Militar con epilepsia

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Abalorio4
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Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Buenos días compañeros alguien que haya pasado la revisión para el grado de discapacidad de su CCAA cuanto tiempo tardaron en mandaros la resolución con el grado de discapacidad?
Yo lo solicité en diciembre del 2020 y fui el pasado lunes 18 de abril tardaron 16 meses en avisarme, me hubiera gustado llevarlo a la jmps que voy el próximo jueves 28 y creo que no lo tendré para ese día.
Coyote81
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Coyote81 »

Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 8:41 am Buenos días compañeros alguien que haya pasado la revisión para el grado de discapacidad de su CCAA cuanto tiempo tardaron en mandaros la resolución con el grado de discapacidad?
Yo lo solicité en diciembre del 2020 y fui el pasado lunes 18 de abril tardaron 16 meses en avisarme, me hubiera gustado llevarlo a la jmps que voy el próximo jueves 28 y creo que no lo tendré para ese día.
Buenos días Abalorio4;
Hay un apartado específico en el foro para los asuntos concernientes a “Discapacidad” (el apartado se llama así), pero ya que has lanzado la cuestión, te responderé; varía según la Comunidad Autónoma, en Andalucía de donde soy yo, tardan unos dos ó tres meses..pero puedes descargarte antes el certificado de discapacidad y ver el tanto por ciento que te han asignado desde la “carpeta ciudadana”, yo lo tuve disponible en la carpeta ciudadana a las 2 semanas.
Conozco personas que han ido al centro de valoración de mi ciudad (Sevilla), porque lo necesitaban para trabajar, y en una semana lo han recogido en el mismo centro con el concepto “notificación presencial en Centro de Valoración”.
Te recomiendo que digas que “lo necesitas urgentemente para trabajar”, si dices que es para la JMPS…igual hasta se lo toman a mal.

Vas muy justo, pero por intentar lo de Carpeta Ciudadana y solicitar en el Centro que te lo adelanten…no pierdes nada.

Saludos y espero que te sea de ayuda.
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Muchas gracias, yo también soy de Andalucía y eso en donde tendría que entrar en internet para poder descargarlo un saludo.
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Coyote81 »

Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 9:33 am Muchas gracias, yo también soy de Andalucía y eso en donde tendría que entrar en internet para poder descargarlo un saludo.
Se accede con el sistema “Cl@ve”, ve echándole un ojo hasta que veas la opción “descargar certificado de discapacidad” te paso enlace:

https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Saludos!!
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Acabo de llamar porque no vivo en Cádiz capital y me an dicho que aquí en Cádiz suelen tardar un mes aproximadamente y que no me lo pueden adelantar que eso no pueden hacerlo de todas maneras el lunes que ya hace una semana iré personalmente allí haber si hay suerte, esque no se porque están tardando tanto en llamar, 16 meses esperando para la valoración

Un saludo
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Coyote81 escribió: Vie Abr 22, 2022 9:37 am
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 9:33 am Muchas gracias, yo también soy de Andalucía y eso en donde tendría que entrar en internet para poder descargarlo un saludo.
Se accede con el sistema “Cl@ve”, ve echándole un ojo hasta que veas la opción “descargar certificado de discapacidad” te paso enlace:

https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Saludos!!
O también con certificado digital que es lo que yo tengo
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Danaerys »

Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 8:41 am Buenos días compañeros alguien que haya pasado la revisión para el grado de discapacidad de su CCAA cuanto tiempo tardaron en mandaros la resolución con el grado de discapacidad?
Yo lo solicité en diciembre del 2020 y fui el pasado lunes 18 de abril tardaron 16 meses en avisarme, me hubiera gustado llevarlo a la jmps que voy el próximo jueves 28 y creo que no lo tendré para ese día.
Si tienes Certificado digital puedes ir a la carpeta ciudadana y descargarlo de ahí.
A mi me tardaron 4 meses en mandarme la resolución y la tarjeta de discapacidad, pero el resultado de la valoración la cuelgan el mismo día.

Vas aquí:
https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Le das a Acceder, entras con el certificado o el pin cl@ve. Luego te vas a Mis datos y ahí está Situaciones Personales. Y dentro, Discapacidad.
Le das. Si te han dado mínimo un 33 te saldrá y podrás descargarte un certificado.
Si te sale que no tienes discapacidad es que no te llegó al 33.

Ya nos cuentas. Si la pasaste el 18, ya tiene que estar de sobra ahí la resolución.
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Danaerys »

Coño, ahora veo que ya todos te han dicho lo mismo.
Voy a por otro café que se ve que sigo dormida, jajaja
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Danaerys escribió: Vie Abr 22, 2022 12:31 pm
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 8:41 am Buenos días compañeros alguien que haya pasado la revisión para el grado de discapacidad de su CCAA cuanto tiempo tardaron en mandaros la resolución con el grado de discapacidad?
Yo lo solicité en diciembre del 2020 y fui el pasado lunes 18 de abril tardaron 16 meses en avisarme, me hubiera gustado llevarlo a la jmps que voy el próximo jueves 28 y creo que no lo tendré para ese día.
Si tienes Certificado digital puedes ir a la carpeta ciudadana y descargarlo de ahí.
A mi me tardaron 4 meses en mandarme la resolución y la tarjeta de discapacidad, pero el resultado de la valoración la cuelgan el mismo día.

Vas aquí:
https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Le das a Acceder, entras con el certificado o el pin cl@ve. Luego te vas a Mis datos y ahí está Situaciones Personales. Y dentro, Discapacidad.
Le das. Si te han dado mínimo un 33 te saldrá y podrás descargarte un certificado.
Si te sale que no tienes discapacidad es que no te llegó al 33.

Ya nos cuentas. Si la pasaste el 18, ya tiene que estar de sobra ahí la resolución.
Hago lo que me dices y me pone en datos de la consulta seleccionar comunidad Autónoma y provincia, pongo Andalucía y Cádiz y le doy a buscar y me pone que con los datos introducidos no se obtiene información. Debes solicitar tu certificado en tu comunidad Autónoma
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Coyote81 »

Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 1:31 pm
Danaerys escribió: Vie Abr 22, 2022 12:31 pm
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 8:41 am Buenos días compañeros alguien que haya pasado la revisión para el grado de discapacidad de su CCAA cuanto tiempo tardaron en mandaros la resolución con el grado de discapacidad?
Yo lo solicité en diciembre del 2020 y fui el pasado lunes 18 de abril tardaron 16 meses en avisarme, me hubiera gustado llevarlo a la jmps que voy el próximo jueves 28 y creo que no lo tendré para ese día.
Si tienes Certificado digital puedes ir a la carpeta ciudadana y descargarlo de ahí.
A mi me tardaron 4 meses en mandarme la resolución y la tarjeta de discapacidad, pero el resultado de la valoración la cuelgan el mismo día.

Vas aquí:
https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Le das a Acceder, entras con el certificado o el pin cl@ve. Luego te vas a Mis datos y ahí está Situaciones Personales. Y dentro, Discapacidad.
Le das. Si te han dado mínimo un 33 te saldrá y podrás descargarte un certificado.
Si te sale que no tienes discapacidad es que no te llegó al 33.

Ya nos cuentas. Si la pasaste el 18, ya tiene que estar de sobra ahí la resolución.
Hago lo que me dices y me pone en datos de la consulta seleccionar comunidad Autónoma y provincia, pongo Andalucía y Cádiz y le doy a buscar y me pone que con los datos introducidos no se obtiene información. Debes solicitar tu certificado en tu comunidad Autónoma
Eso es lo que sale cuando aún no está disponible, lo sé porque lo comencé a mirar y comprobar a la semana de pasar la valoración, y en mi caso, lo colgaron a las 2 semanas.
Espero que lo cuelguen a tiempo antes que tengas que pasar la JMPS.

Un saludo y suerte!!

Edito: He visto que a la compañera Danaerys le tardó mucho menos que a mi…y creo ella y yo lo pasamos en el mismo CVO, a ver si tienes suerte y te tarda también poco.
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Coyote81 »

Danaerys escribió: Vie Abr 22, 2022 12:33 pm Coño, ahora veo que ya todos te han dicho lo mismo.
Voy a por otro café que se ve que sigo dormida, jajaja
:lol: :lol: :lol: :lol:
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Abalorio4 »

Coyote81 escribió: Vie Abr 22, 2022 2:44 pm
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 1:31 pm
Danaerys escribió: Vie Abr 22, 2022 12:31 pm

Si tienes Certificado digital puedes ir a la carpeta ciudadana y descargarlo de ahí.
A mi me tardaron 4 meses en mandarme la resolución y la tarjeta de discapacidad, pero el resultado de la valoración la cuelgan el mismo día, de todas maneras también lo mire en la carpeta ciudadano de la junta de Andalucía y tampoco está disponible aún

Vas aquí:
https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

Le das a Acceder, entras con el certificado o el pin cl@ve. Luego te vas a Mis datos y ahí está Situaciones Personales. Y dentro, Discapacidad.
Le das. Si te han dado mínimo un 33 te saldrá y podrás descargarte un certificado.
Si te sale que no tienes discapacidad es que no te llegó al 33.

Ya nos cuentas. Si la pasaste el 18, ya tiene que estar de sobra ahí la resolución.
Hago lo que me dices y me pone en datos de la consulta seleccionar comunidad Autónoma y provincia, pongo Andalucía y Cádiz y le doy a buscar y me pone que con los datos introducidos no se obtiene información. Debes solicitar tu certificado en tu comunidad Autónoma
Eso es lo que sale cuando aún no está disponible, lo sé porque lo comencé a mirar y comprobar a la semana de pasar la valoración, y en mi caso, lo colgaron a las 2 semanas.
Espero que lo cuelguen a tiempo antes que tengas que pasar la JMPS.

Un saludo y suerte!!

Edito: He visto que a la compañera Danaerys le tardó mucho menos que a mi…y creo ella y yo lo pasamos en el mismo CVO, a ver si tienes suerte y te tarda también poco.
Esperemos que pueda tenerlo, la idea de mi abogada era que lo adjuntaramos junto a las nuevas patologías
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Re: Militar con epilepsia

Mensaje por Coyote81 »

Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 3:14 pm
Coyote81 escribió: Vie Abr 22, 2022 2:44 pm
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 1:31 pm

Hago lo que me dices y me pone en datos de la consulta seleccionar comunidad Autónoma y provincia, pongo Andalucía y Cádiz y le doy a buscar y me pone que con los datos introducidos no se obtiene información. Debes solicitar tu certificado en tu comunidad Autónoma
Eso es lo que sale cuando aún no está disponible, lo sé porque lo comencé a mirar y comprobar a la semana de pasar la valoración, y en mi caso, lo colgaron a las 2 semanas.
Espero que lo cuelguen a tiempo antes que tengas que pasar la JMPS.

Un saludo y suerte!!

Edito: He visto que a la compañera Danaerys le tardó mucho menos que a mi…y creo ella y yo lo pasamos en el mismo CVO, a ver si tienes suerte y te tarda también poco.
Esperemos que pueda tenerlo, la idea de mi abogada era que lo adjuntaramos junto a las nuevas patologías
Buenos días;
La idea de tu abogada me parece de lo más acertada, y te voy a fundamentar jurídicamente el por qué, bajo mi punto de vista subjetivo lo veo así;

En la JMPO que he paso yo (la ordinaria), hablando mal y pronto…”se limpiaron el trasero” con mi resolución en la que se me asigna un 50% de discapacidad con carácter indefinido desde el 31 de enero de 2020, a ese 50% habría que añadirle (como así solicité a la JMPO) varias patologías que me han surgido o agravado tras la valoración de la discapacidad, sobre todo añadir por la que me dieron el coeficiente 5 en la JMPO: el “síndrome fibromiálgico”; por tanto, ese 50% aumentaría considerablemente y por ello, una incapacidad total en mi estado, me parece una tomadura de pelo y es por eso por lo que he presentado alegaciones para ser valorado en la JMP Superior de las FAS (No hay que confundir DISCAPACIDAD con INCAPACIDAD, pero más adelante, queda acreditado que vinculan ambos términos a modo de referencia)

En la JMPS de las FAS, sé por la experiencia de otros compañeros y por lo que he leído en el foro, que SÍ le dan mucha importancia a la Resolución de la discapacidad que emiten las CCAA, que son las que tienen las competencias delegadas del Estado para ello.
El motivo por el que SÍ lo tienen en cuenta y le dan importancia, es porque en el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, dice literalmente en lo que entiendo que es el preámbulo que: “ En algunas de las citadas resoluciones puede determinarse el pase a retiro o la resolución del compromiso del militar afectado. Por esta razón, para economizar medios y reducir trámites que alarguen innecesariamente los plazos para la determinación de la cuantía de las pensiones o indemnizaciones, cuando el órgano médico pericial que emite dictamen a efectos del expediente de aptitud psicofísica para el servicio en las Fuerzas Armadas aprecie algún caso en que el afectado pudiera pasar a retiro o resolverse su compromiso, también incluirá en su informe el grado de minusvalía, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía..

Así mismo, continuando con el RD 944/2001, vuelve ha hacer alusión al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en el Artículo 18.1, en el que establece que”Como criterio de referencia, se trataría de discapacidades moderadas, con una valoración de 25 por 100 o superior en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía”.

Así que te deseo mucha suerte, y espero que consigas al menos el certificado desde la carpeta ciudadana, porque en base a todo lo expuesto, reitero que la idea de tu abogada me parece muy acertada.

Saludos!!

Pd: Perdón por el tostón jurídico que te he soltado.. :oops:
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Re: Militar con epilepsia

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Coyote81 escribió: Dom Abr 24, 2022 8:28 am
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 3:14 pm
Coyote81 escribió: Vie Abr 22, 2022 2:44 pm

Eso es lo que sale cuando aún no está disponible, lo sé porque lo comencé a mirar y comprobar a la semana de pasar la valoración, y en mi caso, lo colgaron a las 2 semanas.
Espero que lo cuelguen a tiempo antes que tengas que pasar la JMPS.

Un saludo y suerte!!

Edito: He visto que a la compañera Danaerys le tardó mucho menos que a mi…y creo ella y yo lo pasamos en el mismo CVO, a ver si tienes suerte y te tarda también poco.
Esperemos que pueda tenerlo, la idea de mi abogada era que lo adjuntaramos junto a las nuevas patologías
Buenos días;
La idea de tu abogada me parece de lo más acertada, y te voy a fundamentar jurídicamente el por qué, bajo mi punto de vista subjetivo lo veo así;

En la JMPO que he paso yo (la ordinaria), hablando mal y pronto…”se limpiaron el trasero” con mi resolución en la que se me asigna un 50% de discapacidad con carácter indefinido desde el 31 de enero de 2020, a ese 50% habría que añadirle (como así solicité a la JMPO) varias patologías que me han surgido o agravado tras la valoración de la discapacidad, sobre todo añadir por la que me dieron el coeficiente 5 en la JMPO: el “síndrome fibromiálgico”; por tanto, ese 50% aumentaría considerablemente y por ello, una incapacidad total en mi estado, me parece una tomadura de pelo y es por eso por lo que he presentado alegaciones para ser valorado en la JMP Superior de las FAS (No hay que confundir DISCAPACIDAD con INCAPACIDAD, pero más adelante, queda acreditado que vinculan ambos términos a modo de referencia)

En la JMPS de las FAS, sé por la experiencia de otros compañeros y por lo que he leído en el foro, que SÍ le dan mucha importancia a la Resolución de la discapacidad que emiten las CCAA, que son las que tienen las competencias delegadas del Estado para ello.
El motivo por el que SÍ lo tienen en cuenta y le dan importancia, es porque en el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, dice literalmente en lo que entiendo que es el preámbulo que: “En algunas de las citadas resoluciones puede determinarse el pase a retiro o la resolución del compromiso del militar afectado. Por esta razón, para economizar medios y reducir trámites que alarguen innecesariamente los plazos para la determinación de la cuantía de las pensiones o indemnizaciones, cuando el órgano médico pericial que emite dictamen a efectos del expediente de aptitud psicofísica para el servicio en las Fuerzas Armadas aprecie algún caso en que el afectado pudiera pasar a retiro o resolverse su compromiso, también incluirá en su informe el grado de minusvalía, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del En algunas de las citadas resoluciones puede determinarse el pase a retiro o la resolución del compromiso del militar afectado. Por esta razón, para economizar medios y reducir trámites que alarguen innecesariamente los plazos para la determinación de la cuantía de las pensiones o indemnizaciones, cuando el órgano médico pericial que emite dictamen a efectos del expediente de aptitud psicofísica para el servicio en las Fuerzas Armadas aprecie algún caso en que el afectado pudiera pasar a retiro o resolverse su compromiso, también incluirá en su informe el grado de minusvalía, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía..

Así mismo, continuando con el RD 944/2001, vuelve ha hacer alusión al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en el Artículo 18.1, en el que establece que”Como criterio de referencia, se trataría de discapacidades moderadas, con una valoración de 25 por 100 o superior en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía”.

Así que te deseo mucha suerte, y espero que consigas al menos el certificado desde la carpeta ciudadana, porque en base a todo lo expuesto, reitero que la idea de tu abogada me parece muy acertada.

Saludos!!

Pd: Perdón por el tostón jurídico que te he soltado.. :oops:
Esperemos conseguirlo antes del miércoles por la carpeta ciudadana porque llame y me dijeron que no se podía adelantar.
Esque tardaron mucho en llamar pero bueno haber que pasa de todas maneras con los informes que llevo me dice mi abogada que ella cree que se puede conseguir, yo confio mucho en ella , es abogada y habilitada de clases pasivas.
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Re: Militar con epilepsia

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Abalorio4 escribió: Dom Abr 24, 2022 8:37 am
Coyote81 escribió: Dom Abr 24, 2022 8:28 am
Abalorio4 escribió: Vie Abr 22, 2022 3:14 pm

Esperemos que pueda tenerlo, la idea de mi abogada era que lo adjuntaramos junto a las nuevas patologías
Buenos días;
La idea de tu abogada me parece de lo más acertada, y te voy a fundamentar jurídicamente el por qué, bajo mi punto de vista subjetivo lo veo así;

En la JMPO que he paso yo (la ordinaria), hablando mal y pronto…”se limpiaron el trasero” con mi resolución en la que se me asigna un 50% de discapacidad con carácter indefinido desde el 31 de enero de 2020, a ese 50% habría que añadirle (como así solicité a la JMPO) varias patologías que me han surgido o agravado tras la valoración de la discapacidad, sobre todo añadir por la que me dieron el coeficiente 5 en la JMPO: el “síndrome fibromiálgico”; por tanto, ese 50% aumentaría considerablemente y por ello, una incapacidad total en mi estado, me parece una tomadura de pelo y es por eso por lo que he presentado alegaciones para ser valorado en la JMP Superior de las FAS (No hay que confundir DISCAPACIDAD con INCAPACIDAD, pero más adelante, queda acreditado que vinculan ambos términos a modo de referencia)

En la JMPS de las FAS, sé por la experiencia de otros compañeros y por lo que he leído en el foro, que SÍ le dan mucha importancia a la Resolución de la discapacidad que emiten las CCAA, que son las que tienen las competencias delegadas del Estado para ello.
El motivo por el que SÍ lo tienen en cuenta y le dan importancia, es porque en el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, dice literalmente en lo que entiendo que es el preámbulo que: “En algunas de las citadas resoluciones puede determinarse el pase a retiro o la resolución del compromiso del militar afectado. Por esta razón, para economizar medios y reducir trámites que alarguen innecesariamente los plazos para la determinación de la cuantía de las pensiones o indemnizaciones, cuando el órgano médico pericial que emite dictamen a efectos del expediente de aptitud psicofísica para el servicio en las Fuerzas Armadas aprecie algún caso en que el afectado pudiera pasar a retiro o resolverse su compromiso, también incluirá en su informe el grado de minusvalía, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del En algunas de las citadas resoluciones puede determinarse el pase a retiro o la resolución del compromiso del militar afectado. Por esta razón, para economizar medios y reducir trámites que alarguen innecesariamente los plazos para la determinación de la cuantía de las pensiones o indemnizaciones, cuando el órgano médico pericial que emite dictamen a efectos del expediente de aptitud psicofísica para el servicio en las Fuerzas Armadas aprecie algún caso en que el afectado pudiera pasar a retiro o resolverse su compromiso, también incluirá en su informe el grado de minusvalía, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía..

Así mismo, continuando con el RD 944/2001, vuelve ha hacer alusión al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en el Artículo 18.1, en el que establece que”Como criterio de referencia, se trataría de discapacidades moderadas, con una valoración de 25 por 100 o superior en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía”.

Así que te deseo mucha suerte, y espero que consigas al menos el certificado desde la carpeta ciudadana, porque en base a todo lo expuesto, reitero que la idea de tu abogada me parece muy acertada.

Saludos!!

Pd: Perdón por el tostón jurídico que te he soltado.. :oops:
Esperemos conseguirlo antes del miércoles por la carpeta ciudadana porque llame y me dijeron que no se podía adelantar.
Esque tardaron mucho en llamar pero bueno haber que pasa de todas maneras con los informes que llevo me dice mi abogada que ella cree que se puede conseguir, yo confio mucho en ella , es abogada y habilitada de clases pasivas.
Pues lo dicho, suerte compañero y a por ello!!
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