por Arano
ELCALVARIO. Según la normativa no entras en los supuestos de Justicia Gratuita, si bien puedes consultar el el Colegio de Abogados que normalmente radica o hay oficina en las Audiencias Provinciales.

Saludos.

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Dom Abr 25, 2021 4:46 pm
por elcalvario
Arano escribió: Jue Abr 22, 2021 5:58 pm ELCALVARIO. Según la normativa no entras en los supuestos de Justicia Gratuita, si bien puedes consultar el el Colegio de Abogados que normalmente radica o hay oficina en las Audiencias Provinciales.

Saludos.
Hola ARANO. Gracias por su colaboración en el mensaje. Saludos -hi

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mar Nov 09, 2021 8:56 pm
por elcalvario
Arano escribió: Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.

2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.

En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.


Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.

f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Saludos.
Hola si uno tiene la incapacidad absoluta ya es bastante para que le concedan la asistencia gratuita, o igual tiene que justificar los ingresos. Saludos -hi

Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.

Publicado: Mar Nov 09, 2021 11:31 pm
por psmito
elcalvario escribió: Mar Nov 09, 2021 8:56 pm
Arano escribió: Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.

2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.

En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.


Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.

f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Saludos.
Hola si uno tiene la incapacidad absoluta ya es bastante para que le concedan la asistencia gratuita, o igual tiene que justificar los ingresos. Saludos -hi
La ley habla de discapacidad no de incapacidad
Y cumpliendo los requisitos entre otros ingresos, salvo que el asunto sea relacionado con dicha discapacidad