computo servicios inferiores a un año para la pensión
Publicado: Jue Feb 01, 2024 10:07 am
Aquí esto tratando de desentrañar una duda. Oficial de EA
Si tengo tres grupos uno el D al ingreso en la academia, que tras quitar el servicio militar me queda en solo cuatro meses
el grupo A1 como Alferez durante la academia, justo son tres años
y el resto como teniente, y oficial, A1 que serán 30 años y 10 meses a fecha de jubilacion preivsta.
No se me aplica el abono de 10 años de la DT1 porque ingresé mas tarde del 85.
lA PREGUNTA ES, he visto que según el art. 31 de la ley Clases Pasivas RDL 670/1987 los periodos que excedan de un año se suben al grupo superior. En mi caso los cuatro meses sobrantes del D podrían subir al A1, pero mi duda es si como allí tampoco forman un año completo podrían subir al A1, donde si podrían junto con los 10 meses sobrantes hacer un año más al grupo A1. Les dejo el texto del artículo, y ruego compasión si alguien ya contestó a esto, no lo ví. Soy muy terco y quiero sacar yo todo, a ver si me ayudan. No se si el sobrante del d puede subir al A2 y luego al A1
En el supuesto contemplado en el número anterior, a efectos de determinación de los porcentajes de cálculo aplicables, las fracciones de tiempo superiores al año que correspondieran a los distintos servicios prestados por el personal comprendido en este capítulo, se computarán como tiempo correspondiente a los servicios prestados a continuación hasta llegar a los servicios últimamente prestados en que el exceso de tiempo resultante no se computará
GRACIAS
Si tengo tres grupos uno el D al ingreso en la academia, que tras quitar el servicio militar me queda en solo cuatro meses
el grupo A1 como Alferez durante la academia, justo son tres años
y el resto como teniente, y oficial, A1 que serán 30 años y 10 meses a fecha de jubilacion preivsta.
No se me aplica el abono de 10 años de la DT1 porque ingresé mas tarde del 85.
lA PREGUNTA ES, he visto que según el art. 31 de la ley Clases Pasivas RDL 670/1987 los periodos que excedan de un año se suben al grupo superior. En mi caso los cuatro meses sobrantes del D podrían subir al A1, pero mi duda es si como allí tampoco forman un año completo podrían subir al A1, donde si podrían junto con los 10 meses sobrantes hacer un año más al grupo A1. Les dejo el texto del artículo, y ruego compasión si alguien ya contestó a esto, no lo ví. Soy muy terco y quiero sacar yo todo, a ver si me ayudan. No se si el sobrante del d puede subir al A2 y luego al A1
En el supuesto contemplado en el número anterior, a efectos de determinación de los porcentajes de cálculo aplicables, las fracciones de tiempo superiores al año que correspondieran a los distintos servicios prestados por el personal comprendido en este capítulo, se computarán como tiempo correspondiente a los servicios prestados a continuación hasta llegar a los servicios últimamente prestados en que el exceso de tiempo resultante no se computará
GRACIAS