Alquilar una vivienda en propiedad
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
-
- Soldado
- Mensajes: 9
- Registrado: Mar Nov 16, 2021 6:52 pm
- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Activo
- Comentario: Suboficial Armada
Alquilar una vivienda en propiedad
Muy buenas compañeros, estoy retirado por inutilidad permanente, lo que sería la incapacidad permanente total por enfermedad oncológica. El caso es que tengo una vivienda en propiedad y estoy dudando si venderla o alquilarla.
Mi pregunta es, ¿existe alguna incompatibilidad que me impida poner en alquiler el piso cobrando una pensión por incapacidad?
Mi pregunta es, ¿existe alguna incompatibilidad que me impida poner en alquiler el piso cobrando una pensión por incapacidad?
- psmito
- Teniente General
- Mensajes: 4342
- Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Ubicación: Pamplona
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
NingunaBrigada escribió: ↑Vie Feb 16, 2024 7:26 pm Muy buenas compañeros, estoy retirado por inutilidad permanente, lo que sería la incapacidad permanente total por enfermedad oncológica. El caso es que tengo una vivienda en propiedad y estoy dudando si venderla o alquilarla.
Mi pregunta es, ¿existe alguna incompatibilidad que me impida poner en alquiler el piso cobrando una pensión por incapacidad?
Es gestión de tu patrimonio
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Soldado
- Mensajes: 9
- Registrado: Mar Nov 16, 2021 6:52 pm
- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Activo
- Comentario: Suboficial Armada
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Ok gracias, lo preguntaba porque en el caso de las pensiones no contributivas ya sean de jubilación o invalidez, sí es incompatible si se supera una cantidad.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15700
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Tu cobras una pension no contruibutiva ??.
-
- Soldado
- Mensajes: 9
- Registrado: Mar Nov 16, 2021 6:52 pm
- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Activo
- Comentario: Suboficial Armada
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Entendido gracias, saludos.
-
- Sargento
- Mensajes: 31
- Registrado: Lun Ene 25, 2021 2:15 pm
- Cuerpo: No Funcionario
- Situacion: Activo
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Si no te descuentan irpf de tu pensión y alquilas un vivienda como particular tendrías que tributar por las rentas de ese alquiler como un rendimiento del capital inmobiliario (seria el 50% de las rentas del alquiler menos gastos)esto lo suman a tu último tramo del IRPF y tributas por ello.
Entiendo que es así...
Ejemplo :cobras 30k brutos/año pero no te descuentan nada de irpf. Alquilas vivienda por 5k/año,con gastos de 1k.
5000-1000=4000/2=2000-30%=600euros a pagar.
-
- General de Brigada
- Mensajes: 7034
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Con unos ingresos de 30.000 €/año no creo que no retengan IRPF; salvo que sea una renta exenta de tal impuesto. Y si está exenta, lo está a todos los efectos, por lo tanto no hay que incluirla en esa supuesta declaración de renta a la que nos veamos obligados por percibir otros ingresos.Loser escribió: ↑Lun Feb 26, 2024 12:20 pmSi no te descuentan irpf de tu pensión y alquilas un vivienda como particular tendrías que tributar por las rentas de ese alquiler como un rendimiento del capital inmobiliario (seria el 50% de las rentas del alquiler menos gastos)esto lo suman a tu último tramo del IRPF y tributas por ello.
Entiendo que es así...
Ejemplo :cobras 30k brutos/año pero no te descuentan nada de irpf. Alquilas vivienda por 5k/año,con gastos de 1k.
5000-1000=4000/2=2000-30%=600euros a pagar.
-
- Sargento
- Mensajes: 31
- Registrado: Lun Ene 25, 2021 2:15 pm
- Cuerpo: No Funcionario
- Situacion: Activo
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
-En el caso de que fuera un pensión por incapacidad absoluta no habría retención de IRPF. Pero entiendo que habría que tributa por los rendimientos del capital inmobiliario..??Francisco I escribió: ↑Lun Feb 26, 2024 12:54 pmCon unos ingresos de 30.000 €/año no creo que no retengan IRPF; salvo que sea una renta exenta de tal impuesto. Y si está exenta, lo está a todos los efectos, por lo tanto no hay que incluirla en esa supuesta declaración de renta a la que nos veamos obligados por percibir otros ingresos.Loser escribió: ↑Lun Feb 26, 2024 12:20 pmSi no te descuentan irpf de tu pensión y alquilas un vivienda como particular tendrías que tributar por las rentas de ese alquiler como un rendimiento del capital inmobiliario (seria el 50% de las rentas del alquiler menos gastos)esto lo suman a tu último tramo del IRPF y tributas por ello.
Entiendo que es así...
Ejemplo :cobras 30k brutos/año pero no te descuentan nada de irpf. Alquilas vivienda por 5k/año,con gastos de 1k.
5000-1000=4000/2=2000-30%=600euros a pagar.
-En caso de una pensión no contributiva (unos 7200€) entiendo que si la tributacion sería igual a lo anterior.
-O en el caso de tener una vivienda vacía sería el 2%del valor catastral.
Francisco, dudo que esté exenta a todos los efectos, ya que hay un incremento del capital inmobiliario y debería tributar.
-
- Sargento
- Mensajes: 31
- Registrado: Lun Ene 25, 2021 2:15 pm
- Cuerpo: No Funcionario
- Situacion: Activo
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Vale... He encontrado ésto.. La cosa cambia con las pensiones no contributivas.
¿Puedo perder mi pensión de invalidez si alquilo mi piso?
Todo va a depender del tipo de pensión que tengas.
Si recibes una pensión contributiva debes saber que es compatible la pensión de invalidez con recibir un alquiler.
Si recibes una pensión no contributiva y los ingresos por el alquiler superan los 5.538,40 euros al año, entonces pierdes el derecho a la pensión. Sin embargo, esta cantidad puede variar en el caso de que no vivas solo. Si vives con un cónyuge, hermanos, abuelos, o nietos, los ingresos suben a 9.415,28 euros si se convive con dos personas; si son tres a 13.292,16 euros y si son cuatro personas a 17.169,94 euros.
¿Puedo perder mi pensión de invalidez si alquilo mi piso?
Todo va a depender del tipo de pensión que tengas.
Si recibes una pensión contributiva debes saber que es compatible la pensión de invalidez con recibir un alquiler.
Si recibes una pensión no contributiva y los ingresos por el alquiler superan los 5.538,40 euros al año, entonces pierdes el derecho a la pensión. Sin embargo, esta cantidad puede variar en el caso de que no vivas solo. Si vives con un cónyuge, hermanos, abuelos, o nietos, los ingresos suben a 9.415,28 euros si se convive con dos personas; si son tres a 13.292,16 euros y si son cuatro personas a 17.169,94 euros.
-
- General de Brigada
- Mensajes: 7034
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Alquilar una vivienda en propiedad
Ninguna pensión no contributiva asciende a 30.000 €/año en España. Las pensiones contributivas son compatibles con cualquier tipo y cantidad de ingresos por la renta del capital, sea éste mobiliario o inmobiliario.