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Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Mié Ago 16, 2023 8:01 pm
por Sanpa
Buenas tardes, después de 10 meses de IT me llama a revisión la inspección del INSS que tiene esta misión según convenio con MUFACE. Me dice el inspector que mi lesión es crónica, cosa que avalan los informes que llevo y avalan que sufro desde hace mas de 10 años lesiones de columna y he tenido dos intervenciones, pero me preguntan para mi asombro que porque no me jubilo.
Yo pensaba que deberían ser ellos quienes me lo propusieran , dada mi edad 61 años el mes próximo y 36 de servicio como profesor.
Yo me quedo un poco parado y contesto que no soy yo quien esta pensando en jubilarme si no que es mi lesión la que me impide trabajar.
Se quedan con copia de los informes y me comunican la continuidad de la IT.
Podéis ayudarme en los próximos pasos, me llamaran para los 18 meses o antes'?
Cuando creéis que me enviaran al EVi ?
Puede darme de alta a los 24 meses que parece que es el plazo con la ultima prorroga,con informes que indican que mi enfermedad es crónica y me impide mis funciones en el trabajo como profesor de EF.isica?
Os agradezco de antemano vuestras impresiones.
Cordial saludo.

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Dom Ago 27, 2023 12:30 am
por PepeAsustado
Yo no estoy muy puesto en estas lides, pero te comento como lo veo.

No es lo mismo una jubilación por edad, voluntaria o por incapacidad.
Ante una incapacidad este tipo de jubilación la puede solicitar el interesado o el órgano de personal, de oficio.
Me imagino que la pregunta que te ha hecho el médico en la revisión es que por que no pides la jubilación por incapacidad], ya que el no sabe si tienes derecho a jubilarte voluntariamente o llevas pocos años de servicio.

Por otra parte... a mi me han llamado a los 12 meses el INSS por MUFACE (mantener IT), y a los 18 de nuevo el INSS por muface (propuesta jubilacion), el inspector médico (Propuesta jubilacion e inician expediente de oficio) y a los 21 el EVI, sin verme, dice que estoy como una rosa.

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Lun Ago 28, 2023 5:41 pm
por Sanpa
Muchas gracias por tu respuesta.
Con que justificación o motivo te dijeron que estabas bien? Tuviste que volver a trabajar?
Saludos.

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Lun Ago 28, 2023 6:24 pm
por PepeAsustado
Con ninguna justificación. He alegado y a la espera de respuesta estoy. No me he reincorporado pero el dia 15 se me cumplen los 730 dias de IT máximos y no me quedará otra, si es que no contestan antes.

Un compañero estaba en mi misma situación hace justo 1 año y le llegó la contestación de la alegación estimando la jubilación a los 15 dias de reincorporarse. A ver que pasa conmigo...

Ahora con la LOMLOE pueden "removerte" del puesto de trabajo si no estás en condiciones de ocupar un puesto docente a uno que no requiera tareas con el alumnado. De momento no se de ninguna Comunidad Autónoma que lo haya desarrollado, pero ahí está.

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Vie Mar 08, 2024 8:23 pm
por Sanpa
Hola Pepe asustado.
Quete dijeron?
Yo acabo de pasar el EVI y espero resolucion.
Gracias

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Vie Mar 08, 2024 9:24 pm
por Jubiletadeltodo
Buenas.
A mi me da que a los inspectores les mosquea que alguien que está o se acerca a la edad de jubilación busque una incapacidad laboral; lo mismo se piensan que está interesado en los beneficios fiscales.

Re: Revision a los 10 meses de IT, cuando la siguiente?

Publicado: Mié Mar 13, 2024 5:45 am
por Sanpa
Hola,
Pues puede que tengas razón en algún caso.En el mio en concreto hace diez años y tras mi ultima operación pude haber iniciado este proceso y no lo hice pues, finalmente me recuperé y pude seguir trabajando. Ahora simplemente ya no puedo mas.Teniendo en cuenta que la jublación es a los 60 y muchos y yo rozo los 60 y con el antecedente que te he expuesto, pues la verdad me da igual lo que piensen. Y lógicamente los intereses fiscales ahí están para el que le corresponda,