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Re: Resolución de la jmp (coeficiente 5 sin % de limitación)

Publicado: Lun Ene 29, 2024 12:53 pm
por carlosrueda
danyman escribió: Sab Ene 20, 2024 3:49 pm Buenas, soy cabo 1º de carrera del aire, 53 años y 35 años de SVC. Tengo una duda sobre mi resolución del tribunal.
Pasé obligado, una revisión no periódica en Ulla, y me enviaron al tribunal médico de San Fernando con un coeficiente 4, donde me dieron coeficiente final 5.

El problema que veo, es que no me han dado % de limitación y en su lugar dice; "No procede por lo establecido en el RD 888/2022.

Llevo 5 patologías:
Coxartrosis bilateral..................................... coeficiente 5
Meniscopatía interna de rodilla........................ coeficiente 3
Avideza visual corregida.................................coeficiente 3
Acúfenos (por analogía)..................................coeficiente 3
Trastorno de ansiedad fóbica, con crisis de pánico..coeficiente 5

Alguien ha pasado por lo mismo o que me pueda dar alguna idea de ese 5 sin %

Gracias de antemano.
Buenos días. Es muy común ver que no propongan ningún porcentaje de limitación global desde hace un tiempo. En el momento en el que te encuentras el porcentaje es orientativo, por lo que muchas veces la JMP ni siquiera lo pone. El verdadero porcentaje de limitación vendrá después, en un procedimiento administrativo distinto y una vez determinado el coeficiente.

Cuando la JMP lo proponía, además de alegar sobre el coeficiente yo también lo hacía respecto al porcentaje diciendo que era mayor o menor (dependiendo del caso) y la contestación tipo era que éste no era momento ni lugar para discutir el porcentaje, sino únicamente el coeficiente. Siendo esto cierto, yo de todas formas alegaba lo conveniente para evitar que, en el futuro procedimiento de determinación de ese porcentaje, me dijeran que "lo había consentido" por no haber alegado nada al respecto (causación de estado, actos propios, etc.). Así que cada vez que me encuentro un porcentaje, alego lo conveniente (por si acaso) aun sabiendo que es propio de otro trámite posterior, y cuando no lo ponen, me centro únicamente en el coeficiente. Pero bueno, es mi forma personal de hacerlo y realmente no es necesario cuestionar en ese momento el porcentaje (tampoco lo es en el contencioso administrativo de éste procedimiento).

Un saludo.

Re: Resolución de la jmp (coeficiente 5 sin % de limitación)

Publicado: Mar Ene 30, 2024 10:46 am
por MrDelBlanco
Buenas, en mi caso la JMP, no pusieron ni porcentaje ni coeficiente, simplemente notificaron la incompatibilidad en el ejercicio de mis funciones dentro de la G. Civil, y Psmito, me indicó solicitar cita en la Consejería de Salud de mi Comunidad Autónoma (Baleares); para que ellos, sí, a razón de la documentación, ya entregada, valorasen y en su caso notificaran el grado de "discapacidad".

Re: Resolución de la jmp (coeficiente 5 sin % de limitación)

Publicado: Jue Feb 08, 2024 4:14 pm
por Andrómeda
PUES SI A MI ME LO DIERON COMO A TI UN COEFICIENTE 5 SIN %, Y EL REAL DECRETO ESE FAMOSO 888 DEL 2022 QUE NO SE PORQUE SE NOS APLICA A LAS CLASES PASIVAS Y NO SE NOS RESPETA LA LEGISTACIÓN ANTERIOR PUES COMO SABEMOS LAS CLASES PASIVAS DEJARON DE EXISTIR DESDE 2011 LA LEGISLACIÓN NUEVA NO DEBERÍA AFECTARNOS , REFERENTE A TU PREGUNTA TE DARAN EL RETIRO PERO EL %, NO SE DECIRTE PUES ESTOY A ESPERA DE QUE ME INFORMEN CUANDO TERMINE EL TRAMITE CORREPONDIENTE. PERO SEGUN LA NUEVA LEGISLACION CORRESPONDE A LA SEGURIDAD SOCIAL DARTE EL % QUE ELLOS DESIGNEN.

Re: Resolución de la jmp (coeficiente 5 sin % de limitación)

Publicado: Jue Feb 08, 2024 4:18 pm
por trasgu123
En minusculas te leemos perfectamente.

Dicho esto, el RD 888/2022 es para todo el mundo y en su articulado se especifica quienes tienen las competencias sobre la discapacidad. Parece que alguien se ha dado cuenta de que no era competente en ese asunto y le ha puesto fin. Es algo que llevamos diciendo en este Foro desde hace años, que los % de discapacidad asignados en las Actas tenian muy escaso recorrido y que en todo caso, con caracter general ese % no afectaba a la cuantia de la pension de Clases Pasivas.