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AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2023

Publicado: Lun Abr 03, 2023 1:38 pm
por sargentodehierro
BOD Núm. 65 Lunes, 3 de abril de 2023 Sec. V. Pág. 9119:

Resolución por la que se convocan ayudas comunes de acción social para el personal militar para el año 2023.

Se convocan las siguientes ayudas comunes:

a) Ayudas para el estudio de los hijos.
b) Ayudas para personas con discapacidad.
c) Ayudas para la promoción profesional del personal militar.

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Un saludo

Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2023

Publicado: Mié Jun 21, 2023 10:39 am
por Jc80
Estas ayudas no entran los retirados en acto de servicio, no? Estoy retirado desde el 2010

Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2023

Publicado: Mié Sep 13, 2023 9:41 am
por sargentodehierro
BOD Núm. 179 Miércoles, 13 de septiembre de 2023 Sec. V. Pág. 25393:

Resolución 430/14796/23 por la que se publica la relación de solicitudes pendientes de subsanación de deficiencias.

- La relación de solicitudes se podrá consultar en la intranet del Órgano Central del Ministerio de Defensa:
intra.mdef.es/portal/intradef/Ministerio de Defensa/Órgano Central/IGUALDADYAPOYO SOCIAL AL PERSONAL/Acción social del personal militar/Convocatorias deayudas/AYUDAS COMUNES MINISDEF/2023

- Se concede una plazo de 10 días naturales, contados a partir del día contados a partir del día siguiente a esta publicación para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida. Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, publicándose posteriormente como DENEGADAS.

Un saludo

Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2023

Publicado: Vie Nov 10, 2023 10:25 am
por sargentodehierro
BOD Núm. 219 Viernes, 10 de noviembre de 2023 Sec. V. Pág. 30799:

Resolución 430/18110/23.

- Primero. En aplicación a lo dispuesto en la Base General 4 «Créditos presupuestarios destinados a las ayudas de Acción Social del personal militar» minorar las cuantías a percibir en un 39,66%.

- Segundo. Conceder las ayudas a los solicitantes que cumplen los requisitos de esta convocatoria en las cuantías que se citan a continuación:


1. Ayudas para el estudio de los hijos:

a) RES per cápita menor o igual a 6.700 euros (100% de la ayuda):

1. Educación Infantil primer ciclo: 316,78 euros.
2. Educación Infantil segundo ciclo: 87,49 euros.
3. Educación Primaria, Secundaria obligatoria, PCPI y ciclos FP Básica: 84,48 euros.
4. Bachillerato: 141,80 euros.
5. Ciclos formativos de Grado Medio de FP: 138,78 euros.
6. Ciclos formativos de Grado Superior de FP: 144,82 euros.
7. Enseñanzas Universitarias: 244,38 euros.
8. Enseñanzas Artísticas Superiores: 244,38 euros.
9. Estudios en las Escuelas Oficiales de Idiomas: 60,34 euros.
10. Estudios especiales para personas con discapacidad: 259,46 euros.

b) RES per cápita mayor que 6.700 euros y menor o igual a 8.225 euros (80% de la ayuda):

1. Educación Infantil primer ciclo: 253,43 euros.
2. Educación Infantil segundo ciclo: 69,99 euros.
3. Educación Primaria, Secundaria obligatoria, PCPI y ciclos FP Básica: 67,58 euros.
4. Bachillerato: 113,44 euros.
5. Ciclos formativos de Grado Medio de FP: 111,03 euros.
6. Ciclos formativos de Grado Superior de FP: 115,85 euros.
7. Enseñanzas Universitarias: 195,50 euros.
8. Enseñanzas Artísticas Superiores: 195,50 euros.
9. Estudios en las Escuelas Oficiales de Idiomas: 48,27 euros.
10. Estudios especiales para personas con discapacidad: 207,57 euros.

c) RES per cápita mayor que 8.225 euros y menor o igual a 9.800 euros (60% de la ayuda):

1. Educación Infantil primer ciclo: 190,07 euros.
2. Educación Infantil segundo ciclo: 52,50 euros.
3. Educación Primaria, Secundaria obligatoria, PCPI y ciclos FP Básica: 50,69 euros.
4. Bachillerato: 85,08 euros.
5. Ciclos formativos de Grado Medio de FP: 83,27 euros.
6. Ciclos formativos de Grado Superior de FP: 86,89 euros.
7. Enseñanzas Universitarias: 146,63 euros.
8. Enseñanzas Artísticas Superiores: 146,63 euros.
9. Estudios en las Escuelas Oficiales de Idiomas: 36,20 euros.
10. Estudios especiales para personas con discapacidad: 155,68 euros.

2. Ayudas para personas con discapacidad:

a) RES per cápita menor o igual a 7.120 euros (100% de la ayuda):

1. Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 452,55 euros.
2. Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 211,19 euros.

b) RES per cápita mayor que 7.120 euros y menor o igual a 9.800 euros (80% de la ayuda):

1. Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 362,04 euros.
2. Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 168,95 euros.

c) RES per cápita mayor que 9.800 euros y menor o igual a 12.480 euros (60% de la ayuda):

1. Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 271,53 euros.
2. Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 126,71 euros.

3. Ayudas para la promoción profesional del personal militar:

a) RES per cápita menor o igual a 6.700 euros (100% de la ayuda): 105,59 euros.
b) RES per cápita mayor que 6.700 euros y menor o igual a 8.225 euros (80% de la ayuda): 84,48 euros.
c) RES per cápita mayor que 8.225 euros y menor o igual a 9.800 euros (60% de la ayuda): 63,36 euros.

Tercero. Publicar en la intranet del Órgano Central del Ministerio de Defensa la relación de solicitudes indemnizadas, denegadas e inadmitidas.

Un saludo