RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

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serri
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RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

Mensaje por serri »

Buenos días compañeros, me presento, soy MPTM del Ejército de Tierra, Soldado con especialidad de transmisiones desde hace 14 años. El pasado año me operaron de un hernia discal y después de varios meses de baja me reincorporé al servicio. Me encontraba perfectamente y realizaba mi trabajo habitual sin problemas hasta que me ordenaron cargar con el equipo e ir al campo para una jornada de instrucción continuada. Durante el ejercicio sentí un gran dolor en la espalda y tuve que pedir abandonar la instrucción para acudir a urgencias.

A partir de aquí, solicité que fuera considerado un accidente en acto de servicio y así fue tramitado. Después de varios meses de baja y haciéndome pruebas, se constata que existe una recidiva herniaria, provocada presuntamente por el sobreesfuerzo del ejercicio. Tras acudir a un périto forense, este redacta un informe en el que expone que no soy apto debido a mis lesiones y recomienda que se me de la incapacidad total para la profesión militar.

Hoy he pasado el reconocimiento médico no periódico y efectivamente, el médico ha decretado que debía darme un APL 5 por mi lesión tras la operación de hernia discal y además un APL 4 por una enfermedad crónica intestinal que padezco desde hace varios años. El médico me ha advertido de que iban a echarme del Ejército.

Por el momento solo sé que van a cesarme en el destino a la espera de pasar un Tribunal Médico, pero nadie me ha dicho nada más. Si en el Tribunal médico coinciden con el informe, ¿A qué tengo derecho exactamente? ¿Van a indemnizarme o a darme una pensión? ¿De qué cuantía? ¿Tendré derecho a paro? ¿Voy a pasar a la seguridad social o seguiré en el ISFAS? ¿Debo tramitar en el INNS una solicitud de discapacidad?

Actualmente estoy terminando mis estudios de Magisterio de Educación Primaria, ¿Podré hacer oposiciones o es incompatible?

Gracias de antemano, se que son un montón de preguntas, pero no sabia donde acudir para resolver mis dudas
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trasgu123
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Re: RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

Mensaje por trasgu123 »

A eso que escribes se le llama coloquialmente "poner el carro delante del buey".

Cuando tengas abierto el correspondiente expediente de perdida de condiciones psicofisicas y se haya emitido un Acta medica definitiva de la JMPO, se podran resolver todas esas dudas.
Danaerys
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Re: RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

Mensaje por Danaerys »

serri escribió: Vie Ago 27, 2021 1:29 pm Buenos días compañeros, me presento, soy MPTM del Ejército de Tierra, Soldado con especialidad de transmisiones desde hace 14 años. El pasado año me operaron de un hernia discal y después de varios meses de baja me reincorporé al servicio. Me encontraba perfectamente y realizaba mi trabajo habitual sin problemas hasta que me ordenaron cargar con el equipo e ir al campo para una jornada de instrucción continuada. Durante el ejercicio sentí un gran dolor en la espalda y tuve que pedir abandonar la instrucción para acudir a urgencias.

A partir de aquí, solicité que fuera considerado un accidente en acto de servicio y así fue tramitado. Después de varios meses de baja y haciéndome pruebas, se constata que existe una recidiva herniaria, provocada presuntamente por el sobreesfuerzo del ejercicio. Tras acudir a un périto forense, este redacta un informe en el que expone que no soy apto debido a mis lesiones y recomienda que se me de la incapacidad total para la profesión militar.

Hoy he pasado el reconocimiento médico no periódico y efectivamente, el médico ha decretado que debía darme un APL 5 por mi lesión tras la operación de hernia discal y además un APL 4 por una enfermedad crónica intestinal que padezco desde hace varios años. El médico me ha advertido de que iban a echarme del Ejército.

Por el momento solo sé que van a cesarme en el destino a la espera de pasar un Tribunal Médico, pero nadie me ha dicho nada más. Si en el Tribunal médico coinciden con el informe, ¿A qué tengo derecho exactamente? ¿Van a indemnizarme o a darme una pensión? ¿De qué cuantía? ¿Tendré derecho a paro? ¿Voy a pasar a la seguridad social o seguiré en el ISFAS? ¿Debo tramitar en el INNS una solicitud de discapacidad?

Actualmente estoy terminando mis estudios de Magisterio de Educación Primaria, ¿Podré hacer oposiciones o es incompatible?

Gracias de antemano, se que son un montón de preguntas, pero no sabia donde acudir para resolver mis dudas
Hola!
APL significa Apto con Limitaciones. No existe el APL5. Sólo se llega hasta el APL4. El 5 es un No Apto.

Si van a cesarte en destino es que van a incoarte un expediente de pérdida de aptitud psicofísica.
Y a partir de ahí es lo que te ha dicho el compañero.
Pueden pasar varias cosas. Desde que te den un Apto con limitaciones y te den un nuevo destino acorde a tus capacidades o un No apto.
Eso lo decide una Junta Médico Pericial Ordinaria o Superior, no un médico que te ha hecho un reconocimiento médico no periódico.

El informe de tu perito forense puede cabrear mucho a los del Tribunal puesto que ellos son los peritos designados para evaluarte. Así que no se te ocurra llevarlo a no ser que tengas que ir a juicio porque no estés de acuerdo con el dictamen.

En cuanto a lo que te correspondería, eso ya depende de si te dan un 4 por la hernia y un 5 por tu problema intestinal si es que la hernia la tienes considerada en acto de servicio.
También te pueden dar un 4 y seguir currando.
Te pueden dar un 5 en acto de servicio o ponerte que son degenerativas.

Las posibilidades son muchísimas y el expediente se alarga a veces hasta 2 años, como duró el mío, así que mejor intenta relajarte y ve siguiendo los pasos de uno en uno porque te queda un laaaaaaaaargoooooooo camino por delante.
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dangorez
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Re: RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

Mensaje por dangorez »

Qué quiere decir APL hasta el 4?..Que sigues trabajando y cobrando igual pero en otros sitios?...O que cobras por dos lados y sigues trabajando....Es que no me se muy bien la normativa de los apls...Gracias
Danaerys
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Re: RECONOCIMIENTO MÉDICO NO PERIÓDICO

Mensaje por Danaerys »

dangorez escribió: Lun Ago 30, 2021 4:57 pm Qué quiere decir APL hasta el 4?..Que sigues trabajando y cobrando igual pero en otros sitios?...O que cobras por dos lados y sigues trabajando....Es que no me se muy bien la normativa de los apls...Gracias
No sé qué quieres decir con lo de cobrar por los dos lados ¿?
Hay 2 grados de APL.
Apto con Limitaciones 3 donde apenas tienes limitaciones y Apto con Limitaciones 4 donde si te suelen restringir el cargar peso, deambulación y bipedestación prolongadas, rebaje de guardias, maniobras, misiones, servicios, etc.
Te dan destinos en los que adaptan tu puesto de trabajo a tu incapacidad.
Yo me inclino porque cuando pases el Tribunal eso es lo que te van a dar. Un APL4.

Yo tengo lo tuyo multiplicado por 8 más problemas degenerativos en las rodillas y en la Junta Médico Pericial Superior eso fue lo que me dieron, un APL 4.

Puedes seguir siendo militar pero realizando labores en una oficina y rebajado de todo sin problema.
No vas a perder sueldo por eso.
E incluso puedes estar en cualquier unidad sólo que ocupando una vacante de APL.

Una vez finalice el expediente y ya sepas qué es lo que te han dado, si finalmente es un APL, pues será el momento de pedir las vacantes.
Tendrás 6 meses de preferencia en tu misma plaza.

Si te dan un No Apto, pues ya depende de si te lo consideran en acto de servicio o no.
El hecho de que tu informe ponga que es una recidiva herniaria te va a perjudicar muchísimo.
Te lo van a meter como contingencia común aunque hayas recaído en una continuada.
Te quedaría una pensión de 800 euros en 14 pagas a la que habrías que restarle el IRPF.

Podrías opositar, por supuesto, sólo que al aprobar, te quitarían parte de la pensión.
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