DE TOTAL A ABSOLUTA

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Bruce
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Bruce »

Danaerys escribió: Jue Dic 30, 2021 11:11 pm
Bruce escribió: Jue Dic 30, 2021 5:22 pm
psmito escribió: Jue Dic 23, 2021 9:47 am
Muchas gracias por la contestación; qué curioso, que no se pueda solicitar por nuevas patologías, me acabo de quedar a cuadros. Y por ejemplo, si se solicita la absoluta por agravamiento y la deniegan, ¿se puede volver a solicitar nuevamente, o habría que ir al contencioso? Y en caso de perder, ¿se podría volver a intentar o solo hay una oportunidad? Lo comento porque siempre puede haber agravamiento. Si alguien tuviera la amabilidad de pasar algunos teléfonos de abogados especializados en retiros de clases pasivas lo agradecería, da igual que sean caros, no hay problema por eso. El único que conozco es ****** Valdés pero no sé qué tal es. Me pueden escribir por privado también.

Muchas gracias de antemano.

Feliz nochevieja y año nuevo a todos...
El que no se pueda solicitar por nuevas patologías es normal.
Todos vamos a acabar con una absoluta o una gran invalidez con los años.
Por eso se ciñen a las enfermedades que causaron el retiro, si no, menuda fiesta, oye.
Bueno, es verdad, tiene bastante sentido lo que escribes.
Y con respecto al agravamiento, cuál sería el procedimiento una vez retirado por incapacidad profesional? solicitar una revisión por agravamiento y si la deniegan ir al contencioso? Y se puede solicitar varias veces?

Muchas gracias por adelantado y feliz año nuevo a todos...
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Arano
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Arano »

Bruce escribió: Sab Ene 01, 2022 11:57 pm
Danaerys escribió: Jue Dic 30, 2021 11:11 pm
Bruce escribió: Jue Dic 30, 2021 5:22 pm

Muchas gracias por la contestación; qué curioso, que no se pueda solicitar por nuevas patologías, me acabo de quedar a cuadros. Y por ejemplo, si se solicita la absoluta por agravamiento y la deniegan, ¿se puede volver a solicitar nuevamente, o habría que ir al contencioso? Y en caso de perder, ¿se podría volver a intentar o solo hay una oportunidad? Lo comento porque siempre puede haber agravamiento. Si alguien tuviera la amabilidad de pasar algunos teléfonos de abogados especializados en retiros de clases pasivas lo agradecería, da igual que sean caros, no hay problema por eso. El único que conozco es ****** Valdés pero no sé qué tal es. Me pueden escribir por privado también.

Muchas gracias de antemano.

Feliz nochevieja y año nuevo a todos...
El que no se pueda solicitar por nuevas patologías es normal.
Todos vamos a acabar con una absoluta o una gran invalidez con los años.
Por eso se ciñen a las enfermedades que causaron el retiro, si no, menuda fiesta, oye.
Bueno, es verdad, tiene bastante sentido lo que escribes.
Y con respecto al agravamiento, cuál sería el procedimiento una vez retirado por incapacidad profesional? solicitar una revisión por agravamiento y si la deniegan ir al contencioso? Y se puede solicitar varias veces? Cuando pase un tiempo prudencial, la norma viene diciendo 3 años y desde luego avalado por Informes Médicos solicitar por esas mismas patología, como te indican más arriba y esperar a ser llamado nuevamente a la JMP., quien dictaminará. Si la JMP no considera que hay modificación de la Incapacidad, pues ir a la vía contenciosa. Solo se puede solicitar una vez.

Muchas gracias por adelantado y feliz año nuevo a todos...
Saludos.
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por luchador68 »

Buenas tardes, algún tiempo sin aparecer por estos lares, un saludo a todos y especialmente a Arano por su gran ayuda, sobre la solicitud por agravamiento con los correspondientes informes nuevos por las patalogias, por las cuales pasamos a retiro, en el caso que una vez llamado y pasado el reconocimiento de la JMP, si no, nos conceden la absoluta, quedamos en la misma situación entiendo, incapacidad permanente total.

Un saludo.
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Arano
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Arano »

luchador68 escribió: Jue Ago 11, 2022 6:29 pm Buenas tardes, algún tiempo sin aparecer por estos lares, un saludo a todos y especialmente a Arano por su gran ayuda, sobre la solicitud por agravamiento con los correspondientes informes nuevos por las patalogias, por las cuales pasamos a retiro, en el caso que una vez llamado y pasado el reconocimiento de la JMP, si no, nos conceden la absoluta, quedamos en la misma situación entiendo, incapacidad permanente total.

Un saludo.
Correcto, aunque se puede dar el caso de no llevar informes nuevos que acrediten que sigues o has empeorado, que te den Apto con Limitaciones.

Hay que tener cuidado con ello y como digo, llevar siempre nuevos informes en el sentido anterior (empeoramiento, agravamiento, etc, etc.).

Saludos.
luchador68
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por luchador68 »

Arano, gracias por tu respuesta rápida, entiendo que el que haya solicitado revisión por agravamiento, habrá aportado nuevos informes, una vez salido en B.O.D. y en B.O.G.C. no creo que la JMP, vuelva reincorporar a guardia civil con limitaciones, no habrá muchos caso, por qué sería para perder la cabeza del todo.

Saludos.
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Arano »

luchador68 escribió: Jue Ago 11, 2022 6:56 pm Arano, gracias por tu respuesta rápida, entiendo que el que haya solicitado revisión por agravamiento, habrá aportado nuevos informes, una vez salido en B.O.D. y en B.O.G.C. no creo que la JMP, vuelva reincorporar a guardia civil con limitaciones, no habrá muchos caso, por qué sería para perder la cabeza del todo.

Saludos.
Hola compañero. De normal se suele pedir la solicitud de JMP por agravamiento de patología pasados al menos DOS AÑOS desde la fecha de retiro (que no necesariamente la fecha de publicación en el BOD, ya que es antes), siempre acompañado de informes nuevos que indiquen con toda claridad el agravamiento de la misma e incluso (Dios no lo quiera) la necesidad de tercera persona.

Caso de no darte la incapacidad para toda profesión y oficio (absoluta) lo normal es que quedes en la misma situación que ya tienes, es decir, retiro por incapacidad total...

Saludos.
Soy-AGBS
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Soy-AGBS »

¡Pregunta!, ¿la solicitud de revisión a la JMP tiene un limite de edad por parte del solicitante?. Me ha parecido leer en algún comentario que una vez cumplidos lo 65 años ya no se puede solicitar.
Fuentefria
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Fuentefria »

Buenas noches,os cuento mi experiencia por si sirve,estuve preguntando en este foro cómo solicitar revisión por agravamiento,unos me decían que por mediación de Isfas,otros área personal etc. bien ,yo tengo una resolución del EVI de la seguridad social dándome la incapacidad permanente absoluta,hablé con clases pasivas y me dijeron que ellos me hacían la revisión por agravamiento,mandé toda la documentación,en principio no ha sido denegada,en la sede electrónica de clases pasivas ahora me aparece modificación por repercusión,estado en tramitación,no sé que pensar.
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Fuentefria »

Fuentefria escribió: Dom Ago 21, 2022 11:43 pm Buenas noches,os cuento mi experiencia por si sirve,estuve preguntando en este foro cómo solicitar revisión por agravamiento,unos me decían que por mediación de Isfas,otros área personal etc. bien ,yo tengo una resolución del EVI de la seguridad social dándome la incapacidad permanente absoluta,hablé con clases pasivas y me dijeron que ellos me hacían la revisión por agravamiento,mandé toda la documentación,en principio no ha sido denegada,en la sede electrónica de clases pasivas ahora me aparece modificación por repercusión,estado en tramitación,no sé que pensar.
Intento subir el cambio que hay en la sede electrónico clases pasivas desde la galería pero no me aclaro,si alguien me indica lo subiré,gracias.
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por Soy-AGBS »

Soy-AGBS escribió: Vie Ago 12, 2022 7:19 pm ¡Pregunta!, ¿la solicitud de revisión a la JMP tiene un limite de edad por parte del solicitante?. Me ha parecido leer en algún comentario que una vez cumplidos lo 65 años ya no se puede solicitar.
Hola, reitero mi pregunta, ¿se puede solicitar la revisión por agravamiento a partir de los 65 años?
Gracias.
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Re: DE TOTAL A ABSOLUTA

Mensaje por psmito »

Soy-AGBS escribió: Mar Ago 23, 2022 9:30 pm
Soy-AGBS escribió: Vie Ago 12, 2022 7:19 pm ¡Pregunta!, ¿la solicitud de revisión a la JMP tiene un limite de edad por parte del solicitante?. Me ha parecido leer en algún comentario que una vez cumplidos lo 65 años ya no se puede solicitar.
Hola, reitero mi pregunta, ¿se puede solicitar la revisión por agravamiento a partir de los 65 años?
Gracias.
Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

.Artículo 78. Calificación inicial de la incapacidad y revisiones.
1. Corresponde a los órganos médico periciales de la Sanidad Militar u órganos médicos civiles competentes, según proceda, la calificación del grado inicial de incapacidad.

2. El personal retirado o jubilado por inutilidad o incapacidad permanente que, al momento del retiro o jubilación, no alcanzase el grado de incapacidad absoluta y permanente requerido para acceder a la pensión complementaria de inutilidad para el servicio, o poseyendo éste, no sufra las pérdidas anatómicas o funcionales que originan la gran invalidez, podrá solicitar y, si procede, obtener, de los órganos médico periciales de la Sanidad Militar u órganos médicos civiles la revisión de su grado de incapacidad, una vez transcurrido el plazo de 3 años contados a partir de la fecha de la declaración de retiro o jubilación, siempre que no haya alcanzado la edad fijada con carácter general para el retiro o jubilación forzosa.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
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