RD 71/2019

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Despertaferro
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RD 71/2019

Mensaje por Despertaferro »

Hola compañeros.
Por favor si me podéis ayudar que estoy bastante preocupada.
Me han citado para pasar un reconocimiento medico por expediente de actitud psicofisica. Soy tropa con contrato de larga duración.
No es por psiquiatria, es por una enfermedad muscular grave.

Según el real decreto 71/2019:

Artículo 7. Pensiones por inutilidad para el servicio.
El personal incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto, que durante su relación profesional con las Fuerzas Armadas se vea afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico, que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad que, sin llegar a constituir una incapacidad absoluta para cualquier profesión u oficio, suponga una incapacidad para el ejercicio de la profesión militar que implique la resolución del compromiso, causará derecho a pensión de inutilidad para el servicio, en los siguientes términos:
a) Si la inutilidad se ha producido en circunstancias ajenas al servicio, causará derecho a pensión ordinaria de inutilidad para el servicio en una cuantía igual al 55 por 100 de la que hubiese resultado de producirse una incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.

si me diesen de baja del ejercito me darían pensión de inutilidad? Es algo seguro? Es posible que lo ponga ahí pero estoy atacada y no lo entiendo.

Artículo 6. Pensiones de retiro por inutilidad.
El personal incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto que en el curso de su relación de servicios con las Fuerzas Armadas se vea afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad, que le incapacite absolutamente para el desempeño de cualquier profesión u oficio, causará derecho a pensión de retiro por inutilidad, ordinaria o extraordinaria, en los siguientes términos:
a) Si la inutilidad se ha producido en circunstancias ajenas al servicio, causará derecho a pensión ordinaria de retiro por inutilidad en los términos previstos en el título I, subtítulo II, capítulo II, del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.

El art. 6 dice que si no puedo trabajar en ningún trabajo me darían la paga completa?? o sea el 100%

Tengo miedo de que me echen del ejercito y además no poder trabajar porque mi enfermedad no me lo permite, vamos sin ingresos y sin posibilidad de ingresar por no poder trabajar..

Gracias
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Re: RD 71/2019

Mensaje por trasgu123 »

El art. 6 dice que si te dan una incapacidad Absoluta, la pension sera del 100%
El art. 7 dice que si te dan una incapacidad Total, la pension sera del 55%.

Ninguno de los dos art. dice que no puedas trabajar.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Despertaferro »

Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
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Danaerys
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Despertaferro escribió: Dom May 30, 2021 8:08 pm Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
El RD 71/2019 es para los que entraron antes del 2011 y pertenecen a Clases Pasivas.

Si es tu caso y te dan un coeficiente 5 por incapacidad permanente total, te rescindirán el compromiso y te irás a casa con una pensión. Es del 55% del haber regulador. Unos 800 euros menos las retenciones, que eso ya depende de tu situación personal.

A mi me han dado una absoluta, pero realmente yo es que tengo varias enfermedades y una de ellas bastante grave.
Pasé el Tribunal por 10 especialidades diferentes y porque se les olvidaron meter oftalmología y reumatología.

Por compañeros que tengo, uno de ellos en silla de ruedas por esclerosis múltiple, no le han dado la absoluta.
Y aquí en el foro tenemos a varios que con patologías también muy graves (como un cáncer cerebral con metástasis) tampoco la han conseguido.

Yo la conseguí en la Superior después de las alegaciones.
Con esto te quiero decir que el camino es muy largo y es probable que de primeras, te encuentres muchas piedras en el camino.

Lleva informes contundentes sobretodo.
Y no te asustes.
Si es una Junta Médico Pericial Ordinaria es probable que sólo te recojan los papeles y en 5 minutos te hayan despachado.

Ya nos cuentas.

Si entraste después del 2011, aunque pases todo el expediente igual a los de Clases Pasivas, para el tema de las pensiones creo que hay requisitos y demás.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por TSUJI »

Danaerys escribió: Dom May 30, 2021 11:22 pm
Despertaferro escribió: Dom May 30, 2021 8:08 pm Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
El RD 71/2019 es para los que entraron antes del 2011 y pertenecen a Clases Pasivas.

Si es tu caso y te dan un coeficiente 5 por incapacidad permanente total, te rescindirán el compromiso y te irás a casa con una pensión. Es del 55% del haber regulador. Unos 800 euros menos las retenciones, que eso ya depende de tu situación personal.

A mi me han dado una absoluta, pero realmente yo es que tengo varias enfermedades y una de ellas bastante grave.
Pasé el Tribunal por 10 especialidades diferentes y porque se les olvidaron meter oftalmología y reumatología.

Por compañeros que tengo, uno de ellos en silla de ruedas por esclerosis múltiple, no le han dado la absoluta.
Y aquí en el foro tenemos a varios que con patologías también muy graves (como un cáncer cerebral con metástasis) tampoco la han conseguido.

Yo la conseguí en la Superior después de las alegaciones.
Con esto te quiero decir que el camino es muy largo y es probable que de primeras, te encuentres muchas piedras en el camino.

Lleva informes contundentes sobretodo.
Y no te asustes.
Si es una Junta Médico Pericial Ordinaria es probable que sólo te recojan los papeles y en 5 minutos te hayan despachado.

Ya nos cuentas.

Si entraste después del 2011, aunque pases todo el expediente igual a los de Clases Pasivas, para el tema de las pensiones creo que hay requisitos y demás.
Un compañero en silla de ruedas y no le dan la absoluta??..., médicos?..🤦🏻‍♂️
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

TSUJI escribió: Dom May 30, 2021 11:46 pm
Danaerys escribió: Dom May 30, 2021 11:22 pm
Despertaferro escribió: Dom May 30, 2021 8:08 pm Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
El RD 71/2019 es para los que entraron antes del 2011 y pertenecen a Clases Pasivas.

Si es tu caso y te dan un coeficiente 5 por incapacidad permanente total, te rescindirán el compromiso y te irás a casa con una pensión. Es del 55% del haber regulador. Unos 800 euros menos las retenciones, que eso ya depende de tu situación personal.

A mi me han dado una absoluta, pero realmente yo es que tengo varias enfermedades y una de ellas bastante grave.
Pasé el Tribunal por 10 especialidades diferentes y porque se les olvidaron meter oftalmología y reumatología.

Por compañeros que tengo, uno de ellos en silla de ruedas por esclerosis múltiple, no le han dado la absoluta.
Y aquí en el foro tenemos a varios que con patologías también muy graves (como un cáncer cerebral con metástasis) tampoco la han conseguido.

Yo la conseguí en la Superior después de las alegaciones.
Con esto te quiero decir que el camino es muy largo y es probable que de primeras, te encuentres muchas piedras en el camino.

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Un compañero en silla de ruedas y no le dan la absoluta??..., médicos?..🤦🏻‍♂️
Fue en la Ordinaria.
Él tiene esclerosis múltiple y le pilló en un brote que no se podía ni mover.
Por cierto, en la misma JMPO que fui yo.
Esa misma Junta le dio un Apto a un chico al cual fueron a sacarle del hospital, que estaba ingresado por 2 intentos de suicidio, para ir a la cita.
Después lo llevaron de nuevo al hospital.
Lo vio el mismo psiquiatra psicópata que a mi.

Al de la silla de ruedas... pues supongo que le dieron la permanente total nada más pensando que en la ONCE los hay peores y encima ciegos y trabajan vendiendo cupones.

Pero es que no te lo pierdas... echó las alegaciones correspondientes para que le vieran en la Superior.
En septiembre!!!
Y le llamó hace un par de semanas el instructor para decirle que se las habían estimado pero "parcialmente". Que sus informes médicos los iba a ver otra JMP Ordinaria en Madrid!
Y que no hacía falta que fuera él ni que aportara documentación nueva.

Es mi abogado el que lleva este caso también y otro parecido y los dos van a acabar en un contencioso me parece.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Despertaferro »

Danaerys escribió: Dom May 30, 2021 11:22 pm
Despertaferro escribió: Dom May 30, 2021 8:08 pm Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
El RD 71/2019 es para los que entraron antes del 2011 y pertenecen a Clases Pasivas.

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A mi me han dado una absoluta, pero realmente yo es que tengo varias enfermedades y una de ellas bastante grave.
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Por compañeros que tengo, uno de ellos en silla de ruedas por esclerosis múltiple, no le han dado la absoluta.
Y aquí en el foro tenemos a varios que con patologías también muy graves (como un cáncer cerebral con metástasis) tampoco la han conseguido.

Yo la conseguí en la Superior después de las alegaciones.
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Si entraste después del 2011, aunque pases todo el expediente igual a los de Clases Pasivas, para el tema de las pensiones creo que hay requisitos y demás.
Gracias,
Si que entre antes de 2011.
Me podrías decir en cuanto se me quedarían los 800e si me descuentan el IRPF, soy soltera y sin hijos.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Despertaferro escribió: Lun May 31, 2021 6:52 am
Danaerys escribió: Dom May 30, 2021 11:22 pm
Despertaferro escribió: Dom May 30, 2021 8:08 pm Gracias trasgu123,

si pierdo la actitud psicofisica para el ejercito,¿¿ sabes si es SEGURO que me den una pensión por inutilidad?? esa es mi gran duda.
El RD 71/2019 es para los que entraron antes del 2011 y pertenecen a Clases Pasivas.

Si es tu caso y te dan un coeficiente 5 por incapacidad permanente total, te rescindirán el compromiso y te irás a casa con una pensión. Es del 55% del haber regulador. Unos 800 euros menos las retenciones, que eso ya depende de tu situación personal.

A mi me han dado una absoluta, pero realmente yo es que tengo varias enfermedades y una de ellas bastante grave.
Pasé el Tribunal por 10 especialidades diferentes y porque se les olvidaron meter oftalmología y reumatología.

Por compañeros que tengo, uno de ellos en silla de ruedas por esclerosis múltiple, no le han dado la absoluta.
Y aquí en el foro tenemos a varios que con patologías también muy graves (como un cáncer cerebral con metástasis) tampoco la han conseguido.

Yo la conseguí en la Superior después de las alegaciones.
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Gracias,
Si que entre antes de 2011.
Me podrías decir en cuanto se me quedarían los 800e si me descuentan el IRPF, soy soltera y sin hijos.
Pues no sé exactamente.
Pero soltera y sin hijos... retienen bastante.
Y si no tienes una hipoteca o plan de pensiones que te desgrave... te van a meter un buen sablazo cada mes.
Aún así, ve paso a paso.
Ni siquiera has pasado aún el Tribunal.
Falta mucho y a lo mejor te dan un APL.
Según me han dicho, se les ha venido una avalancha de bajas por pérdida de aptitud psicofísica por todo tipo de enfermedades porque la gente prefiere pensión a paga RED, obviamente.
Así que, lo mismo que antes con el antiguo RD daban menos incapacidad del 25 % para no dar pensión, pues ahora te zampan un apto con limitaciones y se quedan tan anchos y panchos.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Despertaferro »

Gracias,
voy a preguntar en el calculo de pensiones a ver si algún compañero sabe, o también la cobra.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Despertaferro escribió: Lun May 31, 2021 11:24 am Gracias,
voy a preguntar en el calculo de pensiones a ver si algún compañero sabe, o también la cobra.
Dudo mucho que nadie pueda decirte cuánto te van a retener porque cada caso es diferente.
Pero la pensión si es la misma.
A ver si hay alguien en tu misma situación y te puede orientar.
Yo que tú, me esperaba a pasar todo el proceso, que en mi caso ya va por dos años y medio, antes de contarte a ti misma el cuento de la lechera.
Porque incluso el haber regulador puede cambiar y con ello la cuantía de la pensión en bruto.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Usuari-a »

Despertaferro escribió: Lun May 31, 2021 11:24 am Gracias,
voy a preguntar en el calculo de pensiones a ver si algún compañero sabe, o también la cobra.
No te van a meter ningún "sablazo", en su caso para pagar IRPF hay que ganar a partir de 14.000€/año y en su caso con una pensión de 800€/mes supone 11.200€/año. Cobrará los 800€ libres de impuestos.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por trasgu123 »

Despertaferro escribió: Lun May 31, 2021 6:52 am
Gracias,
Si que entre antes de 2011.
Me podrías decir en cuanto se me quedarían los 800e si me descuentan el IRPF, soy soltera y sin hijos.
El IRPF sera insignificante, si es que no es cero.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Jose1972 »

Buenos días a todos.

Tengo unas cuantas cuestiones en mi cabeza referente a los Militares con sus incapacidades o totales o absolutas.

Un militar sea temporal, de carrera,profesionsl.. Etc... Si pasa a la situación de incapacidad total, aparte de cobrar su pensión, puede solicitar derecho a paro?

La misma pregunta con una incapacidad absoluta.

Podrían solicitar la indemnización por las vacaciones no disfrutadas en una incapacidad total?

La misma pregunta para una incapacidad absoluta.

Muchas gracias -11 -11 -11 -11 -800
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Re: RD 71/2019

Mensaje por trasgu123 »

El Foro dispone de buscador, ahi arriba a la derecha de la pantalla segun se mira. Justo donde dice "" Buscar .... "".
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Despertaferro »

Jose1972 escribió: Lun May 31, 2021 1:29 pm Buenos días a todos.

Tengo unas cuantas cuestiones en mi cabeza referente a los Militares con sus incapacidades o totales o absolutas.

Un militar sea temporal, de carrera,profesionsl.. Etc... Si pasa a la situación de incapacidad total, aparte de cobrar su pensión, puede solicitar derecho a paro?

La misma pregunta con una incapacidad absoluta.

Podrían solicitar la indemnización por las vacaciones no disfrutadas en una incapacidad total?

La misma pregunta para una incapacidad absoluta.

Muchas gracias -11 -11 -11 -11 -800

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Lo de las vacaciones no lo sé
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