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Información y posteo sobre pensiones de viudedad y orfandad de Clases Pasivas

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isbelmart
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Mensaje por isbelmart »

GALLETO escribió:Hola isbelmart, bienvenida al foro de clases pasivas. Esperamos poder servirte de ayuda. Un saludo.
Hola, muchas gracias por el saludo y bienvenida.
Quisiera información, aunque algo he leido al respecto, sobre pedir la pensión de mi padre, capitan de oficinas militares en Ceuta. Mi madre estuvo cobrando la de viuda, hasta que falleció.
En 1985 yo estaba casada, llevaba dos años casada, sin trabajar claro.
Hace 14 años me divorcié, y fué cuando escribí al ministerio de defensa, donde me dijeron que no me correspondia por estar casada en esa fecha, aunque luego ya no lo estuviera.
En Ceuta hay muchos huerfanos de militar que estando en esas fechas casados o con trabajo, posteriormente se la han dado, pero bueno, no conozco los datos exactamente, asi que no puedo hablar con seguridad.
Mi caso es que por un accidente que tuvo mi hijo, que quedó con una discapacidad de segundo grado, aunque el cobra su pensión por discapacidad, yo empecé a ir al psiquiatra, y he tenido que trasladarme a vivir con mi hermana definitivamente, porque llevo años con ataques de panico, ansiedad, y sin ganas de nada. El medico solo me manda pastillas, y me veo incapaz de hacer nada, trabajar o lo que sea, porque aunque mi hijo tenga esa ayuda, yo no vivo con el, y no puedo tampoco disponer de nada de eso porque a el le hace falta.
Sigo sin trabajar, y con 48 años ya, me estoy viniendo abajo en todos los sentidos, y el mismo medico me dijo que me informara , que volviera a pedir esta ayuda , que me vendria bien para mi estado tanto mental, como de seguridad, por poco que fuera.
Bueno, no quiero extenderme mas. Si ve alguna posibilidad en mi caso, le agradeceria me indicara como hacer.
Muchas gracias
Un saludo
Isabel
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masss
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Re: Presentarme

Mensaje por masss »

Pues sintiéndolo mucho efectivamente es así, al estar casada en el momento en que entró en vigor la Ley 50/1984, osea el 1 de enero de 1985, no tienes derecho a pensión de orfandad.

Hay varias personas que recurrieron al denegación de pensión, y en algunos casos muy particulares algún Juez concedió las pensiones, pero lo normal es que la denieguen, pues la ley está muy clara.
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isbelmart
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Re: Presentarme

Mensaje por isbelmart »

masss escribió:Pues sintiéndolo mucho efectivamente es así, al estar casada en el momento en que entró en vigor la Ley 50/1984, osea el 1 de enero de 1985, no tienes derecho a pensión de orfandad.

Hay varias personas que recurrieron al denegación de pensión, y en algunos casos muy particulares algún Juez concedió las pensiones, pero lo normal es que la denieguen, pues la ley está muy clara.

Hola, vale, pues muchas gracias
saludos
Isabel
isbelmart
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Re: Presentarme

Mensaje por isbelmart »

Muchas gracias por responder.
Un saludo
Isabel
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