Compra de vivienda INVIED por civil

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Vassag0
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Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Vassag0 »

Buenas a todos y todas.

Como ya he indicado en el hilo de presentación soy civil ahora, de forma circunstancial, me encuentro con un concepto del mundo militar que no domino.

En mi población estoy en trámites para la compra de una vivienda de INVIED por parte de un particular que es militar. No conocía la existencia de esta clasificación de viviendas, ni que era posible comprarla y vivir en un edificio donde hay más militares (y también civiles según me ha comentado el vendedor de otros compañeros que han ido vendiendo su vivienda).

Le he preguntado si había problemas al ser civil y me ha dicho que ninguno. Simplemente él debe avisar a los 10 años, al INVIED, de la venta a un civil. Esos 10 años se cumplen en 2024, ya que el la tiene desde 2014. Pero que no hay problema por retrasar esa información 2 años y tampoco hay problemas en que me otorguen la hipoteca.
Él parecía muy informado y seguro de todos los trámites, pero en mi caso me encuentro muy perdido. Por lo que me gustaría me ayudarais en las siguientes cuestiones:

- ¿No existe ningún problema en comprar la vivienda 2 años antes de que él informe al INVIED o podría tener pasar algo una vez de el informe?

- Actualmente tengo una vivienda en propiedad, esta quiero comprarla como proyecto de futuro. Tengo dos hijos y me gustaría dejarle una vivienda a cada uno en herencia. Por lo que no sé, si una vez pintada, amueblada y cambiados cuatro detalles a nuestro gusto (la vivienda está recién reformada, poco hay que mejorar); nos trasladaremos a vivir en ella y alquilaremos la actual o viviremos en la actual y alquilaremos la nueva (depende de la decisión de mi mujer y mis hijos). Por ello, una vez sea de mi propiedad ¿Tendría problemas por alquilarla?

Pues muchas gracias a todos y todas por vuestra ayuda.

Un saludo.
Francisco I
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Francisco I »

El problema, de haberlo, lo tendría siempre el vendedor con el INVIED. Al comprador, lo mas grave que podría pasarle es que el vendedor tuviera que devolverle el dinero de la compra, mas intereses con gastos y perjuicios; siempre que la operación de venta se considerara judicialmente como nula.
El que compra, a la vista de justo titulo, cosa cierta y admitida legalmente en el comercio, nunca puede salir perjudicado.... aunque si con dolores de cabeza.
En cualquier caso, esa clausula de no poder vender hasta los 10 años, debe estar reflejada en la escritura de propiedad; y el notario, a la vista de ella, actuará pidiendo la documentación pertinente para que el titulo sea legal y admitido en el Registro de la Propiedad.
Por otra parte, si median arras previas a la compra-venta, ya sabe que de no ser posible la venta, se tienen que devolver dobles.
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trasgu123
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por trasgu123 »

Las escrituras de esa vivienda deben de contener entre otros, un parrafo que mas o menos dice:

"" En todo caso durante un periodo de 10 años desde la adquisicion de la vivienda, la primera transmision por actos inter vivos de la misma, de parte de ella o de la cuota indivisa, DEBERA SER NOTIFICADA fehacientemente al INVIED, con indicacion del precio y condiciones en que se pretende realizar la compraventa. En el plazo de un mes desde la recepcion de la notificacion, el referido Instituto debera ejercer la transmision o ejercer el derecho de tanteo.

El tercero adquiriente, quedara obligado a remitir al citado organismo una copia de la escritura publica en que se efectuo la compraventa "".

Eso no impide la compraventa antes de los 10 años. Lo que hace es obligar a notificar por si INVIED quiere igualar la oferta, cosa bastante improbable.
Vassag0
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Vassag0 »

Buenas noches.

Muchas gracias por las respuestas. Yo, como ignorante del tema, no entendía bien las explicaciones que me dió el vendedor. Hoy, con el acuerdo bancario más fijado le he preguntado de nuevo y la respuesta ha sido en la línea de lo que comentáis.

Me ha dicho que de no poder venderse no sería posible en acto notarial. Lo que debe hacer, al venderla antes de los 10 años, es informar al INVIED. De hecho según me ha comentado la casa tiene un valor tan bajo, a pesar de lo bien que está, porque, aunque él la adquirió en muy mal estado la ha reformado por completo. Pero no puede venderla por encima de un valor ya establecido que le indicó un técnico del INVIED.
Me ha comentado que en esa misma escalera ya hay 3 civiles viviendo sin problemas en la venta. Y que de la urbanización, el Ministerio de Defensa, ha vendió la mitad de viviendas al ayuntamiento (en pago del suelo), ya que la base no dispone de tanto personal para tal cantidad de viviendas. De hecho aún quedan vacías un 30% de las viviendas INVIED.

Me ha comentado que la razón de su venta es que no va a promocionar y está cerca de cumplir los 45 años. Quiere trasladarse a la ciudad de origen de su mujer donde ambos tendrán más oportunidades laborales.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda. Según haya novedades, si no os importa, abusaré de vuestra ayuda.

Un saludo.
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por trasgu123 »

Vassag0 escribió: Mar Dic 28, 2021 1:43 am Buenas noches.

Muchas gracias por las respuestas. Yo, como ignorante del tema, no entendía bien las explicaciones que me dió el vendedor. Hoy, con el acuerdo bancario más fijado le he preguntado de nuevo y la respuesta ha sido en la línea de lo que comentáis.

Me ha dicho que de no poder venderse no sería posible en acto notarial. Lo que debe hacer, al venderla antes de los 10 años, es informar al INVIED. De hecho según me ha comentado la casa tiene un valor tan bajo, a pesar de lo bien que está, porque, aunque él la adquirió en muy mal estado la ha reformado por completo. Pero no puede venderla por encima de un valor ya establecido que le indicó un técnico del INVIED.
Me ha comentado que en esa misma escalera ya hay 3 civiles viviendo sin problemas en la venta. Y que de la urbanización, el Ministerio de Defensa, ha vendió la mitad de viviendas al ayuntamiento (en pago del suelo), ya que la base no dispone de tanto personal para tal cantidad de viviendas. De hecho aún quedan vacías un 30% de las viviendas INVIED.

Me ha comentado que la razón de su venta es que no va a promocionar y está cerca de cumplir los 45 años. Quiere trasladarse a la ciudad de origen de su mujer donde ambos tendrán más oportunidades laborales.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda. Según haya novedades, si no os importa, abusaré de vuestra ayuda.

Un saludo.
Correcto, excepto lo del "valor establecido".
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Mar Dic 28, 2021 1:24 pm
Vassag0 escribió: Mar Dic 28, 2021 1:43 am Buenas noches.

Muchas gracias por las respuestas. Yo, como ignorante del tema, no entendía bien las explicaciones que me dió el vendedor. Hoy, con el acuerdo bancario más fijado le he preguntado de nuevo y la respuesta ha sido en la línea de lo que comentáis.

Me ha dicho que de no poder venderse no sería posible en acto notarial. Lo que debe hacer, al venderla antes de los 10 años, es informar al INVIED. De hecho según me ha comentado la casa tiene un valor tan bajo, a pesar de lo bien que está, porque, aunque él la adquirió en muy mal estado la ha reformado por completo. Pero no puede venderla por encima de un valor ya establecido que le indicó un técnico del INVIED.
Me ha comentado que en esa misma escalera ya hay 3 civiles viviendo sin problemas en la venta. Y que de la urbanización, el Ministerio de Defensa, ha vendió la mitad de viviendas al ayuntamiento (en pago del suelo), ya que la base no dispone de tanto personal para tal cantidad de viviendas. De hecho aún quedan vacías un 30% de las viviendas INVIED.

Me ha comentado que la razón de su venta es que no va a promocionar y está cerca de cumplir los 45 años. Quiere trasladarse a la ciudad de origen de su mujer donde ambos tendrán más oportunidades laborales.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda. Según haya novedades, si no os importa, abusaré de vuestra ayuda.

Un saludo.
Correcto, excepto lo del "valor establecido".
A partir del próximo dia 1 de enero entran en vigor los valores de referencia, establecidos por el Catastro; y no se puede vender por debajo de dicho valor.
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por trasgu123 »

Francisco I escribió: Mar Dic 28, 2021 2:20 pm
trasgu123 escribió: Mar Dic 28, 2021 1:24 pm
Correcto, excepto lo del "valor establecido".
A partir del próximo dia 1 de enero entran en vigor los valores de referencia, establecidos por el Catastro; y no se puede vender por debajo de dicho valor.
Que yo conozca las antiguas viviendas de INVIFAS-INVIED, no tienen valor maximo de venta a terceros y ya se han vendido unas cuantas a terceras personas. En mi portal hay una vivienda que ya se ha vendido tres veces y cada vez seguro que a mayor precio que la anterior.

Por eso se me hace raro que el vendedor diga que "" no puede venderla por encima de un valor ya establecido "".
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Mar Dic 28, 2021 5:24 pm
Francisco I escribió: Mar Dic 28, 2021 2:20 pm
trasgu123 escribió: Mar Dic 28, 2021 1:24 pm
Correcto, excepto lo del "valor establecido".
A partir del próximo dia 1 de enero entran en vigor los valores de referencia, establecidos por el Catastro; y no se puede vender por debajo de dicho valor.
Que yo conozca las antiguas viviendas de INVIFAS-INVIED, no tienen valor maximo de venta a terceros y ya se han vendido unas cuantas a terceras personas. En mi portal hay una vivienda que ya se ha vendido tres veces y cada vez seguro que a mayor precio que la anterior.

Por eso se me hace raro que el vendedor diga que "" no puede venderla por encima de un valor ya establecido "".
Puede ser así, si esa vivienda tiene la consideración de vivienda protección oficial. En ese caso el precio está tasado por la Administración, salvo que previamente se libere abonando la parte correspondiente a la protección/bonificación que en su día se le aplicó. En cuyo caso pasa a ser vivienda de venta libre... y el vendedor deberá amarrarse los machos con la ganancia patrimonial obtenida.
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por trasgu123 »

Habria que saber de que año son, como estan inscritas en el registro, etc. En San Sebastian se han revendido unas cuantas sin limite de ningun tipo, con el unico condicionante de comunicar a INVIED la venta si es antes de 10 años y nunca se ha ejecutado la opcion de recompra .
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por Rromca2 »

Hola a todos, soy nuevo en el toro.
Se que este tema ya se ha Tratado, pero quiero probar suerte con las subastas de este año de Invied, y posiblemente qui hay gente bastante más puesta en este tema que yo.
Básicamente tengo dos dudas, y quería aclararlas antes de hacer nada, posiblemente se han contestado antes, pero por si ha cambiado algo, o me he enterado mal.
Una es si el piso, una vez adquirido se puede alquilar. Lo quiero como proyecto, y no se si finalmente viviré en mi casa a actual, o en él, en caso de ser afortunado claro...
Y otra es, según tengo entendido a partir de los diez años, puedes vender al precio que quieras, sin dar cuentas a nadie, pero antes de que pasen diez años tienes que avisar antes al Invied por si quieren igualar oferta.
Me equivoco en algo?
Muchas gracias a todos de ante mano.
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Re: Compra de vivienda INVIED por civil

Mensaje por trasgu123 »

SI puedes alquilar y NO te equivocas en nada.

En mi portal hay alquiladas 4 de las 8 existentes y yo acabo de vender la mía después de más de 10 años de la compra, sin comunicar nada a INVIED.

Supongo que las condiciones de venta de las viviendas de INVIED seguiran siendo las mismas, o similares.
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