RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Hola psmito.
Supuestamente, por lo que he leído en este foro, la retroactividad es desde el momento en que se aprobó la pensión que habilita al percibo del complemento de maternidad según se ha dispuesto en sentencia del Tribunal Supremo (creo recordar que 2 sentencias) amén de otras sentencias de tribunales superiores porque habían dictaminado que el derecho surgía desde dicho momento. Por eso pregunto, porque dudo.
Por otro lado, yo cobro la pensión máxima y creía que el complemento de maternidad era independiente del tope máximo establecido para las pensiones contributivas pero, a pesar de haber recibido la comunicación que os he comunicado donde se me dice cada importe mensual según el ejercicio en el que se devengarían, estos complementos no vienen reflejados en la nómina del mes de mayo que está colgada en Clases Pasivas. ¿Es un pago aparte? Pensaba que vendría con esta mensualidad, puede que como lo han reconocido con fecha de 19 de mayo ya no entre hasta la nómina de junio.
Gracias por vuestra iluminación (puede que esté equivocado en mis apreciaciones).
Supuestamente, por lo que he leído en este foro, la retroactividad es desde el momento en que se aprobó la pensión que habilita al percibo del complemento de maternidad según se ha dispuesto en sentencia del Tribunal Supremo (creo recordar que 2 sentencias) amén de otras sentencias de tribunales superiores porque habían dictaminado que el derecho surgía desde dicho momento. Por eso pregunto, porque dudo.
Por otro lado, yo cobro la pensión máxima y creía que el complemento de maternidad era independiente del tope máximo establecido para las pensiones contributivas pero, a pesar de haber recibido la comunicación que os he comunicado donde se me dice cada importe mensual según el ejercicio en el que se devengarían, estos complementos no vienen reflejados en la nómina del mes de mayo que está colgada en Clases Pasivas. ¿Es un pago aparte? Pensaba que vendría con esta mensualidad, puede que como lo han reconocido con fecha de 19 de mayo ya no entre hasta la nómina de junio.
Gracias por vuestra iluminación (puede que esté equivocado en mis apreciaciones).
- psmito
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Si cuando se solicitó, no han pasado cuatro años desde la concesión de la pensión, obviamente es desde el momento de concesión de la pensión + el tiempo que transcurre hasta el cobro del complementoGuat escribió: ↑Mar May 23, 2023 5:17 pm Hola psmito.
Supuestamente, por lo que he leído en este foro, la retroactividad es desde el momento en que se aprobó la pensión que habilita al percibo del complemento de maternidad según se ha dispuesto en sentencia del Tribunal Supremo (creo recordar que 2 sentencias) amén de otras sentencias de tribunales superiores porque habían dictaminado que el derecho surgía desde dicho momento. Por eso pregunto, porque dudo.
Por otro lado, yo cobro la pensión máxima y creía que el complemento de maternidad era independiente del tope máximo establecido para las pensiones contributivas pero, a pesar de haber recibido la comunicación que os he comunicado donde se me dice cada importe mensual según el ejercicio en el que se devengarían, estos complementos no vienen reflejados en la nómina del mes de mayo que está colgada en Clases Pasivas. ¿Es un pago aparte? Pensaba que vendría con esta mensualidad, puede que como lo han reconocido con fecha de 19 de mayo ya no entre hasta la nómina de junio.
Gracias por vuestra iluminación (puede que esté equivocado en mis apreciaciones).
Pero si han pasado más de cuatro años, pues pierdes los meses que pasen de ellos
Se cobra en la misma nómina
Al cobrar la pensión máxima el complemento se reduce en un 50%
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Hola, psmito
gracias por tus palabras. Tengo algunas dudas:
Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento.
¿Desde que se me notifica esta resolución tienen que pasar máximo 4 meses para liquidar? A ver lo que hacen.
Por otro lado, me indican estos importes:
IMPORTE MENSUAL EN EUROS
AÑO PENSIÓN COMPLEMENTO
MATERNIDAD
---- ------------ ------------
2019 3.186,77 132,97
2020 3.215,45 134,17
2021 3.295,84 137,52
2022 3.378,24 140,96
2023 3.665,39 152,94
Por lo que se supone que me tendrían que haber indicado que solo cobraría el 50% de estos importes pero no lo hacen. La verdad que pelean mucho para lo que van a incrementar porque si se queda en la mitad... no sale lo que publicaron algunas noticias sobre jubilados que habían recibido 15 o 20.000 euros por este complemento por los atrasos ¿?
Gracias por vuestros comentarios.
P.s.: lo que más me j... es tener que hacer complementarias de cada ejercicio por estos importes
gracias por tus palabras. Tengo algunas dudas:
Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento.
¿Desde que se me notifica esta resolución tienen que pasar máximo 4 meses para liquidar? A ver lo que hacen.
Por otro lado, me indican estos importes:
IMPORTE MENSUAL EN EUROS
AÑO PENSIÓN COMPLEMENTO
MATERNIDAD
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2019 3.186,77 132,97
2020 3.215,45 134,17
2021 3.295,84 137,52
2022 3.378,24 140,96
2023 3.665,39 152,94
Por lo que se supone que me tendrían que haber indicado que solo cobraría el 50% de estos importes pero no lo hacen. La verdad que pelean mucho para lo que van a incrementar porque si se queda en la mitad... no sale lo que publicaron algunas noticias sobre jubilados que habían recibido 15 o 20.000 euros por este complemento por los atrasos ¿?
Gracias por vuestros comentarios.
P.s.: lo que más me j... es tener que hacer complementarias de cada ejercicio por estos importes
- psmito
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Entiendo que tienes 3 hijos y te corresponde el 10%Guat escribió: ↑Mar May 23, 2023 11:07 pm Hola, psmito
gracias por tus palabras. Tengo algunas dudas:
Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento.
¿Desde que se me notifica esta resolución tienen que pasar máximo 4 meses para liquidar? A ver lo que hacen.
Por otro lado, me indican estos importes:
IMPORTE MENSUAL EN EUROS
AÑO PENSIÓN COMPLEMENTO
MATERNIDAD
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2019 3.186,77 132,97
2020 3.215,45 134,17
2021 3.295,84 137,52
2022 3.378,24 140,96
2023 3.665,39 152,94
Por lo que se supone que me tendrían que haber indicado que solo cobraría el 50% de estos importes pero no lo hacen. La verdad que pelean mucho para lo que van a incrementar porque si se queda en la mitad... no sale lo que publicaron algunas noticias sobre jubilados que habían recibido 15 o 20.000 euros por este complemento por los atrasos ¿?
Gracias por vuestros comentarios.
P.s.: lo que más me j... es tener que hacer complementarias de cada ejercicio por estos importes
Aunque según interpretó la ley ese % ha de ser sobre la pensión reconocida, clases pasivas sistemáticamente lo hace sobre la pensión máxima, caso de exceder de esta y no se van a bajar de la burra mientras un juez no les oblige
Ahí está el 5% de la pensión máxima
Lo de que no sale lo publicado , si que sale pero son casos
Un retirado del grupo C1 no digo ya un A2, con 4 hijos, cuando lo solicita imagina que que lleva 4 años retirado, tiene que ir a contencioso, cuando se resuelve el contencioso han pasado otros dos años
Le tienen que pagar 6 años, 20000€ fácil
Yo C1 con 3 hijos y 2 años y medio cuando pedí + hasta sentencia
10500€ de atrasos
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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- Alferez
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Buenos días. El día no ha podido empezar mejor, pues he recibido la notificación electrónica del reconocimiento del complemento.
En la resolución, se me indican las siguientes cantidades (por dos hijos):
2019: 132,97
2020: 134,17
2021: 137,52
2022: 140,96
2023: 152,94
Indicar también que mi pensión es la máxima y está exenta de IRPF por tener reconocida incapacidad absoluta.
También se hace constar lo siguiente en la resolución (cito textualmente): “Con la misma fecha de la presente resolución [23 mayo] se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el art. 2 del R.D. 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento”.
Por todo esto, me siento algo confundido, al no tener claro si percibiré ese complemento, en qué cuantía (creo que se dice el 50%) y cuándo me será abonado.
Por último, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todos los integrantes de este foro (especialmente a cuantos han iniciado y aportado experiencia e información en este arduo tema del reconocimiento del complemento de maternidad) sin cuya ayuda, información y orientaciones me hubiera sido imposible tener reconocido hoy este complemento a mi pensión.
Un cordial saludo para todos.
En la resolución, se me indican las siguientes cantidades (por dos hijos):
2019: 132,97
2020: 134,17
2021: 137,52
2022: 140,96
2023: 152,94
Indicar también que mi pensión es la máxima y está exenta de IRPF por tener reconocida incapacidad absoluta.
También se hace constar lo siguiente en la resolución (cito textualmente): “Con la misma fecha de la presente resolución [23 mayo] se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el art. 2 del R.D. 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento”.
Por todo esto, me siento algo confundido, al no tener claro si percibiré ese complemento, en qué cuantía (creo que se dice el 50%) y cuándo me será abonado.
Por último, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todos los integrantes de este foro (especialmente a cuantos han iniciado y aportado experiencia e información en este arduo tema del reconocimiento del complemento de maternidad) sin cuya ayuda, información y orientaciones me hubiera sido imposible tener reconocido hoy este complemento a mi pensión.
Un cordial saludo para todos.
- psmito
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Con dos hijos te corresponde el 5% que es lo que te pone ahíMagister escribió: ↑Mié May 24, 2023 7:49 am Buenos días. El día no ha podido empezar mejor, pues he recibido la notificación electrónica del reconocimiento del complemento.
En la resolución, se me indican las siguientes cantidades (por dos hijos):
2019: 132,97
2020: 134,17
2021: 137,52
2022: 140,96
2023: 152,94
Indicar también que mi pensión es la máxima y está exenta de IRPF por tener reconocida incapacidad absoluta.
También se hace constar lo siguiente en la resolución (cito textualmente): “Con la misma fecha de la presente resolución [23 mayo] se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el art. 2 del R.D. 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento”.
Por todo esto, me siento algo confundido, al no tener claro si percibiré ese complemento, en qué cuantía (creo que se dice el 50%) y cuándo me será abonado.
Por último, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todos los integrantes de este foro (especialmente a cuantos han iniciado y aportado experiencia e información en este arduo tema del reconocimiento del complemento de maternidad) sin cuya ayuda, información y orientaciones me hubiera sido imposible tener reconocido hoy este complemento a mi pensión.
Un cordial saludo para todos.
Pero al cobrar la máxima será el 50% de esas cantidades
Este año al mes serán 76,47€
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Y además no tiene el porqué presentar declaraciones complementarias, puesto que su pensión, y en consecuencia también el complemento, son rentas exentas de IRPF.psmito escribió: ↑Mié May 24, 2023 9:11 amCon dos hijos te corresponde el 5% que es lo que te pone ahíMagister escribió: ↑Mié May 24, 2023 7:49 am Buenos días. El día no ha podido empezar mejor, pues he recibido la notificación electrónica del reconocimiento del complemento.
En la resolución, se me indican las siguientes cantidades (por dos hijos):
2019: 132,97
2020: 134,17
2021: 137,52
2022: 140,96
2023: 152,94
Indicar también que mi pensión es la máxima y está exenta de IRPF por tener reconocida incapacidad absoluta.
También se hace constar lo siguiente en la resolución (cito textualmente): “Con la misma fecha de la presente resolución [23 mayo] se inicia el procedimiento de liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de 4 meses que el art. 2 del R.D. 1769/1994, de 5 de agosto, establece para resolver y notificar dicho procedimiento”.
Por todo esto, me siento algo confundido, al no tener claro si percibiré ese complemento, en qué cuantía (creo que se dice el 50%) y cuándo me será abonado.
Por último, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todos los integrantes de este foro (especialmente a cuantos han iniciado y aportado experiencia e información en este arduo tema del reconocimiento del complemento de maternidad) sin cuya ayuda, información y orientaciones me hubiera sido imposible tener reconocido hoy este complemento a mi pensión.
Un cordial saludo para todos.
Pero al cobrar la máxima será el 50% de esas cantidades
Este año al mes serán 76,47€
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Gracias por la información.Francisco I escribió: ↑Mié May 24, 2023 9:24 am Y además no tiene el porqué presentar declaraciones complementarias, puesto que su pensión, y en consecuencia también el complemento, son rentas exentas de IRPF.
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Y a lo anteriormente expuesto, añado: ¿en qué mensualidad me será pagado? ¿Junio o julio o quizá más adelante?
Gracias anticipadas por las respuestas que reciba.
Saludos cordiales.
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Saludos cordiales.
- Hoonah
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
A mí, cuando me comunicaron la resolución positiva informaban que en un máximo de 4 meses serían liquidados los atrasos, y apuraron el plazo pues lo cobré al final del tercer mes desde que salió la resolución. También me cogió diciembre por medio, con las pagas extras, que no se si eso y el cambio de año influiría en que lo retrasaran.
Saludos
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- Alferez
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Muchas gracias por tu información, Hoonah.Hoonah escribió: ↑Vie Jun 09, 2023 7:32 pm A mí, cuando me comunicaron la resolución positiva informaban que en un máximo de 4 meses serían liquidados los atrasos, y apuraron el plazo pues lo cobré al final del tercer mes desde que salió la resolución. También me cogió diciembre por medio, con las pagas extras, que no se si eso y el cambio de año influiría en que lo retrasaran.
Saludos
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Hola dw nuevo y gracias a todos los que haceis ezro posible.Queria preguntaros 2 cosas ¿la direccion que está en el formulario donde debo enviar la solicitud?lo digo porque resido en las palmas de G.C y la segundacuestion¿donde puedo ver eesolucion y demas de cuando aprobaron mi pension?.tengo pase a retiro,pero no encuentro nada que poner en resolucion y fecha en la que se aprobo mi pension.
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Con Certificado Digital, Clave permanente o DNIe, entras en la Sede electrónica de Clases pasivas y te la descargas directamente.Mario123 escribió: ↑Jue Dic 28, 2023 6:20 pm Hola dw nuevo y gracias a todos los que haceis ezro posible.Queria preguntaros 2 cosas ¿la direccion que está en el formulario donde debo enviar la solicitud?lo digo porque resido en las palmas de G.C y la segundacuestion¿donde puedo ver eesolucion y demas de cuando aprobaron mi pension?.tengo pase a retiro,pero no encuentro nada que poner en resolucion y fecha en la que se aprobo mi pension.
En todo caso, ese "pase a retiro" que dices tener, está fundamentado en una Resolución, que forzosamente ha de venir en el escrito.
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- Soldado
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Re: RESUMEN COMPLEMENTO DE MATERNIDAD
Muchas geacias,asi lo haré