Exención pago rodaje vehiculo

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elprimero
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Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Hola buenas tardes, a continuación os expongo mi caso...

Tengo reconocida una minusvalía del 46% y así se hace constar en la Resolución de la Junta Médico Pericial, todo esto en el año 2015. En su día solicite la exención del rodaje en un vehículo y me fue concedido. Mi sorpresa es cuando cambio de vehículo y vuelvo a presentar los mismo papeles que en 2015 y me dicen textualmente lo siguiente:
" REQUISITO INCUMPLIDO: Pues bien, en el caso que nos ocupa, no consta en el expediente el certificado del grado de minusvalía emitido por el órgano competente, que acredita que se ostenta esta condición legal en grado igual o superior al 33%, tal como esoje el artículo 93 del Real Decreto 2/2004, de 5 marzo, ponel que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido por el Tribunal Supremo en sentencia 302/2020, de 12 de mayo, el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez no da derecho a un reconocimiento automático del 33% de discapacidad"

Y así se han quedado de tranquilos, yo adjunte copia del acta de la Junta Médico Pericial y a mayores un certificado del Secretario de la Junta de Evaluación Permanente donde viene a decir que me dan la inutilidad permanente para el servicio por Insuficiencia de condiciones psicofísicas con una minusvalía del 46%.

Alguna idea de que les pasa por la cabeza a estos del ayuntamiento???

Gracias de antemanos
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trasgu123
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por trasgu123 »

Pues ni más ni menos que lo que dice la sentencia del Supremo. Hay un hilo específico sobre ese asunto en este Foro, justo encima del que tú has publicado.
elprimero
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Sisi, eso lo he visto. Pero es que mi caso es un cambio de vehículo, ya que la exención la tengo concedida desde el 2015. El anterior vehículo se dio de baja y lo quería poner en el nuevo.

A mayores, en el 2015 nos basabamos en la ley 51/2003 si no me equivoco, para que nos aceptaran el certificado del ministerio de defensa. Esta ha sido derogada por el real decreto 01/2003 y en su artículo 4 dice:

Artículo 4. Titulares de los derechos.
1. Son personas con discapacidad aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de
condiciones con los demás.
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la
consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un
grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una
discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total,
absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

No si hay algo donde rascar ya que ya estaba aprobado
juanracart
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por juanracart »

elprimero escribió: Mar Dic 27, 2022 9:03 pm Sisi, eso lo he visto. Pero es que mi caso es un cambio de vehículo, ya que la exención la tengo concedida desde el 2015. El anterior vehículo se dio de baja y lo quería poner en el nuevo.

A mayores, en el 2015 nos basabamos en la ley 51/2003 si no me equivoco, para que nos aceptaran el certificado del ministerio de defensa. Esta ha sido derogada por el real decreto 01/2003 y en su artículo 4 dice:

Artículo 4. Titulares de los derechos.
1. Son personas con discapacidad aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas
barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de
condiciones con los demás.
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la
consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un
grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una
discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total,
absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

No si hay algo donde rascar ya que ya estaba aprobado
Buenas,
¿Lo tienes reconocido por el EVI de tu localidad?, se están basando en esos informes y no en los de las JMP, a parte que lo de que asignan dichas Juntas es porcentaje de incapacidad, no de discapacidad que te lo tiene que asignar el EVI de tu Comunidad Autónoma.
El porcentaje del 33% reconocido en tu incapacidad es válido solo a efectos fiscales (hacienda).
Creo, en mi humilde opinión, que es así.
Un saludo!
AD UTRUMQUE PARATUS
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Hola, por el evi no lo tengo reconocido. Sólo por la Junta Médico Pericial. Me la dieron por 3 patologías en el año 2015.
Oído, Psicología y Traumatología.

Pero es que la exención del rodaje la tengo aprobada desde el 2015, sólo quiero cambiar de vehículo. No se si me explico.
La tenía asociada a un vehículo que en el 2022 se mando a desguace y quería pasarla al nuevo vehículo y me encuentro con esto... Antes si valía y ahora no.... Desde 2015 estoy exento de rodaje.
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por zuku »

elprimero escribió: Mar Dic 27, 2022 9:59 pm Hola, por el evi no lo tengo reconocido. Sólo por la Junta Médico Pericial. Me la dieron por 3 patologías en el año 2015.
Oído, Psicología y Traumatología.

Pero es que la exención del rodaje la tengo aprobada desde el 2015, sólo quiero cambiar de vehículo. No se si me explico.
La tenía asociada a un vehículo que en el 2022 se mando a desguace y quería pasarla al nuevo vehículo y me encuentro con esto... Antes si valía y ahora no.... Desde 2015 estoy exento de rodaje.
Para ese menester la minus de la JMP no sirve, tiene que se la de la CCAA.

No revuelvas, no vaya a ser que te den un zumbido y tengas que pagar 4 años atrasados + los correspondientes intereses -nj
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Jajajajajaja con que uno lo diga... Jajaja
Pero me parece flipante, para un coche si vale y si cambio de coche no vale.... Se supone que la exención se adjudica a una persona y la persona no cambia...

Sobre pedir a la CCAA, pues me plantearé pedirla, pero todos mis informes son del 2013-2014 y 2015....
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psmito
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por psmito »

elprimero escribió: Mar Dic 27, 2022 10:36 pm Jajajajajaja con que uno lo diga... Jajaja
Pero me parece flipante, para un coche si vale y si cambio de coche no vale.... Se supone que la exención se adjudica a una persona y la persona no cambia...

Sobre pedir a la CCAA, pues me plantearé pedirla, pero todos mis informes son del 2013-2014 y 2015....
No es ni flipante ni no flipante
Es tan simple como
Cuando pediste la exención del otro vehículo, los requisitos los tenías cumplidos
Para la exención de este otro vehículo no cumples los requisitos, han cambiado
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
elprimero
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Ya, si eso lo tengo claro . Pero yo llamé al ayuntamiento para hacer el cambio de vehículo y la respuesta fue que no tenían digitalizados los documentos de 2018 para atrás, que lo enviara todo de nuevo, que lo cambiarian... Por eso digo lo de flipante....
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por zuku »

Lo se por experiencia, en el 2015 no servía la minus de la JMP ni en el 2011 tampoco.

Le ha colado gracias a bamba del funci de turno que no tenía ni idea o estaba indispuesto, es lo que ha ganado.

Ahora al cambiar de coche le aplican la normativa que hubo siempre, no ha cambiado.

Lo que tiene que haces es solicitar la minusvalía a la CCAA antes del 31 de diciembre, luego si se la dan le vendrá con fecha de cuando la solicite y si hace algún pago indebido a posteriori, lo poda reclamar
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por zuku »

elprimero escribió: Mar Dic 27, 2022 10:36 pm Jajajajajaja con que uno lo diga... Jajaja
Pero me parece flipante, para un coche si vale y si cambio de coche no vale.... Se supone que la exención se adjudica a una persona y la persona no cambia...

Sobre pedir a la CCAA, pues me plantearé pedirla, pero todos mis informes son del 2013-2014 y 2015....
Una persona tiene exención de rodaje ??????? :lol: :lol: :lol: :lol:

Es solo al vehículo y cada vez que cambias de vehiculo hay que hacer una nueva solicitud
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Eso fue lo que me dijo la funcionaria...
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por bobon19 »

Buenos dias
Yo cambié de coche al año de tenerlo reconocido y tuve que presentar toda la documentación de nuevo.
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por elprimero »

Ya... Es así, no hay otra.
Ya tengo tramitado todo por la Xunta de Galicia. Ahora toca esperar.
zuku
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Re: Exención pago rodaje vehiculo

Mensaje por zuku »

elprimero escribió: Mié Dic 28, 2022 10:17 am Ya... Es así, no hay otra.
Ya tengo tramitado todo por la Xunta de Galicia. Ahora toca esperar.
La xunta tarda sobre 1 año en llamarte.

Ten actualizado un informe de un medico de cabecera actualizado reiterando las patologías que tienes
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