grado minusvalia

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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prosperidad
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grado minusvalia

Mensaje por prosperidad »

Hola.
despues de leer todo lo que hay en el foro respecto a esto.Solo obtengo la misma duda ,pues parece haber opiniones encontradas al respecto.En unos post se dice que solo mpor el hecho de haberte reconocido una pension , directamente tienes el 33% reconocido.en otros post, que hay que mandar una instancia , cuyo contenido ya viene expuesto,en otro post dicen que la instancia no es necesaria.
querria sabe si son tan amables , que es lo ultimo respecto a este tema: Realente tienes el 33% con solo habersete concedido una pension?.

gracias saludos.
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masss
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Re: grado minusvalia

Mensaje por masss »

Tal y como dice el Real Decreto 1414/2006 de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://www.clasespasivas.net/remository ... nfo&id=210
Artículo 1. Consideración de personas con discapacidad.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquéllas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento:

a) Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

b) Los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía.

1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

c) Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 de este real decreto.

2. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía superior al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) El grado de minusvalía superior al 33 por ciento se acreditará mediante resolución o certificado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

b) Los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 del presente real decreto podrán solicitar del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, el reconocimiento de un grado de minusvalía superior al 33 por ciento. En estos supuestos, será de aplicación el baremo recogido en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

c) Cuando como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior no se alcanzara un grado de minusvalía superior al 33 por ciento, la correspondiente resolución o certificado se limitará a establecer esta circunstancia.

Disposición final primera. Validez de la acreditación del grado de minusvalía.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y con el artículo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, la acreditación del grado de minusvalía en los términos establecidos en el presente real decreto tendrá validez en todo el territorio nacional.
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prosperidad
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Re: grado minusvalia

Mensaje por prosperidad »

Gracias Mass.
ya habia leido este real decreto varias veces , como decia arriba me he recorrido elo foro varias veces naes de preguntar.
sinembargo sigo con la duda.
pues del el entresaco que solo por tener reconocida una pension por incapacidad permanente,tienes concedido ese grado de minusvalia de 33%.Pero si has de pasar pr el imserso para acreditarlo , entonces estamos en las mismas.eso es precisamente lo que intento evitar , pues prefiero no pasar otra vez por ese viacrucis, de preguntas, informes, documentos ,etc.
saludos.
prosperidad
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Re: grado minusvalia

Mensaje por prosperidad »

Entiendo que el decreto dice que con el reconocimiento de una pension por parte del ministeria de defensa ya vale.
pero como dicen aqui arriba,ya varias veces me lo han echado atras por lo que parece ser que ese decreto se convierte en papel mojado y si quieres hacer valer el derecho ,pues te toca como siempre contencioso y eso costoso y penoso.
A lo que me refiero arriba sobre el imserso es que la mia reconocida es del 44%, pero otra vez pasar toda esa histria y lugo para que no te lo reconozcan intergro, cansa un poco bastante.
gracias.
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buscador
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Re: grado minusvalia

Mensaje por buscador »

buenas

por curiosidad, cuando no te lo han aceptado ¿en que se han basado?, la verdad es que a mi nadie me ha puesto pegas.
no es más rico el que más tiene, sino el que menos necesita
prosperidad
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Re: grado minusvalia

Mensaje por prosperidad »

Hola Buscador.
perdona la tardanza.
Pues me lo han denegado en dos cosas concretamente y en una tercea ando haciendo averiguaciones no muy ootables hasta ahora por cierto.
Lo denegaron en REnfe ,para la tarjeta dorada(la verdad creo que fue cosa del funcionario,que no tneia buen dia)
y en el ayuntamiento ,relativo al impuesto de traccion .
la verdad es que es un tanto desmoralizante cuando ves que lo que esta reconocido,luego en la realidad no tiene mucha vigencia, y tienes que sacarlo adelante como siempre a base de dar vueltas y de que empiecen a mirarte raro,es por lo cual que al final y con detrimenteo de mi bolsillo,estoy pensando en consultar con un abogado para que me señale bien todos los derechos ,ventajas y demas,con una buena base sustancial.
saludos.
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buscador
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Re: grado minusvalia

Mensaje por buscador »

buenas

este mismo escrito lo utilice en la universidad (con una pequeña modificación en la solicitud, pero la exposición la misma) y se me fue concedida la exención de tasas de matricula.y lo utilice en la exención del impuesto para el coche y tambien se me concedio.

Don BUSCADOR BUSCADOR BUSCADOR, con DNI. 00000001 A, y domicilio en la calle portal de clases pasiva.net de Madrid, ante el AYUNTAMIENTO DE SAN CLEMENCIA




Expone:



Que el presente tiene certificado de Clases pasivas, en el que certifica que es pensionista de clases pasivas por incapacidad permanente para el servicio, y en aplicación de la LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad., que atribuye la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. Considerándose afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. La acreditación del grado de minusvalía se realizará en los términos establecidos reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional. No obstante, en cuanto a la forma de acreditar la asimilación al grado de minusvalía previsto en dicha Ley, resulta de aplicación el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre. A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia.




Solicita:


Se admita la documentación adjunta, para que le sea exento el impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica, por su grado de minusvalía del 33%, referente al vehículo de propiedad y uso exclusivo del presente:
Matrícula: buscador
Modelo: buscador


Madrid, a 18 de septiembre de 2009




Nota: se adjunta certificado de clases pasivas (no me han puesto ningún problema)
no es más rico el que más tiene, sino el que menos necesita
jchv
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Re: grado minusvalia

Mensaje por jchv »

Hola amigos , soy de Valladolid,

deciros (Prosperidad / Buscador) que el RENFE para la obtención de la tarjeta Dorada, con el certificado de haberes y 5 euros me la han dado.
El funcionario de turno solo quería ver en un papel que pusiera que estaba retirado por incapacidad total para mi profesión o la absoluta.
Le pague 5 euros y me dio una especie de resguardo que es la tarjeta dorada que no se puede plastificar y me explicó amablemente que decuentos y
cuando los tendría (fechas y condiciones)

Del ITVM impuesto de vehículo fuí al ayuntamiento tiene un documento plantilla , facilitas la documentación (acta declaración incapacidad, señalamiento haberes,
trajeta circulación, permiso circulación y una declaración jurada de no estar exento de este impuesto por ningún otro vehículo, y fotocopia póliza seguro)
No han contestado aún y va camino de mes y medio, pero en princpio me dijo la funcionaria que no habría problema. A la espera estoy.
Ya os contaré.

Una pregunta he recibido en mi casa la tarjeta de pensionista de clases pasivas, esta tarjeta para que sirve????

Gracias y espero que os haya ayudado
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diablo
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Re: grado minusvalia

Mensaje por diablo »

Una pregunta he recibido en mi casa la tarjeta de pensionista de clases pasivas, esta tarjeta para que sirve????

Gracias y espero que os haya ayudado[/quote]


Buenas.
Pues realmente la tarjeta de pensionista de Clases Pasivas no es que tenga una utilización específica y real establecida por ningún Decreto-Ley o Real Decreto, si bien, te puede servir para entrar, (siempre y cuando no te pongas pegas), en museos, descuentos en cines, en definitiva, establecimientos de carácter público pertenecientes al Ayuntamiento o Comunidad en la que residas, para descuentos de cine va bien, lo he comprobado, mira, sinceramente, es cuestión de exhibirla donde creas que puedes obtener un beneficio, si te dicen que no, como el no ya lo tenias pues nada, pagas y punto.
Un saludo.
nostramo
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Re: grado minusvalia

Mensaje por nostramo »

La tarjeta me ha servido para descuentos en museos nacionales y dependiendo del ayuntamiento puedes conseguir importantes descuentos en sus servicios, como polideportivos, piscinas etc en el de Madrid por ejemplo los descuentos son para mayores de 65 años pero en el de Leganes simplemente con estar jubilado.

En Cartagena solicite la tarjeta dorada y sin ningun problema, eso si me recordo que debo de llevar una copia de la resolucion encima por si me la pide algun interventor de renfe ya que se esta oblgado a portar la documentación que acredite cualquier tipo de descuento en renfe ya sea por minusvalia, jubilacion, familia numerosa etc.....
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diablo
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Re: grado minusvalia

Mensaje por diablo »

nostramo escribió: En Cartagena solicite la tarjeta dorada y sin ningun problema, eso si me recordo que debo de llevar una copia de la resolucion encima por si me la pide algun interventor de renfe ya que se esta oblgado a portar la documentación que acredite cualquier tipo de descuento en renfe ya sea por minusvalia, jubilacion, familia numerosa etc.....
Buenas.
En primer lugar que ningún Interventor se va a parar a leer una resolución de 4 folios con la de billetes que tienen que picar jejejeje y en segundo lugar llevando el carnet expedido por Clases Pasivas acreditativo de la condición de pensionista, más que suficiente, pero en cualquier caso, a mi hasta el momento ningún Interventor me ha pedido documentación alguna acreditativa de ello.
Un saludo.
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