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Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Sab Mar 16, 2024 1:58 pm
por Mochimo
Buenas tardes hace un mes me notificaron la firmeza de sentencia por un contencioso que mantuve contra la GC. Entre otras cuestiones conlleva devolución de haberes dejados de percibir. Me gustaria saber si algún compañero ha estado en situación similar y cuanto tardan de media en devolver los haberes.

Re: Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Sab Mar 16, 2024 2:32 pm
por trasgu123
Las sentencias se publican en el Boletin que es cuando el Ministerio da por recibida la sentencia y la ejecuta.

Re: Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Sab Mar 16, 2024 3:00 pm
por Mochimo
Si lo sé, hace poco más de 1 mes q fue firme, la publicación la ignoro porque solo puedo mirar los boletines cuando voy al puesto. Pero la secretaria judicial me dijo q no tardaban nada en mandarla a Defensa para su publicación otro tema es la burocracia para publicarla.

Re: Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Dom Mar 17, 2024 10:58 am
por Hoonah
Mochimo escribió: Sab Mar 16, 2024 1:58 pm Buenas tardes hace un mes me notificaron la firmeza de sentencia por un contencioso que mantuve contra la GC. Entre otras cuestiones conlleva devolución de haberes dejados de percibir. Me gustaria saber si algún compañero ha estado en situación similar y cuanto tardan de media en devolver los haberes.
Buenas, a mí me tuvieron que abonar lo de las vacaciones no disfrutadas por sentencia judicial, ya que tuve que ir al contencioso. Y después de notificada y publicada la sentencia apuraron el plazo al máximo para abonármelo. De hecho, el abogado ya tenía preparada la solicitud de ejecución y estábamos a unos días de presentarla. Parece que les cuesta arriar la gallina... ni que fuera suya.

Re: Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Lun Abr 22, 2024 5:03 pm
por Mochimo
Amigo mio eso es maldad nada más, el plazo es desde que la sentencia es firme o desde que se publica en boletín de defensa?

Re: Cobro de la GC sentencia estimatoria

Publicado: Mié Abr 24, 2024 4:01 pm
por Hoonah
Después de adquirir firmeza la sentencia, una vez que ha pasado el plazo que tienen para recurrirla la otra parte (la GC en este caso), que ahora no recuerdo si eran veinte días, lo ponía en la propia sentencia. Una vez transcurrido ese plazo y sin que hubieran recurrido, adquirió firmeza y empieza a contar el plazo para cumplir la sentencia y abonar el importe. A mí me lo abonaron justo el último día que expiraba el plazo, a partir del cual empezarían a generar intereses. Como si lo tuvieran bien calculado los "compis" de Madrid.