Antes de nada me gustaría presentarme, soy militar de carrera APL desde hace 9 años. Muchísimas gracias a todos los que escribis y colaborais con el Foro, nos ayudais muchísimo.
Durante estos años la enfermedad que motivó mi pase a la situación de APL me ha dado relativa guerra pero me ha permitido llevar una vida laboral normal. Desde hace unos meses me encuentro peor y el médico me dio una baja de 3 meses de duración que finalizó el pasado mes de junio. Actualmente sigo sin encontrarme bien y el médico me ha vuelto a dar otra baja que preveo se va a prolongar. Mi dudas son las siguientes ¿Cuanto tiempo puedo estar de baja médica sin que el Jefe de Unidad me cese en el destino? ¿Existe alguna diferencia si es la unidad la que me pide que pase Tribunal Médico o si soy yo quien lo solicita?
Muchas gracias.
Dudas Nueva Situacion
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Re: Dudas Nueva Situacion
hola juan001, los motivos para que te abran un expediente de aptitud psicofisica son: estar un año de baja consecutivo (cuando lo cumples el servicio de sanidad de tu unidad lo hace automaticamente), a petición del jefe de la Unidad (es decir cuando a el le de la gana) o a petición propia (o sea que tu quieras iniciarlo por que creas que lo tuyo es definitivo). salu2
- |^Simbad^|
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Re: Dudas Nueva Situacion
Hola qué tal.
Mi modesta opinión es que esperes a que te pasen la inspección médica de oficio y no a petición propia. De todas formas tú mismo.
Un saludo.
Mi modesta opinión es que esperes a que te pasen la inspección médica de oficio y no a petición propia. De todas formas tú mismo.
Un saludo.
Re: Dudas Nueva Situacion
buenas
por jerarquía vertical respecto al anterior reglamento como indican los compañeros el plazo lo determina la nueva Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. ( en un año), respecto a la solicitud de la inspección médica a petición propia (articulo 83 de la citada ley, concretamente esta se solicita si tu médico en su diagnóstico considera que la enfermedad es crónica o que dicha enfermedad se agravaría por encontrarte en la actual situación, ya que como cualquier solicitud no solamente nos centraremos en los fundamentos jurídicos, sino tambien en los motivos justificativos de dicha petición).
por jerarquía vertical respecto al anterior reglamento como indican los compañeros el plazo lo determina la nueva Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. ( en un año), respecto a la solicitud de la inspección médica a petición propia (articulo 83 de la citada ley, concretamente esta se solicita si tu médico en su diagnóstico considera que la enfermedad es crónica o que dicha enfermedad se agravaría por encontrarte en la actual situación, ya que como cualquier solicitud no solamente nos centraremos en los fundamentos jurídicos, sino tambien en los motivos justificativos de dicha petición).
no es más rico el que más tiene, sino el que menos necesita