DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

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DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Información sobre personal incluido en el Régimen General de la Seguridad Social

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Resolución 430/04224/16 por la que aprueban los modelos de certificado previstos en el Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, con el importe de la pensión extraordinaria que le hubiera correspondido al personal de las Fuerzas Armadas o del Cuerpo de la Guardia Civil integrado en el
Régimen General de la Seguridad Social o a sus beneficiarios, de haberle sido de aplicación el Régimen de Clases Pasivas del Estado


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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por jefegruapo »

sargentodehierro escribió: Mié May 28, 2025 8:03 am Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por psmito »

jefegruapo escribió: Jue May 29, 2025 10:24 pm
sargentodehierro escribió: Mié May 28, 2025 8:03 am Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por jefegruapo »

psmito escribió: Jue May 29, 2025 10:47 pm
jefegruapo escribió: Jue May 29, 2025 10:24 pm
sargentodehierro escribió: Mié May 28, 2025 8:03 am Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por psmito »

jefegruapo escribió: Jue May 29, 2025 11:24 pm
psmito escribió: Jue May 29, 2025 10:47 pm
jefegruapo escribió: Jue May 29, 2025 10:24 pm

Buenas noches
De momento los militares no es una profesión de riesgo, verdad??
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Espero que eso cambie, y que si lo sea...
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De momento ni militares ni GC ni policía nacional
La GC y policía tienen posibilidades a medio plazo
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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por caballotroya »

JUPOL, JUSAPOL y JUCIL consiguen en el Supremo obligar al Gobierno al reconocimiento de la profesión de riesgo para las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado
• El Alto Tribunal reconoce que la inacción del Gobierno vulnera el principio de igualdad y obliga a regular por Real Decreto la jubilación anticipada.

• Ambas organizaciones celebran esta sentencia como un hito en la lucha por la Jubilación Digna y advierte que no cesará hasta lograr su aplicación efectiva.
Madrid, 27 de mayo de 2025/ El sindicato JUPOL, junto a la Asociación JUSAPOL y la Asociación de la Guardia Civil JUCIL, celebra la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a esta organización sindical y condena al Gobierno por su inacción en la regulación de la jubilación anticipada de los policías nacionales integrados en el Régimen General de la Seguridad Social. Un éxito judicial que se ha conseguido bajo la dirección letrada del abogado de JUSAPOL, JUPOL y JUCIL, Antonio Blanco Arriola.



Desde JUSAPOL, JUPOL y JUCIL aseguran que esta sentencia ha forzado al Ejecutivo a aprobar un nuevo reglamento para pedir la jubilación anticipada en diversas profesiones. Un anuncio que ha hecho hoy el Gobierno, a la carrera y adelantándose a la rueda de prensa del Consejo de Ministros.

La sentencia, emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el pasado 21 de mayo de 2025 (Recurso 421/2024), estima el recurso interpuesto por JUPOL contra la desestimación por silencio administrativo del Consejo de Ministros a la solicitud sindical para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación a estos agentes. El Alto Tribunal establece que dicha omisión constituye una vulneración del derecho a la igualdad, al tratar de forma desigual a los policías nacionales respecto a sus homólogos de la Ertzaintza, Mossos d’Esquadra, Policía Foral y Policías Locales.



La sentencia en concreto declarara la obligación del Gobierno “de iniciar el procedimiento y elaborar una disposición reglamentaria para la regulación de la jubilación anticipada para los miembros de la policía nacional encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social en condiciones de igualdad con el resto de cuerpos policiales autonómicos y locales”.



Según el secretario general de JUPOL, Aarón Rivero, “esta sentencia del Supremo es una victoria histórica para todos los policías nacionales que accedieron al Cuerpo a partir del 2011 y abre el camino para la consecución de la Jubilación Anticipada en las mismas condiciones que el resto de policías en España para todos los policías nacionales y guardias civiles. Se pone fin a una injusticia discriminatoria que nos dejaba fuera del derecho a jubilarnos en condiciones dignas como el resto de policías de España”.



El Tribunal ha dejado claro que existe una base jurídica suficiente para exigir el inicio de los trabajos normativos necesarios para regular este derecho, señalando que la falta de regulación vulnera el artículo 14 de la Constitución Española. El Supremo obliga ahora a la Administración a elaborar un Real Decreto que equipare las condiciones de jubilación de estos agentes, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social y el RD 1698/2011.



El Secretario General de JUPOL ha explicado que “la sentencia es contundente: la omisión del Gobierno ha creado una situación contraria al ordenamiento jurídico, y ahora la Administración no puede seguir mirando hacia otro lado” y añade que “mientras otras organizaciones criticaban la utilización de recursos para el reconocimiento de la Profesión de Riesgo en la vía judicial, JUPOL ha centrado sus esfuerzos en este sentido, dada la nula negociación con el Gobierno. Una estrategia, que ahora ha dado sus frutos y ha logrado la Jubilación Digna, en igualdad de condiciones que las policías locales y autonómicas, para los policías nacionales”.



Para JUPOL no es tolerable que en España existan policías de primera y de segunda y sitúa la diferencia retributiva actual en favor de las policías autonómicas en un 20 por ciento en el salario, un 61 por ciento en las pagas extra y en torno al 45 por ciento en las pensiones de jubilación, a lo que se suma que las policías autonómicas y locales pueden jubilarse a los 59 años en unas condiciones dignas, algo vetado a día de hoy a los policías nacionales y guardias civiles.



Por su parte, desde JUCIL, su secretario general, Ernesto Vilariño asegura que “La presión conjunta de JUPOL y JUCIL por vía judicial, y en concreto la Sentencia del Tribunal Supremo, nos ha traído un hecho histórico sin precedentes para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado: el inicio de los trámites para el reconocimiento como profesión de riesgo, como tendría que haber ocurrido hace años. Hemos logrado que Marlaksa y Sánchez respeten nuestros derechos. Estamos aquí para proteger a los que protegen”.



Por último, el presidente de JUSAPOL, Miguel Gómez, ha indicado que “la Jubilación es una de las principales brechas salariales por las que surgió JUSAPOL en 2018 y esta sentencia del Supremos demuestra que el trabajo constante y serio da sus frutos, por lo que la Asociación seguirá trabajando de esta forma hasta conseguir la Equiparación Salarial Real de Policía Nacional y Guardia Civil con las policías autonómicas”.



Reclaman voluntad política y ejecución inmediata



Desde JUPOL, JUCIL y JUSAPOL se exige al Ministerio del Interior que acate de forma inmediata el fallo del Tribunal Supremo y que no obstaculice más Jubilación Anticipada de los policías nacionales y guardias civiles. “El tiempo de las excusas ha terminado. La justicia ha hablado alto y claro. Ahora exigimos hechos”, ha concluido Rivero.



Asimismo, el sindicato anuncia que seguirá con sus trabajos y reivindicaciones en defensa de la Equiparación Salarial Real y de una Jubilación Digna para todos los policías nacionales y guardias civiles, junto con JUSAPOL y JUCIL, hasta que se materialicen de forma efectiva los derechos reconocidos judicialmente.



“No vamos a parar hasta que todos los policías nacionales y guardias civiles tengan las mismas condiciones de jubilación que el resto de cuerpos policiales del Estado. A mismo trabajo, misma jubilación”, ha sentenciado Rivero.
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Re: DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Mensaje por sargentodehierro »

Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

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