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Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Alagma
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Mensaje por Alagma »

Hola buenos días tengo una duda actualmente estoy de baja psicologica y llevo 18 años de servicio ya he perdido destino y estoy a la espera de pasar otra vez por HCD Gomez Ulla, me llamaron de la subdelegacion para presentarme y me indicaron que si queria aportar mas patologías y así lo hice.
Mi duda es ¿una vez hecha toda la valoracion, si me dieran no apto par el servicio me correspondería pensión o cobraría del paro?
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trasgu123
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Re: Pension

Mensaje por trasgu123 »

Temporal o Permanente ?? No son la misma cosa.
Alagma
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Re: Pension

Mensaje por Alagma »

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Re: Pension

Mensaje por trasgu123 »

Pues lo que diga el Acta de la JMPO.
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Re: Pension

Mensaje por Alagma »

Entiendo que existe la posibilidad de que me dieran no apto y cobrar del paro. La baja actual no me la dieron en acto de servicio pero la otra patologia si que es debido a un acto de servicio del cual me intervinieron quitandome un tumor de la espalda y ahora mismo tengo hipertrofia facetaria y estrechamiento del cono medular.
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trasgu123
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Re: Pension

Mensaje por trasgu123 »

Hasta que no tengas el Acta, no se sabrá.
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Re: Pension

Mensaje por wiki »

Buenas,

Tengo la siguiente duda:

El RD 1186/2001, ya se que está derogado, pero en algunos casos todavia es aplicable, dando por sabido esto, me pregunto:

Lo he leído, pero lo que no tengo muy claro es que, al leerlo menciona que se entenderá incapacidad moderada cuando la discapacidad alcance de un 33-49% de discapacidad. Dicho esto, ya se que ellos emiten grado de incapacidad, pero por escrito pone discapacidad. ¿En qué quedamos, si lo pone por escrito?
¿Se puede acreditar entonces un grado de incapacidad permanente para el oficicio con el RD 1186/2001 si en la resolucion pone incapacidad para el oficio o se necesita a parte el grado de discapacidad oficicial de la comunidad autónoma? (ya que defensa no emite discapacidad).

¿Me pregunto también, si quedo incapacitado para la profesión de militar según el RD1186/2011, cómo se si puedo optar al 70% del haber regulador? Si el RD. habla de discapacidad y defensa no emite?

Insisto, en la redacción del documento dice discapacidad, es más juraría que defensa emitió un porcentaje con el nombre de "discapacidad" (ojo no pone incapacidad). Todo de por si es estraño.... ahora bien, podría valer entonces una vez incapacitado por la comunidad Autónoma ese porcentaje para aplicar ese 70%. O el 100% de incapacidad que emitió la seguridad social? Teniendo la posibilidad de poder escoger el RD. mas beneficioso. Todo esto teniendolo como acto de servicio.

Gracias de antemano.
Saludos.
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Re: Pension

Mensaje por trasgu123 »

Las JMPO tienen competencias y normativas propias en su ambito y las CC.AA. las suyas en el suyo. Lo que dictamine una no obliga a la otra.
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Re: Pension

Mensaje por wiki »

Buenas,

Entiendo que las comunidades no tienen nada que ver.

Pero entonces, si eres de la seguridad social, pero con acto de servicio con opción al 1186/2001. Dando defensa discapacidad del 17%(Incapacidad) y la seguridad social da el 100%. Siendo los dos correctos, podría acogerme para cobrar el 70% del haber regular?

O que pensáis, obviamente es que es mucho más beneficioso.


Un saludo.
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Re: Pension

Mensaje por juanracart »

wiki escribió: Jue Abr 13, 2023 9:10 pm Buenas,

Entiendo que las comunidades no tienen nada que ver.

Pero entonces, si eres de la seguridad social, pero con acto de servicio con opción al 1186/2001. Dando defensa discapacidad del 17%(Incapacidad) y la seguridad social da el 100%. Siendo los dos correctos, podría acogerme para cobrar el 70% del haber regular?

O que pensáis, obviamente es que es mucho más beneficioso.


Un saludo.
A ver, partiendo de que las JMP asignan INCAPACIDADES sobre tu trabajo y las CCAA asignan DISCAPACIDADES, te comento mi caso;
En el acta de la JMPO se me asignó un 76% de INCAPACIDAD, que a efectos FISCALES, es tener un 33% de DISCAPACIDAD. Posteriormente, pasé la valoración de mi CCAA y me asignaron un 52% definitivo de DISCAPACIDAD, que me vale, además de las ventajas fiscales antes descritas, otras ventajas que podrás optar.
No sé si es la duda que planteas...
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Re: Pension

Mensaje por wiki »

Buenas,

Lo que digo es, que si para cobrar el 70% del haber regulador que marca el RD 1186/2001.
Es suficiente con la situación de incapacidad permanente total en acto de servicio o se necesita algo más?

En su día se fijó esa incapacidad en 17% pero hoy se fija por el innss en 100%. Podré pedir ese 70% del haber regulador ?

Saludos.
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Re: Pension

Mensaje por trasgu123 »

Si se es de la S Social, los ingresados desde 2011, la competencia tambien es de la JMPO como determina el Real Decreto 1087/2015 en su art.4.

Lo que puedes solicitar es revision por agravamiento, si ese es el caso.
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Re: Pension

Mensaje por Danaerys »

Alagma escribió: Lun Feb 13, 2023 12:37 pm Entiendo que existe la posibilidad de que me dieran no apto y cobrar del paro. La baja actual no me la dieron en acto de servicio pero la otra patologia si que es debido a un acto de servicio del cual me intervinieron quitandome un tumor de la espalda y ahora mismo tengo hipertrofia facetaria y estrechamiento del cono medular.
Cómo puede ser la extirpación de un tumor en la espalda una patología en Acto de Servicio??
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