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Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Vie Ago 06, 2021 5:00 pm
por Parabellum_
Buenas tardes compis, os dejo por aquí una duda por si podéis arrojar algo de luz al respecto ya que se que hay compañeros que tras su pase a retiro ejercen profesiones liberales con inclusión en mutualidades alternativas al RETA, el caso es que estoy inmerso en la preparacion necesaria para el acceso a procurador de los tribunales y me surge una duda, ojo que todavía no he pasado a retiro pero estoy en el proceso, a diferencia de los abogados la inclusión en el turno de oficio es obligatoria para los procuradores y eso es lo que me preocupa, que sea incompatible la percepción de la pensión de clases pasivas con el ejercicio de la procura por los derechos devengados en el turno de oficio ya que el pagador sería el Ministerio de Justicia, alguien que sepa algo? mil gracias de verdad

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 11:03 am
por Parabellum_
Respecto a esta duda y por si puede servir en el futuro a algún/a compañero/a, aporto mi granito de arena con el resultado de mis indagaciones y consultas a los Órganos pertinentes, es INCOMPATIBLE el cobro de la pensión de retiro con el ejercicio de la abogacía o la procura en el TURNO DE OFICIO, debido a que los honorarios derivados de esta prestación de los servicios proceden de asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Como curiosidad y para los que tengan titulación universitaria, si en algún momento les ha picado el gusanillo de presentarse a las plazas de Profesor/Tutor que habitualmente se publican para cubrir plazas en los Centros Asociados de la UNED la situación es la misma que la anterior, o sea, es incompatible. Saludos

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 11:21 am
por odiseo35
NO es incompatible el ejercicio de la abogacía a través de Mutualidad, toda vez que, como bien indica el compañero, es un régimen alternativo a la Seguridad social. El comentario parece más referirse a una reciente Sentencia del Supremo que viene a declarar la incompatibilidad del ejercicio de la abogacía con alta en RETA, a pesar de que ya venía el actor ejerciendo dicha actividad antes de su pase a retiro. Salvo mejor opinión fundada en derecho...

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 11:38 am
por odiseo35
En cuanto a la cuestión principal, la del turno de oficio, ya se trató el tema y creo que no se llegó a ninguna conclusión.
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 2&start=15

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 11:58 am
por psmito
odiseo35 escribió: Lun Mar 28, 2022 11:21 am NO es incompatible el ejercicio de la abogacía a través de Mutualidad, toda vez que, como bien indica el compañero, es un régimen alternativo a la Seguridad social. El comentario parece más referirse a una reciente Sentencia del Supremo que viene a declarar la incompatibilidad del ejercicio de la abogacía con alta en RETA, a pesar de que ya venía el actor ejerciendo dicha actividad antes de su pase a retiro. Salvo mejor opinión fundada en derecho...
Según lo veo yo
El problema no es ejercer la abogacía ya sea con alta en el RETA previa compatibilidad o en la mutualidad sin tener que pedir compatibilidad
El problema es el turno de oficio
Ya que tú pensión en su totalidad no el 25% es incompatible con un sueldo pagado por un organismo publico

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 12:21 pm
por Francisco I
psmito escribió: Lun Mar 28, 2022 11:58 am
odiseo35 escribió: Lun Mar 28, 2022 11:21 am NO es incompatible el ejercicio de la abogacía a través de Mutualidad, toda vez que, como bien indica el compañero, es un régimen alternativo a la Seguridad social. El comentario parece más referirse a una reciente Sentencia del Supremo que viene a declarar la incompatibilidad del ejercicio de la abogacía con alta en RETA, a pesar de que ya venía el actor ejerciendo dicha actividad antes de su pase a retiro. Salvo mejor opinión fundada en derecho...
Según lo veo yo
El problema no es ejercer la abogacía ya sea con alta en el RETA previa compatibilidad o en la mutualidad sin tener que pedir compatibilidad
El problema es el turno de oficio
Ya que tú pensión en su totalidad no el 25% es incompatible con un sueldo pagado por un organismo publico
Y como la inclusión en el turno de oficio es obligatoria para todos los abogados colegiados, ( Sentencia del TC ) resulta que ningún pensionista podrá ejercer la abogacia sin renuncia a la pensión, cotice en RETA o mediante Mutualidad.

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 3:02 pm
por odiseo35
Lo que dice el TC es que "no resulta inconstitucional que sean los colegios de abogados, como corporaciones de derecho público de base asociativa, los que ejerzan en este campo una función pública delegada del Estado...". Que viene así a declarar constitucional un artículo de la Ley de Justicia Gratuita. Pero dicho precepto lo que indica es la obligatoriedad siempre que así lo determine el Colegio de Abogados correspondiente. En la práctica, creo que ni el 10%de colegios del país precisan declarar dicha obligatoriedad, cubriéndose con profesionales voluntarios casi todos los partidos judiciales. Así que, a pesar de ser obligatorio, en su caso la asistencia del turno de oficio, en la práctica, si no se apuntan y se reúnen los requisitos exigidos en la LAJG, no se presta este servicio.

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Lun Mar 28, 2022 7:24 pm
por Parabellum_
psmito escribió: Lun Mar 28, 2022 11:58 am
odiseo35 escribió: Lun Mar 28, 2022 11:21 am NO es incompatible el ejercicio de la abogacía a través de Mutualidad, toda vez que, como bien indica el compañero, es un régimen alternativo a la Seguridad social. El comentario parece más referirse a una reciente Sentencia del Supremo que viene a declarar la incompatibilidad del ejercicio de la abogacía con alta en RETA, a pesar de que ya venía el actor ejerciendo dicha actividad antes de su pase a retiro. Salvo mejor opinión fundada en derecho...
Según lo veo yo
El problema no es ejercer la abogacía ya sea con alta en el RETA previa compatibilidad o en la mutualidad sin tener que pedir compatibilidad
El problema es el turno de oficio
Ya que tú pensión en su totalidad no el 25% es incompatible con un sueldo pagado por un organismo publico
Efectivamente, yo me refería exclusivamente a la inclusión en el turno de oficio, siendo incompatible esta inclusión con el cobro de la pensión de clases pasivas. Por otra parte , la inclusión en el turno de oficio a día de hoy NO es obligatorio ni para abogados ni para procuradores mientras esté cubierto éste por un número suficiente de colegiados y os aseguro que no hay ni un solo Colegio de España en el que esto suceda. Saludos

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Mié Sep 07, 2022 12:57 am
por Victor 2022
Alguien sabe si se puede estar el el Turno de Oficio y cobrar la pensión del Régimen general de la Seguridad Social. Evidentemente, habría que colegiarse como ejerciente y estar de alta en la Mutualidad, no podría estar en el RETA eso y lo se.
Si es posible citar en qué ley vendría recogido. Gracias

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Mié Sep 07, 2022 11:24 am
por psmito
Victor 2022 escribió: Mié Sep 07, 2022 12:57 am Alguien sabe si se puede estar el el Turno de Oficio y cobrar la pensión del Régimen general de la Seguridad Social. Evidentemente, habría que colegiarse como ejerciente y estar de alta en la Mutualidad, no podría estar en el RETA eso y lo se.
Si es posible citar en qué ley vendría recogido. Gracias
Has preguntado en la SS.SS ???
Este es un foro de clases pasivas que tiene sus incompatibilidades, nada tiene que ver con una pensión de la SS.SS y las incompatibilidades que pueda tener

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Mié Sep 14, 2022 12:57 am
por combatienteLIMA
Buenas noches,,

Sobre el tema debatido, considero que los importes que se perciben del Turno de Oficio, no son incompatibles con la percepción de una pensión de Clases Pasivas, dado que no suponen ninguna vinculación laboral ni estatutaria con la Administración , incluso la Sala de C.A. de la Audiencia Nacional, en un supuesto aun más mucho confuso, resolvió que era compatible la percepción de la pensión de Clases Pasivas, con los ingresos obtenidos de una licitación publica como responsable de asuntos jurídicos de un Ayuntamiento, la Audiencia Nacional entendió que el interesado trabajaba desde su propio despacho, con sus medios propios y por tanto no había relación laboral.

Es más, los ingresos procedentes del Turno de Oficio, en realidad no son retribuciones, porque el servicio no se presta al Administración propiamente , sino al beneficiario de asistencia juridica gratuita, incluso hay una resolución del TC en la que se llega a denominar a los importes que se perciben del Turno de Oficio, como simples indemnizaciones,

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Mar Oct 11, 2022 11:49 am
por FRANCISCO GOMEZ
Buenos días

Interesante aportación la que realiza el compañero "combatienteLIMA", por favor agradecería que pudiera señalar la resolución del TC y del Contencioso Administrativo que menciona, toda vez que me encuentro en la misma tesitura que otros compañeros y tras consultar a distintas fuentes no veo respuesta exacta a la cuestión que aquí se plantea.

Muchas gracias de antemano

Un saludo de,
Francisco

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Dom Mar 12, 2023 6:53 pm
por Pakoli
Si se puede ejercer en el turno de oficio,aparte , el pago del turno es una subvención y no un salario público

Re: Compatibilidad cobro turno de oficio y pensión de retiro

Publicado: Mar Mar 28, 2023 5:00 pm
por FRANCISCO GOMEZ
Buenas tardes.

Agradezco mucho la intervención del compañero "Pakoli", está muy bien traído el carácter de subvención que tiene el pago del turno.

Muchas gracias por tu comentario.

Un saludo de,
Francisco