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Finalmente incapacidad

Publicado: Mar Ago 16, 2022 10:24 am
por Linc3
Buenos días, pues nada después de una operación de espalda y una complicación de la cual ya me estaba recuperando con temas de infiltración etc y una vez ya me había visto el TM. Con el que me quede muy tranquilo ya que se portaron genial y me comentaron que era una lesión que conllevaba tiempo, me notifican la resolución del expediente donde me dicen que me incapacitan para la función de policía pero no para el resto de oficios, la verdad que estoy muy decepcionado, esperaba una prórroga de unos meses ya que no llevo ni los 18 que suelen estar algunos con complicaciones médicas, y claro ahora no tengo ni idea de que hacer, tengo 15 días para alegar pero lógicamente no se ni que hacer, otros comentan que da igual el tiempo que pase que una vez que esté bien se puede recurrir, nosé si me podréis aclarar un poco las dudas. Mi médico me dijo que a pesar de las lesiones se recuperara con tiempo, que a partir del año de la operación es cuando se comienzan a ver las mejorías. Además de eso pues nosé ni que me quedaría cobrando ni que tengo que hacer ahora con todo este trámite, gracias.

Re: Finalmente incapacidad

Publicado: Mar Ago 16, 2022 1:46 pm
por Berlin
- Si no estás conforme, tienes 15 días para recurrir y alegar lo que estimes oportuno, aportando las pruebas que estimes necesario.

- La pensión de jubilación que te puede quedar va en función de los años cotizados y el grupo al que stabas adscrito (C1 para la EB, A2 para Subinspección y A1 para ejecutiva y superior). Para el 100% necesitas al menos 20 años de servicios (el periodo de Ávila y las practicas computan). Si trabajaste antes de ser Policía y no llegas a los 20 años puedes solicitar el cómputo recíproco.

- Una vez jubilado, si te recuperas de las lesiones que te llevaron a ello, puedes solicitar el reingreso utilizando la fórmula de solicitud de rehabilitación de la condición de funcionario. Lo solicitas a la División de Personal y ellos te abrirán expediente y te citarán a Tribunal Médico. Debes de llevar pruebas CONCLUYENTES de que estas curado de tu enfermedad. En caso de que el TM aprecie que han desaparecido las causas que te llevaron a la situación de jubilación te reincorporarás nuevamente al CNP.

Saludos.

Re: Finalmente incapacidad

Publicado: Mar Ago 16, 2022 3:37 pm
por Linc3
Muchas gracias, tengo 14 en la policía y 5 y pico en ss, alegaré presentando los informes ya que aún conlleva a mejora física, e iré mirando a ver. Gracias!

Re: Finalmente incapacidad

Publicado: Mar Sep 06, 2022 11:13 am
por Linc3
Buenos días, pues nada una vez consultado con el abogado me comenta que es preferible esperar hasta que esté bien, que el médico le vuelva a valorar y solicitar luego el reingreso, la verdad que un fiasco total y cada vez más cuesta arriba, ahora nosé que si quiera que pasos he de seguir, en breve hago los 15 días desde que recibí la resolución y me pasan a jubilado, ahora nosé ni que tengo que rellenar, muchos me han comentado lo del cómputo recíproco y no tengo ni idea, si he de solicitar la vida laboral, el tiempo que se tarda en recibir ahora para formular todo el papeleo, etc. si podéis ayudarme se lo agradezco, llevo desde 2008 en el Cnp y en ss tengo unos 4 años y medio, gracias de antemano.

Re: Finalmente incapacidad

Publicado: Mar Sep 06, 2022 8:45 pm
por Paulu
Al cubrir la solicitud de la pensión hay un punto donde pone períodos cotizados a la SS, supongo que tendrás que marcar ese apartado y adjuntar con el resto de la documentación un informe de tu vida laboral, pregúntale a procurador/abogado, que lo sabrá mejor

También puedes mirar en el simulador de pensión, si esta te varía poniendo las 2 cotizaciones o no, para hacerte una idea de lo que te queda

Re: Finalmente incapacidad

Publicado: Mié Sep 07, 2022 5:44 pm
por Bombardier
En clases pasivas te cuentan desde que entraste en la academia como te han dicho, para llegar al 100% de la pension, que son 1913 euros este año, tienes que llevar 19 años y un dia en clases pasivas, te quitan un 5% por año completo que te falte para los 20, por eso si pasa un dia de los 19 te cuenta como 20.
Si no llegas como es tu caso puedes hacer el computo reciproco y sumar lo de la seguridad social (miralo bien porque tiene sus condiciones especiales si luego quieres trabajar en otra cosa).
Ahora solo tienes que esperar a que te llamen, cuando te llamen de personal para ir a firmar la jubilacion tendras que marcar la casilla del computo reciproco de periodos de la SS segun el RD, te sacan unos 4 folios y ahi viene un punto que es eso, además al ser incapacidad permanente para tu profesion, se considera un 33% de discapacidad para el irpf, hay que marcar tambien esa casilla, si buscas el modelo 145 del irpf veras las casillas que salen, esas mismas estan en la documentacion que firmarás en personal ademas de tus datos en el CNP etc, todo eso va a clases pasivas para el calculo de la pension, pero que si es C1 son 1913 brutos menos el 5% por año completo que falte para los 20, luego el irpf será mas bien bajo por el 33% de discapacidad.