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Viudedad

Publicado: Sab Dic 24, 2022 5:14 pm
por Óscar.A
Hola buenas,soy nuevo por aquí y me gustaría consultaros una duda.
Es un caso práctico a ver si alguien supiera responderme, gracias.
Yo tengo una incapacidad permanente total (de clases pasivas)tengo cotizados sobre unos 15 años y cobro en neto 1500€,tengo tres hijos de 12,7 y 1 año.mi mujer tiene cotizados 10 años en la seguridad social,(aunque actualmente no trabaja).
Cuánto le quedaría a ella de pensión de viudedad cuando yo fallezca???
1 saludo y muchas gracias a todos.

Re: Viudedad

Publicado: Dom Dic 25, 2022 10:08 am
por Francisco I
El 56 % de tu pensión de Clases Pasivas, mas el 62 % de tu futura pensión en S. Social, ( que a día de hoy sería del 50% de tus bases de cotización) a lo que habría que añadir las pensiones de orfandad, que rondarían el 25 % de las bases de cotización, hasta que los hijos vayan alcanzando la edad de 22 años, con alguna extensión si estudian en ese momento.
Feliz Navidad y que tarde mucho en darse esas circunstancias.

Re: Viudedad

Publicado: Lun Dic 26, 2022 9:47 am
por Óscar.A
Muchas gracias Francisco por tu respuesta,pero no estoy muy puesto en este tema,te dejo mis datos económicos.
Mi accidente fue en acto de servicio y me concedieron el 200 x 100.
Total regulador anual .......20173
Doble regulador.........40346
Pensión anual del 55%.....22190
Importe mensual 1585

Ya viendo los datos económicos cuanto diría usted que le queda a mi mujer??? Muchas gracias

Re: Viudedad

Publicado: Lun Dic 26, 2022 12:12 pm
por Óscar.A
Soy del grupo c2 y e cotizado en las fuerzas armadas10 años y 9 mese,aunque también e cotizado en seguridad social

Re: Viudedad

Publicado: Lun Dic 26, 2022 4:41 pm
por trasgu123
Si eras C2 el calculo de la pension no se hace en funcion de los años de servicio.

El calculo de las pensiones de viudedad y orfandad, se hace sobre el importe del haber regulador que a cada uno se le señala, que no tiene porque coincidir con la pension que se percibe. Dicho de otra manera. Tu pension es TU pension, la de viudedad y orfandad que pudiera corresponder seran de OTRAS personas y su calculo esta definido en el Real Decreto Legislativo 670/1987, art. 39 y 42.

Re: Viudedad

Publicado: Lun Dic 26, 2022 7:23 pm
por Paulu
Seguramente hay un error en sus datos
Si era C2, ósea CLD, la pensión son 832€ hoy, el 200% 1664€, no coinciden los datos con la pensión bruta que dice cobrar

Entiendo que era C1, siendo C1, si más o menos coinciden esos datos

Con lo cual entiendo que no es militar como pone su perfil, sino GC o PNC

Re: Viudedad

Publicado: Lun Dic 26, 2022 7:38 pm
por Óscar.A
Hola Pauli,yo era soldado del e.t tuve un accidente en la bripac y me dieron la incapacidad permanente total y lo q e puesto antes es lo q pone en los documentos q me dieron,pero mi pregunta es por la viudedad de mi mujer muchas gracias

Re: Viudedad

Publicado: Mar Dic 27, 2022 11:53 am
por Francisco I
Óscar.A escribió: Lun Dic 26, 2022 7:38 pm Hola Pauli,yo era soldado del e.t tuve un accidente en la bripac y me dieron la incapacidad permanente total y lo q e puesto antes es lo q pone en los documentos q me dieron,pero mi pregunta es por la viudedad de mi mujer muchas gracias
Al estar retirado por acto de servicio, y cobrar el 200% de la pensión, eso cambia los porcentajes de viudedad y las de orfandad.

Re: Viudedad

Publicado: Jue Dic 29, 2022 8:09 pm
por Óscar.A
Francisco y sabe usted cómo lo podría saber??? Gracias a todos

Re: Viudedad

Publicado: Jue Dic 29, 2022 8:49 pm
por trasgu123
Viene especificado en los articulos de la Ley de Clases Pasivas que se citan unos post mas arriba. Es tan facil como aplicar el % que corresponda.

Re: Viudedad

Publicado: Vie Dic 30, 2022 11:04 am
por Francisco I
Óscar.A escribió: Jue Dic 29, 2022 8:09 pm Francisco y sabe usted cómo lo podría saber??? Gracias a todos
A los efectos de pensión en favor de familiares, se calcula sobre la pensión ordinaria del causante, y no sobre la pensión extraordinaria.

Re: Viudedad

Publicado: Lun Ene 09, 2023 11:30 pm
por remedios
Si lees bien los 2 artículos que te han indicado más arriba puedes ver que en las pensiones extraordinarias los calculos se realizaran sobre el 25% del 200% total que te corresponda, pero sin tener en cuenta la limitación de la pension máxima, en el caso de estar topada.

"Este porcentaje será el 25 por 100 en el supuesto de que el causante de los derechos hubiera fallecido tras haber sido declarado inutilizado en acto de servicio o como consecuencia del mismo y de haberse señalado en su favor la correspondiente pensión extraordinaria."

Re: Viudedad

Publicado: Lun Ene 09, 2023 11:47 pm
por remedios
Si no quieres hacer los cálculos, puedes llamar a pensiones militares y seguro que resuelven muchas de tus dudas numéricas aplicadas a tu caso particular. Ellos disponen de toda la información necesaria, aunque los de la seguridad social van por otro lado.
En su día hablé con una señora y me proporcionó todos los datos habidos y por haber...
Si no ha cambiado el teléfono es este: 915454200
Un saludo