Ayer en el Congreso todos los grupos han votado sí a tramitar la proposición de Ley para la atención integral de enfermedades neurodegenerativas.
El artículo 1 parece que nos va a afectar a muchos de aquí ya que mejora la Ley 3/2023 de empleo y se nos considerará "a todos los efectos" el 33% de discapacidad. Pego parte del texto:
En este sentido, en el artículo 1, se introducen dos medidas cuya finalidad es la
simplificación de los trámites para la acreditación de la situación de discapacidad.
Por un lado, se trata de considerar, a todos los efectos, que las personas pensionistas
de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en
el grado de total, absoluta o gran invalidez presentan una discapacidad en grado igual o
superior al 33 por ciento. El mismo tratamiento se otorga a las personas pensionistas de
clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio.
Respecto de esta medida, existe un antecedente reciente, que es la modificación
operada por la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, respecto del apartado 2 del
artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre. Sin embargo, la mejora introducida por la Ley de Empleo no extendió
sus efectos a todos los ámbitos, por razones relacionadas con los límites en el ejercicio de
la potestad legislativa delegada en el Gobierno para la aprobación del texto refundido. Esto
no ocurrirá con la entrada en vigor de la presente ley, que desplegará sus efectos en todos
los ámbitos.
Artículo 1. Simplificación de trámites para la acreditación de la situación de discapacidad.
Se considerará, a todos los efectos, que presentan una discapacidad en grado igual o
superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan
reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran
invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Se considerará también, a todos los efectos, que presentan una discapacidad en grado
igual o superior al 33 por ciento las personas que tengan reconocida la situación de
dependencia en cualquiera de sus grados.
Habrá que ir echándole un vistazo a ver como queda la cosa.
Un saludo
Proposición de Ley atención integral ELA
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Re: Proposición de Ley atención integral ELA
Pues haber si es verdad y llega a buen puerto.
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Re: Proposición de Ley atención integral ELA
Dejo aquí el enlace a la citada Proposición de Ley: https://www.congreso.es/public_oficiale ... B-82-1.PDF
Un saludo y feliz navegación a todos.
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