reconocimiento del 33% de minusvalia
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reconocimiento del 33% de minusvalia
Hola; estoy en situación de Retiro y en su día solicité a la Com. de Madrid el reconocimiento del 33% para los efectos que así corresponden. Mi solicitud se realizó y se me envió el Certificado que así lo acredita. De este documento tiene ya una cierta antigüedad de más de 5 años. entonces para que me envíen otro más actualizado he solicitado otro nuevo escrito, pero cuál es mi sorpresa cuando me contestan que no he sido valorado, en base a una interpretación doctrinal del Supremo y que debo solicitar un reconocimiento.
Creeis que con ese certificado que reconoce la minusvalía hay suficiente, es decir, que no presenta caducidad y por lo tanto puedo pasar de la respuesta del Centro Base?
El reconocimiento como minusvalía no está suficientemente acreditado en la legislación vigente?
Creeis que con ese certificado que reconoce la minusvalía hay suficiente, es decir, que no presenta caducidad y por lo tanto puedo pasar de la respuesta del Centro Base?
El reconocimiento como minusvalía no está suficientemente acreditado en la legislación vigente?
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."
O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."
O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
Va a ser que noNandoEFFE escribió: ↑Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."
O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
Ahora léete la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
Cierto, @psmito, no había leido ese punto, me había centrado en la siguiente frase.
Acepto, cómo no, la corrección.
Un saludo.
Acepto, cómo no, la corrección.
Un saludo.
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
Con la ley delante no soy capaz de identificar esos capítulos. ¿En qué se traduce todo esto?psmito escribió: ↑Mié Jul 12, 2023 10:09 amVa a ser que noNandoEFFE escribió: ↑Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."
O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
En que están equipados a un 33% aparte de para el IRPF, también a efectos laboralesrelativoman escribió: ↑Jue Sep 14, 2023 1:39 pmCon la ley delante no soy capaz de identificar esos capítulos. ¿En qué se traduce todo esto?psmito escribió: ↑Mié Jul 12, 2023 10:09 amVa a ser que noNandoEFFE escribió: ↑Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."
O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
Ahora léete la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
Pero solo a eso
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
Osea que desde el 1 de Marzo, por ejemplo ¿un empleador que contrate a un jubilado por incapacidad de clases pasivas tiene una serie de descuentos en la cuota del trabajador?
- psmito
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia
afirmativo, con una serie de requisitosrelativoman escribió: ↑Jue Sep 14, 2023 3:31 pm Osea que desde el 1 de Marzo, por ejemplo ¿un empleador que contrate a un jubilado por incapacidad de clases pasivas tiene una serie de descuentos en la cuota del trabajador?
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