Propuesta jubilación por ip del EVI

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Losthighway
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Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Hola, soy auxiliar administrativa de la AGE; funcionaria de muface, llevo casi año y medio de baja y he recibido hace unos días una carta por la que me comunican lo siguiente:
que valorando el resultado del reconocimiento médico realizado por parte de la Unidad Médica de Seguimiento (UMS) de la DP del INSS con motivo del cumplimiento del 16 mes de la IT, con resultado de recomendación de inicio de proceso de Jubilación por IP.
El INSS propone la jubilación, lo que quisiera saber es hasta qué punto el informe del EVI es vinculante, estoy un poco preocupada, porque para mi neurólogo con los informes actuales ( ya me denegaron la jubilación hace tres años) cree que me jubilarán; llamé a la delegación de gobierno y me dijeron que del INSS ya no me iban a llamar más, que ya había propuesto la jubilación pero en uno de los puntos de la carta pone textualmente :
" Remitir a la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades del domicilio de la interesada fotocopia del parte inicial de IT así como del último parte de confirmación, a los efectos de su convocatoria para reconocimiento médico", esto último es lo que no tengo claro ,qué unidad es esa.
Por favor, a ver si alguien me lo puede aclarar.....Gracias
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por trasgu123 »

Hasta donde yo se, la Unidad Medica es quien "controla" las bajas medicas y si procede solicita que se pase EVI. Posiblemente el formato de la comunicacion este prefijado y es para todo el mundo igual, se sea de la S Social o se sea de MUFACE.
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

gracias por contestar, a espera toca, espero que no se demoren mucho
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por trasgu123 »

Los expedientes de los funcionarios civiles van relativamente rapidos.

Si te jubilan, no te extrañe que a los dos años te llamen de la S Social para pasar revision y eso es porque el sistema no "discrimina" entre los suyos y los de MUFACE.
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Pero tenía entendido que no se podía revisar; que no es lo mismo que los que cotizan a la seguridad social.....
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por trasgu123 »

El sistema no "discrimina", si te citan hay dos opciones:

- No ir.
- Ir, decirles que eres de Clases Pasivas y se acabo el asunto.
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por radu »

Losthighway escribió: Sab Feb 05, 2022 2:08 pm Hola, soy auxiliar administrativa de la AGE; funcionaria de muface, llevo casi año y medio de baja y he recibido hace unos días una carta por la que me comunican lo siguiente:
que valorando el resultado del reconocimiento médico realizado por parte de la Unidad Médica de Seguimiento (UMS) de la DP del INSS con motivo del cumplimiento del 16 mes de la IT, con resultado de recomendación de inicio de proceso de Jubilación por IP.
El INSS propone la jubilación, lo que quisiera saber es hasta qué punto el informe del EVI es vinculante, estoy un poco preocupada, porque para mi neurólogo con los informes actuales ( ya me denegaron la jubilación hace tres años) cree que me jubilarán; llamé a la delegación de gobierno y me dijeron que del INSS ya no me iban a llamar más, que ya había propuesto la jubilación pero en uno de los puntos de la carta pone textualmente :
" Remitir a la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades del domicilio de la interesada fotocopia del parte inicial de IT así como del último parte de confirmación, a los efectos de su convocatoria para reconocimiento médico", esto último es lo que no tengo claro ,qué unidad es esa.
Por favor, a ver si alguien me lo puede aclarar.....Gracias

Buenos dias.

1. En principio, por lo que aportas, entiendo que los servicios médicos de tu administración (o a la instancia a la que entrega el proceso de control de las IT) instan a la apertura del expediente para la jubilación por IP, por lo que se te va citar para que el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS) proceda a la valoración médica de la posible IP:
" Remitir a la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades del domicilio de la interesada fotocopia del parte inicial de IT así como del último parte de confirmación, a los efectos de su convocatoria para reconocimiento médico".
2. La apertura del expediente es un "trámite"; de por sí no implica ni presupone la jubilación del trabajador. NO HAY JUBILACION POR IP SIN EVI DE POR MEDIO: no es posible, hoy día.
3. Una vez abierto expediente, es el EVI el que te cita (carta certificada, así debe ser) para un reconocimiento médico a fin de valorar si procede la IP, y en que grado, a partir de cumplir los requisitos básicos de cronicidad y gravedad en su incidencia laboral: IP total, IP absoluta, y por gran invalidez.
4. En cualquier caso, debes presentar todos los informes que tengas sobre la enfermedad (la causante de la baja) y otras patologías que puedan cumplir con la cronicidad y gravedad en su incidencia laboral. Conviene aportar todos los informes, sobre todo el INFORME ACTUALIZADO (de un mes o mes y poco, más o menos), emitidos por el especialista que le trata; porque así, con una buena historia clínica, el inspector ve la evolución de la patología, y se hace una idea de las perspectivas. Ese inspector, médico evaluador, redacta el IMS sobre el caso, que se lleva a la siguiente reunión del EVI, el famoso "tribunal", que en el 99% de las veces se pronuncia (dictamen, propuesta) conforme el IMS.
5. Una vez que el "tribunal" del EVI emite el dictamen (vinculante) es la administración la que emite la propuesta de resolución comunicando lo que proceda, que puede ser la jubilación por IP y el grado de esta. El afectado recibe aquella comunicación (carta certificada) - al mes o mes y medio, más o menos, de haber pasado por el EVI- y hace el papeleo de la jubilación en el órgano de la administración a la que pertenece; en ese mismo momento, si no se está de acuerdo con algo (por ejemplo, el grado), se hacen las alegaciones que se considere, y, con la resolución en firme, comienza todo el proceso de "pleitear" que puede llegar hasta la vista en el Contencioso Administrativo, para las Clases pasivas.

Saludos.
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Gracias por contestar!, es que ya pasé el EVI el mes pasado y ellos son los que han propuesto la jubilación por IP; y en el informe de síntesis que pedí, pone que proponen la jubilación porque según ellos ,ya no puedo trabajar, llamé a la delegación de gobierno cuando recibí la resolución y me dijeron que ya no tengo que pasar el EVI otra vez, estoy hecha un lío...
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por radu »

Losthighway escribió: Dom Feb 06, 2022 9:31 pm Gracias por contestar!, es que ya pasé el EVI el mes pasado y ellos son los que han propuesto la jubilación por IP; y en el informe de síntesis que pedí, pone que proponen la jubilación porque según ellos ,ya no puedo trabajar, llamé a la delegación de gobierno cuando recibí la resolución y me dijeron que ya no tengo que pasar el EVI otra vez, estoy hecha un lío...
Buenos noches .

ESTAS DANDO UNA INFORMACION CONFUSA: "he recibido hace unos días una carta por la que me comunican lo siguiente:
que valorando el resultado del reconocimiento médico realizado por parte de la Unidad Médica de Seguimiento (UMS) de la DP del INSS con motivo del cumplimiento del 16 mes de la IT, con resultado de recomendación de inicio de proceso de Jubilación por IP."
, y ahora dices que ya has pasado por el EVI el mes pasado (bueno, en realidad, por el EVI se pasa cada vez que te citan para "controlar" la IT; para eso y para valorar una IP, así que dos actos diferentes, pero tú sabrás -lo pone en la citación- para cual de los dos has pasado la última vez) tienes el IMS y la (propuesta , entiendo) de resolución (esta resolución será la de tu administración, porque el EVI no resuelve, emite un dictamen -si quieres llamarlo propuesta- para que aquella resuelva).
1. En principio, por lo que aportas, entiendo que los servicios médicos de tu administración (o a la instancia a la que entrega el proceso de control de las IT) instan a la apertura del expediente para la jubilación por IP, por lo que se te va citar para que el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS) proceda a la valoración médica de la posible IP:
" Remitir a la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades del domicilio de la interesada fotocopia del parte inicial de IT así como del último parte de confirmación, a los efectos de su convocatoria para reconocimiento médico".
2. La apertura del expediente es un "trámite"; de por sí no implica ni presupone la jubilación del trabajador. NO HAY JUBILACION POR IP SIN EVI DE POR MEDIO: no es posible, hoy día.
3. Una vez abierto expediente, es el EVI el que te cita (carta certificada, así debe ser) para un reconocimiento médico a fin de valorar si procede la IP, y en que grado, a partir de cumplir los requisitos básicos de cronicidad y gravedad en su incidencia laboral: IP total, IP absoluta, y por gran invalidez.
4. En cualquier caso, debes presentar todos los informes que tengas sobre la enfermedad (la causante de la baja) y otras patologías que puedan cumplir con la cronicidad y gravedad en su incidencia laboral. Conviene aportar todos los informes, sobre todo el INFORME ACTUALIZADO (de un mes o mes y poco, más o menos), emitidos por el especialista que le trata; porque así, con una buena historia clínica, el inspector ve la evolución de la patología, y se hace una idea de las perspectivas. Ese inspector, médico evaluador, redacta el IMS sobre el caso, que se lleva a la siguiente reunión del EVI, el famoso "tribunal", que en el 99% de las veces se pronuncia (dictamen, propuesta) conforme el IMS.
5. Una vez que el "tribunal" del EVI emite el dictamen (vinculante) es la administración la que emite la propuesta de resolución comunicando lo que proceda, que puede ser la jubilación por IP y el grado de esta. El afectado recibe aquella comunicación (carta certificada) - al mes o mes y medio, más o menos, de haber pasado por el EVI- y hace el papeleo de la jubilación en el órgano de la administración a la que pertenece; en ese mismo momento, si no se está de acuerdo con algo (por ejemplo, el grado), se hacen las alegaciones que se considere, y, con la resolución en firme, comienza todo el proceso de "pleitear" que puede llegar hasta la vista en el Contencioso Administrativo, para las Clases pasivas.
BIEN ESTAS EN EL PUNTO 1 BIEN ESTAS EN EL PUNTO 5, NO PUEDES ESTAR EN LOS DOS A LA VEZ.

Saludos.
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Os cuento, el lunes me llaman por teléfono del INSS , y me dicen que acuda a revisión al día siguiente, cuando llego , me llama el médico y me dice que ya tiene el informe casi hecho; no tengo nuevos informes médicos porque en enero ya los presenté, me pregunta que si no veo capacitada para realizar mi trabajo y alguna cosa más, y que ya me comunicarán lo que sea, lo que no entiendo ahora por qué tantas prisas, no sé si es porque ahora hago los 545 días de baja, aunque ya habían iniciado el expediente por jubilación en enero; supongo que hasta dentro de un mes o más no tendré respuestas,
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por radu »

Losthighway escribió: Jue Feb 10, 2022 6:54 am Os cuento, el lunes me llaman por teléfono del INSS , y me dicen que acuda a revisión al día siguiente, cuando llego , me llama el médico y me dice que ya tiene el informe casi hecho; no tengo nuevos informes médicos porque en enero ya los presenté, me pregunta que si no veo capacitada para realizar mi trabajo y alguna cosa más, y que ya me comunicarán lo que sea, lo que no entiendo ahora por qué tantas prisas, no sé si es porque ahora hago los 545 días de baja, aunque ya habían iniciado el expediente por jubilación en enero; supongo que hasta dentro de un mes o más no tendré respuestas,
Buenas noches

¿Prisas? ¿En qué?

Saludos
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Me refería a llamarme para asistir al día siguiente, la verdad es que estoy muy nerviosa y de bajón, prefiero no pensar si me la deniegan otra vez ( me la denegaron hace 3 años ), mi neurólogo ha hecho la consulta con un perito y me dice que si me la deniegan que vaya a juicio, pero por otro lado no sé cuanto se podría demorar el contencioso, a ver si tiene alguien la experiencia de esto, y tampoco sé las costas aproximadas de abogado procurador...,alguien sabe si se puede pedir el informe de síntesis al inss antes de recibir la resolución de la jubilación ?gracias por vuestra atención
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Pandemolde99 »

Losthighway escribió: Lun Feb 14, 2022 8:13 pm Me refería a llamarme para asistir al día siguiente, la verdad es que estoy muy nerviosa y de bajón, prefiero no pensar si me la deniegan otra vez ( me la denegaron hace 3 años ), mi neurólogo ha hecho la consulta con un perito y me dice que si me la deniegan que vaya a juicio, pero por otro lado no sé cuanto se podría demorar el contencioso, a ver si tiene alguien la experiencia de esto, y tampoco sé las costas aproximadas de abogado procurador...,alguien sabe si se puede pedir el informe de síntesis al inss antes de recibir la resolución de la jubilación ?gracias por vuestra atención
Yo solo te puedo hablar de mi propio caso. A mí me avisaron a mediados de Febrero d2021 que el día 26 tenía que pasar el EVI. Me presenté a la hora con toda mi documentación, y el médico me hizo tres preguntas chorra y no miró nada de lo que llevaba.
El día 12 de Marzo me llamaron de mi Gerencia para decirme que el EVI había elevado informe favorable a la incapacidad permanente (en mi caso, como en el de la mayoría, en grado de total) y ya se había producido la resolución de jubilación. En mi caso nadie me mandó nada hasta que yo se lo solicité a la chica de la Gerencia.
Así que no te pongas nerviosa, espera acontecimientos y ya está. Si el EVI no te es favorable o la resolución no te gusta, tu abogado sabe qué hacer. En general, los abogados no suelen ser careros en estos casos, pero darte una cifra es imposible (depende de las provincias, del propio abogado, etc). Los gastos de Procurador ínfimos comparados con los del letrado.
Si no puedes costeartelos, recuerda que puedes solicitar justicia gratuita y que te los nombren de oficio. También puedes hacerlo como yo, que acudí a un sindicato (que saben mucho del tema). En este caso, no pintan las ideologías sino tu interés.
Cualquier cosa que mi experiencia o pobres conocimientos pueda servirte, no dudes en ponerte en contacto. Saludos y mucho ànimo.
"La inteligencia nos persigue, pero nosotros somos más rápidos".
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Losthighway »

Hola , hoy me ha llegado la resolución denegatoria de la jubilación por incapacidad permanente, tengo 15 días para presentar alegaciones, que no sé si valdrán para algo, alguien me puede asesorar de lo que puedo hacer? la verdad es que ha sido un jarro de agua fría, mi neurólogo confiaba en que me jubilarían; el lunes llamaré a un abogado con el estoy en contacto , en el caso de que vaya al contencioso , alguien sabe cuánto puede tardar? , estoy de baja desde agosto del 2020, creo que tengo las vacaciones de este año; del 2021, y los días que me quedaban del 2020 ( éstas si me incorporo antes de junio, creo ), cuando se me acaben las vacaciones puedo solicitar una nueva baja médica o me la puede denegar muface? , gracias por la atención
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Re: Propuesta jubilación por ip del EVI

Mensaje por Pandemolde99 »

Losthighway escribió: Vie Feb 18, 2022 9:15 pm Hola , hoy me ha llegado la resolución denegatoria de la jubilación por incapacidad permanente, tengo 15 días para presentar alegaciones, que no sé si valdrán para algo, alguien me puede asesorar de lo que puedo hacer? la verdad es que ha sido un jarro de agua fría, mi neurólogo confiaba en que me jubilarían; el lunes llamaré a un abogado con el estoy en contacto , en el caso de que vaya al contencioso , alguien sabe cuánto puede tardar? , estoy de baja desde agosto del 2020, creo que tengo las vacaciones de este año; del 2021, y los días que me quedaban del 2020 ( éstas si me incorporo antes de junio, creo ), cuando se me acaben las vacaciones puedo solicitar una nueva baja médica o me la puede denegar muface? , gracias por la atención
El mejor consejo que te puedo dar es: déjate guiar por tu abogado. Él es quien mejor puede decirte y aclarar tus dudas. Es muy difícil decirte cuánto puede tardar...depende del Juzgado que te toque, de la carga de trabajo, y de muchos factores. Confía en tu abogado.
"La inteligencia nos persigue, pero nosotros somos más rápidos".
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