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Complemento de dedicacion especial

Publicado: Dom Oct 23, 2022 12:21 am
por Arcilla
Buenas, como todo el mundo que ha pasado a retiro antes estuve de baja y al pasar de baja nos quitan el CDES, pero no me notificaron nada, según me ha informado un conocido, al parecer hay una sentencia, el caso era de una militar que estaba de baja, que sino te notifican , tienes el derecho a cobrarla, ya que se supone la notificacion obligatoria para que puedas recurrir.

Alguien sabe algo? gracias

Re: Complemento de dedicacion especial

Publicado: Dom Oct 23, 2022 8:47 am
por Paulu
CDE= complemento dedicación especial

Si estás de baja más claro agua

Además estar de baja es uno de los motivos por el que no se cobra

De todas formas la notificación es cuando cobras el CDE, no cuando no lo cobras, cuando lo cobras firmas todos y cada uno de los meses la notificación de percibirlo

Re: Complemento de dedicacion especial

Publicado: Dom Oct 23, 2022 8:34 pm
por Francisco I
Arcilla escribió: Dom Oct 23, 2022 12:21 am Buenas, como todo el mundo que ha pasado a retiro antes estuve de baja y al pasar de baja nos quitan el CDES, pero no me notificaron nada, según me ha informado un conocido, al parecer hay una sentencia, el caso era de una militar que estaba de baja, que sino te notifican , tienes el derecho a cobrarla, ya que se supone la notificacion obligatoria para que puedas recurrir.

Alguien sabe algo? gracias
Creo que esa sentencia no es sobre el CDE, sino sobre el Complemento por residencia que se cobra en destinos extrapeninsulares y el Complemento de destino que se cobra en determinadas Unidades especiales. Esos si que se siguen cobrando aunque se esté de baja temporal.

Re: Complemento de dedicacion especial

Publicado: Dom Oct 23, 2022 9:21 pm
por Paulu
Si se refiere al plus de residencia ya es otro tema, está claro que no se lo pueden quitar

Otra cosa es que haya solicitado pasar la baja en la península, eso ya es harina de otro costal y no me atrevo a opinar

Pero si sigue residiendo en su lugar de trabajo debe reclamar su pago cuanto antes

Re: Complemento de dedicacion especial

Publicado: Lun Oct 24, 2022 9:00 am
por Francisco I
Paulu escribió: Dom Oct 23, 2022 9:21 pm Si se refiere al plus de residencia ya es otro tema, está claro que no se lo pueden quitar

Otra cosa es que haya solicitado pasar la baja en la península, eso ya es harina de otro costal y no me atrevo a opinar

Pero si sigue residiendo en su lugar de trabajo debe reclamar su pago cuanto antes
Eso de que no se lo pueden quitar, es relativamente nuevo. De hecho se ha llegado a esa sentencia porque había muchos casos en los que sí se lo quitaban; y hasta en las reducciones de jornada le metían la tijera.
En ASFASPRO sabemos bastante de esas luchas.