JUBILACIÓN VOLUNTARIA PENDIENTE DICTAR SENTENCIA CONTRA SANCIÓN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO
Publicado: Dom Jul 24, 2022 8:46 pm
Propongo nuevo tema que no fue tratado en foros similares sobre jubilación voluntaria y expediente sancionador, caso personal, algo complejo
Personal civil AGE, con expediente finalizado imponiendo sanción disciplinaria por falta muy grave
La Resolución es recurrida ante TSJ. Los servicios jurídicos de la Administración consideran que la sanción no es ejecutiva en tanto no haya sentencia firme, por lo que se levanta la suspensión provisional y me reincorporo al trabajo después de un período de suspensión provisional de funciones, con todos los derechos inherentes al puesto (incluido el pago de parte del salario que no me fue abonado en situación de suspensión provisional)
En vista de la demora en resolver por el Tribunal, en poco tiempo me puedo acoger a la jubilación voluntaria
Qué ocurre si esa sentencia finalmente me es desestimada y ya no tengo la condición de funcionario, si no de pensionista de clases pasivas? En principio no sería posible ejecutar la sanción cuando se dicte puesto que esos años ya se habrían tenido en cuenta para el cálculo de la pensión. Y en cuanto a los efectos económicos por el mismo motivo supongo no pueden ser objeto de reintegro, ya que previamente no puede ser ejecutada la sanción
Entiendo, por supuesto, por lo que se ha tratado en los foros que no me puede ser denegada la jubilación
Espero haberlo explicado con claridad. Agradecería alguna resolución de Función Pública o Sentencia al respecto, obtengo informaciones contradictorias según el organismo en que consulte
Personal civil AGE, con expediente finalizado imponiendo sanción disciplinaria por falta muy grave
La Resolución es recurrida ante TSJ. Los servicios jurídicos de la Administración consideran que la sanción no es ejecutiva en tanto no haya sentencia firme, por lo que se levanta la suspensión provisional y me reincorporo al trabajo después de un período de suspensión provisional de funciones, con todos los derechos inherentes al puesto (incluido el pago de parte del salario que no me fue abonado en situación de suspensión provisional)
En vista de la demora en resolver por el Tribunal, en poco tiempo me puedo acoger a la jubilación voluntaria
Qué ocurre si esa sentencia finalmente me es desestimada y ya no tengo la condición de funcionario, si no de pensionista de clases pasivas? En principio no sería posible ejecutar la sanción cuando se dicte puesto que esos años ya se habrían tenido en cuenta para el cálculo de la pensión. Y en cuanto a los efectos económicos por el mismo motivo supongo no pueden ser objeto de reintegro, ya que previamente no puede ser ejecutada la sanción
Entiendo, por supuesto, por lo que se ha tratado en los foros que no me puede ser denegada la jubilación
Espero haberlo explicado con claridad. Agradecería alguna resolución de Función Pública o Sentencia al respecto, obtengo informaciones contradictorias según el organismo en que consulte